Quinto Puente
Las vías de acceso del tramo 4 y 5 continúan en construcción, pero varios predios no han sido expropiados para la ejecución de la obra.Archivo

Quinto Puente: miradas legales advierten vicios en el proceso

Abogados alertan violación a la ley. Opacidad podría conjeturar conflicto de intereses. Contraloría y Fiscalía deben actuar

Irregularidades en la contratación pública es lo que tres juristas observan en la construcción de la obra estatal del Viaducto Sur de Guayaquil, conocido también como Quinto Puente. Para ellos, Roberto Luque, ministro de Infraestructura y Transporte ha violado la norma y el debido proceso. Pero no solo eso, sino que hay un evidente conflicto de intereses, denuncian.

La falta de transparencia por parte del Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT), para Pablo Játiva, abogado y docente de la Universidad Internacional del Ecuador, es preocupante porque “estaríamos viendo un patrón, en el Gobierno, de ocultar información pública”. A su criterio, no hay causales para que Luque no comunique cuántos predios de las empresas relacionadas con la familia del presidente Daniel Noboa van a ser expropiados y los valores que el Estado pagará por ellos.

Agrega que, de acuerdo con la Constitución, toda la información que involucre recursos públicos, al ser recursos de todos los ecuatorianos, tiene que ser público, de libre acceso, por lo que no puede estar oculto. Así también lo determina la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información e incluso algunos tratados internacionales.

Quinto Puente

La obra del Quinto Puente es vista con recelo en la Asamblea Nacional

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Percepciones jurídicas

Y es que la forma en cómo se está manejando este proyecto, al abogado Enrique Riera le “da una sensación de que hay un conflicto de intereses”. ¿Por qué? Porque se va a comprar predios a familiares del jefe de Estado, “hay que recordar que los ministerios no tienen personalidad jurídica, sino que emanan de la orden o de la disposición o la supremacía del presidente de la República, entonces, prácticamente es una compra entre parientes”, por lo que hay más motivos para que transparente esta situación, sostiene.

A más de eso, Telmo Jaramillo, abogado del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), indica que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece un procedimiento, al igual que las resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, para la ejecución de la obra. Lo primero que debió hacer el Ministerio es el anuncio de proyecto -si no lo hizo, el proceso en sí nació viciado- para que los avalúos de los predios no se incrementen. Por lo que, lo dicho por Luque de que se pagará “con los valores catastrales vigentes a la fecha” y que “nosotros queremos arrancar pronto porque queremos congelar los precios y que no suban los catastrales, porque han venido subiendo de manera constante”, no es correcto, subraya el jurista. “El pago, además, debe ser de acuerdo con el año anterior al anuncio del proyecto. Por otro lado, si no se cuenta con esa información, ¿cómo emitieron una certificación presupuestaria?”.

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La ciudadanía puede pedir información a los ministerios, pero la Asamblea es el fiscalizador natural del Ejecutivo; los funcionarios están obligados a darles información.

Pablo Játiva

Abogado y docente de la UIDE

Otras observaciones

Además, que recién estén haciendo los estudios para analizar o actualizar los pagos de los predios y que no se haya expropiado antes de que empiece la obra “evidencia que el procedimiento no se está llevando adecuadamente”, declara Jaramillo. Por otro lado, la disposición general segunda de la Ley permite que un contrato sea subdividido (que se haga varios contratos por tramos) solo si se ve garantiza la unidad del proyecto; pero ante estos antecedentes -la falta de expropiación podría provocar que la obra se paralice y no se pueda construir los otros tramos-, por lo que la funcionabilidad de la planificación estaría comprometida, por lo que violaría esa condición, explica.

Sobre todo, porque, si el próximo año van a iniciar las expropiaciones, como ha sostenido Luque; está mal que los propietarios de los predios -moradores del sector- no conozcan que sus predios serán expropiados, comenta Riera. “Hay un proceso de como seis meses para que pueda tomar posesión; por lo que me parece poco tiempo, lo que dice Luque, para que la gente se reubique, porque esto les cambia su cotidianidad”.

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Si es que por alguna razón el Municipio actualiza esos valores prediales y los eleva, la ley establece que tendrán que pagar la diferencia del impuesto no pagado.

Enrique Riera

Abogado

¿Qué acciones se deberían ejecutar?

Ante esto, Játiva expresa que “no podemos aceptar la opacidad como política pública porque si es que estamos haciendo eso, básicamente estamos diciendo que vivimos de una dictadura, donde el ejecutivo no tiene que rendir cuentas a nadie y ese no es el caso del Ecuador”. Por lo que, a juicio de Jaramillo, la Contraloría y la Fiscalía General del Estado deberían actuar porque se trata de recursos públicos. También la Asamblea.

Pero si el Legislativo no puede cumplir su rol, la ciudadanía debe interponer la acción constitucional del Habeas Data, dice Játiva. “Hay que decirle al Estado que entregue la información, ya que es de carácter público”.

Y, aunque el MIT quiera que esto quede en secreto, enfatiza Riera, de esas compras tendrán que hacer una escritura pública. Es decir, “tendrán que inscribirlo el Registrador de la Propiedad del cantón y será accesible para todos. Esto no va a quedar de ninguna manera en secreto”.

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Silencio.Desde julio, la CDH ha solicitado información al MIT sobre el anuncio del proyecto, estudios técnicos, lista de inmuebles y propietarios afectados.

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