
Extorsión empresarial: el desafío que enfrenta Ecuador
‘Vacunas’ ponen en riesgo a compañías ante leyes extranjeras. EE. UU. marca pauta para la reforma legal sobre este tema
En los últimos años, varios ecuatorianos dedicados al comercio han sufrido graves afectaciones económicas debido a las extorsiones impuestas por el crimen organizado. Estos pagos forzados, realizados para salvaguardar sus vidas o para continuar operando, se han vuelto más frecuentes. Sin embargo, esta situación representa un riesgo creciente tanto para los comerciantes como para el país en su conjunto.
El año pasado, el gobierno de Estados Unidos determinó que ciertos cárteles y bandas criminales sean catalogados como organizaciones terroristas extranjeras. Esta designación no solo endurece las sanciones contra estos grupos, sino que también implica que los pagos de extorsión podrían ser interpretados por el Departamento de Justicia (DOJ) como una forma de apoyo material. En consecuencia, las víctimas de estas prácticas podrían enfrentar implicaciones legales internacionales.
En este contexto México aprobó, en noviembre de 2025, la Ley para Combatir la Extorsión, que reformó el Código Penal mexicano, la Ley contra la Delincuencia Organizada y otras normas conexas. El objetivo principal de esta legislación es permitir que las empresas acrediten su cooperación con las autoridades. De esta manera se busca evitar que estas sean procesadas en Estados Unidos por eventuales vínculos financieros con organizaciones criminales.
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La necesidad de una legislación especializada
Para los juristas consultados por EXPRESO, el modelo de legislación mexicano no resulta plenamente aplicable al contexto ecuatoriano. No obstante, coinciden en que el Código Integral Penal debe ser reformado para responder a la realidad que atraviesa el país. En ese sentido, Martín Domínguez, experto en Derecho Procesal Penal y docente de la Universidad Internacional del Ecuador, plantea que el primer paso es diferenciar con claridad la extorsión del financiamiento al terrorismo.
En esa misma línea, Francisco López, experto en Derecho Constitucional y docente de la Universidad de las Américas, sostiene que el análisis del Estado no debe limitarse únicamente al marco legal. Señala que también es necesario determinar si el empresario, de manera libre y voluntaria, está auspiciando a estos grupos delictivos. “El Estado puede proteger a la estructura societaria, pero si se evidencia que el empresario o la persona se presta para el lavado de dinero, entonces también debe intervenir”, enfatiza.
Bajo esta perspectiva, López recalca que la intervención del Estado debe sustentarse en una legislación sólida y eficaz. Según explica, “no solo se debe modificar el procedimiento penal, ya que el actual no está ayudando absolutamente en nada, sino que se requiere una legislación especial y especializada para este tipo de problemáticas”. De lo contrario, advierte que sin un ordenamiento jurídico fuerte, los esfuerzos estatales para combatir a los grupos narcodelictivos serán insuficientes.
El riesgo de sanciones desde Estados Unidos y otros países
No obstante, Ivonne Téllez, especialista en Derecho Internacional y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, dice que si las empresas continúan realizando transferencias de capital a estos grupos narcodelictivos, corren el riesgo de que Estados Unidos aplique sus leyes sobre las firmas involucradas. La especialista agrega que esta atención no se limita únicamente a EE. UU.
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Efrén Guerrero
Por ello, señala Téllez, también deben considerarse otros países y organismos con los que Ecuador mantiene acuerdos internacionales. Esto resulta relevante, ya que dichas instancias podrían imponer sanciones a quienes colaboren con este tipo de organizaciones.
El peligro de normalizar la “vacuna” como costo operativo
No obstante, las acciones deben implementarse de manera inmediata, considera Efraín Guerrero, abogado experto en Administración Pública y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. A su criterio, existen riesgos asociados a la extorsión que no pueden ser ignorados. Entre ellos advierte que “si no se controla esta situación, muchas empresas terminarán normalizando el pago de la ‘vacuna’ como si fuera un costo operativo”. Esto, añade, podría derivar en la captura de las economías locales por parte de grupos criminales.
Asimismo, Guerrero sostiene que, frente a estas dinámicas, en el país podría estar produciéndose un subregistro de una coacción empresarial silenciosa ante las autoridades tributarias, la cual incluso podría estar bancarizándose. Por ello, enfatiza que la Policía, la Fiscalía, el Consejo de la Judicatura, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), así como el Estado en su conjunto, deben trabajar articuladamente para enfrentar esta problemática.
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Sobre este tema, EXPRESO intentó comunicarse con Luis Alberto Salvador, director ejecutivo del Comité Empresarial Ecuatoriano; sin embargo, no obtuvo respuesta. De igual manera, la Asociación de Bancos Privados del Ecuador no emitió un pronunciamiento debido a que su titular, Marco Rodríguez, se encuentra fuera del país.
¿Qué se debería hacer?
Domínguez plantea la necesidad de crear una ley que diferencie la extorsión a empresas del financiamiento al terrorismo. A su vez, Téllez propone facilitar los mecanismos de denuncia, priorizando las de carácter anónimo para reducir el temor a represalias, así como fortalecer los sistemas de protección para los denunciantes.
En cuanto a las cifras oficiales, datos del portal de la Fiscalía evidencian un incremento sostenido de las noticias del delito por extorsión desde 2015. Ese año se registraron 1.477 casos; para 2022 la cifra ya ascendía a 8.398 y en 2023 se elevó de forma considerable hasta 21.809. En 2024, los registros alcanzaron los 23.082 casos, aunque en 2025 se observó un descenso a 16.129 denuncias.
Domínguez añade que también debe reformarse el ingreso al sistema de protección de víctimas y testigos, ya que actualmente resulta engorroso y tedioso, lo que termina dejando al denunciante vulnerable.
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Ivonne Téllez
A esto López añade que también es fundamental que fiscales y jueces actúen con honestidad. “¿Qué se puede esperar de un país como Ecuador, donde un juez anticorrupción no puede explicar por qué tenía $10.000 en efectivo en su poder?”, cuestiona, y además critica que muchos casos no se resuelvan.
Según datos del Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos, hasta septiembre de 2025, de los 1.275 procesos judiciales por extorsión, solo se habían resuelto 866, mientras que 1.023 permanecían en trámite.
Investigación financiera y control del efectivo
Más allá de las reformas legales, Patricio Chanaba, director ejecutivo de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas, insta a que la UAFE y la Fiscalía investiguen los reportes de actividades sospechosas emitidos por la banca. Asimismo, pide mayor control sobre las operaciones realizadas fuera del sistema financiero, especialmente el comercio en efectivo.
Guerrero advierte que el Estado no puede seguir eludiendo su deber de fortalecer la ley.
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