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Luis Verdesoto
Luis Verdesoto fue exsecretario de Política Pública Anticorrupción.Leonardo Velasco

Luis Verdesoto: “No se puede estar siempre ciego ante el mal manejo público”

El exsecretario de Política Pública Anticorrupción analiza el rol de la Secretaría General de Integridad Pública

Luis Verdesoto Custode, exsecretario de Política Pública Anticorrupción, analizó con EXPRESO el rol que ha ejecutado la Secretaría General de Integridad Pública alrededor de las denuncias sobre un presunto conflicto de intereses por parte de Edgar Lama, presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, debido a sus vínculos con establecimientos de salud privados con fines de lucro.

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Hoja de vida.Exsecretario de Política Pública Anticorrupción. Exasesor del presidente Jaime Roldós. Ex secretario ejecutivo de la Red Interamericana para la Democracia. Licenciado en Filosofía, de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Doctor en Estudios Políticos de la Escuela de Estudios Superiores en Ciencias Sociales (Francia).
Cuando el presidente retiró el Código de Ética, pensé que sería reemplazada por la ley de conflicto de intereses.

- ¿Qué acciones tuvo que haber tomado la Secretaría General de Integridad Pública en torno al caso del grupo hospitalario Interhospital?

- Creo que un hecho central que debió haber acometido la Secretaría, que la dejamos diseñada y que quedó pendiente, es una ley de conflicto de interés. (Esta) Es absolutamente necesaria cuando existe un presidente y un aparato gubernativo ligado a un grupo empresarial determinado. Nosotros contamos solamente con definiciones generales, en la Constitución, respecto al conflicto de interés, y es imprescindible que se tomen medidas que permitan que el presidente de la República no sea manchado, ni sus funcionarios inmediatos.

- ¿Qué medidas deberían ser tomadas?

- El control patrimonial, que tiene que extenderse hacia atrás y tiene que ser posterior al dejar la función. (También sobre) El tráfico de influencias, que es más penado dentro de nuestro sistema jurídico, (pero) hay casos que deberían solucionarse y no pueden producirse. Por ejemplo, el nombramiento del hermano de la presidenta del Consejo Nacional Electoral con el rango de cónsul en Queens, Nueva York. Evidentemente se lo nombra dentro de la cuota política.

- ¿Y este mismo caso de tráfico de influencias puede configurarse en el caso del presidente del Consejo Directivo del IESS, Edgar Lama?

- Lo que hay es un evidente caso de conflicto de interés que estamos ordenados por la Constitución a evitarlo.

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- Teniendo en cuenta que también el presidente Daniel Noboa sabía los antecedentes, en este caso familiares, del presidente del IESS, no debió nombrarlo su representante ante el IESS.

- Es justamente este amparo, en una disposición constitucional laxa, el que permite que se produzcan estos nombramientos, en los cuales el refugio ético no ha sido suficiente para evitarlo. El presidente debe estar cuidando permanentemente su propio nombre y para eso la Secretaría de Integridad Pública tiene que ayudarle.

- Está el caso también de la reducción de la deuda tributaria de Exportadora Noboa utilizando la Ley de Integridad Pública. ¿Esto lesiona la institucionalidad?

- No pueden producirse decisiones que favorezcan una u otra situación. La empresa beneficiaria no debió ser parte de esta política pública por un criterio general. Es evidente que el conflicto de intereses tiene muchas gamas. No solamente se trata de funcionarios que entran y salen, sino que se trata de información, (por lo que) las empresas que tienen interés directo conmigo no podrían estar implicadas en ese beneficio.

- ¿Cómo usted valoraría el desempeño de la Secretaría de Integridad Pública?

- Yo no querría hablar de negligencia, pero al eliminarse la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas, que era el foco de la corrupción de la contratación pública, creía que se había dado un primer paso importante. Pero debían proseguirse nuevos pasos, que contemplaban la investigación de los otros delitos detectados dentro de las empresas públicas y sus auditorías, fundamentalmente en el área petrolera, que lleva ya muchos meses (desde que) fue anunciada, pero no he visto ninguno de los pasos que tiendan a la contratación de esa auditoría. No he visto acciones de rastreo del destino del dinero y del curso del dinero corrupto. Tampoco, que se haya diferenciado claramente la presencia del gran crimen internacional.

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En los casos de conflicto de intereses existe amparo constitucional suficiente como para que la Fiscalía proceda.

- Frente a este conflicto de intereses, ¿qué debería hacer Edgar Lama?

- El primer punto es que todo funcionario público está sujeto a la auditoría pública y a la auditoría de la opinión pública. Y el primer elemento allí es la ética. En ese caso, deshacer todas las formas de conflicto de intereses o incluso la renuncia (…). Éticamente uno sabe lo que tiene que hacer. Cuando hay un conflicto ético entre las decisiones que yo pueda adoptar y las decisiones públicas, tienen que permanecer primero las decisiones públicas.

- ¿Cómo se debería asegurar que las denuncias, informes sean revisados de manera imparcial y eficiente?

- Yo creo que aparece la función del Parlamento. El Parlamento tiene el acceso a toda la documentación pública.

- ¿Cómo se haría, si vemos que hay casos que han quedado sin fiscalización? Por ejemplo, el caso Progen que no fue investigado.

- Puede haber momentos de impunidad y momentos de justicia, y los momentos de justicia deberán venir, no caducan. (Aunque) Pueden caducar un rato judicialmente, los elementos de juicio sobre este caso, el caso moral, público, la sanción política quedará presente permanentemente en el hacer público ecuatoriano. Los ecuatorianos no podemos ser permanentemente sordos, ciegos, frente a casos de evidencia de mal manejo público.

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