desvinculación de funcionarios
El Gobierno anunció el proceso de desvinculación, desde el 24 de julio, de 5.000 funcionarios públicos.Fotomontaje: Miguel Rodríguez

¿Fue legal el despido de 5.000 funcionarios públicos? Esto dicen los expertos

El régimen de turno, con esto, buscaría la optimización del Estado. Trabajadores provisionales y ocasionales saldrían.

La reorganización del Ejecutivo a través de las carteras de Estado se está ejecutando a través de tres ejes de acción. Uno de ellos es la desvinculación de 5.000 funcionarios; sin embargo, ¿es esto legal?

Para los expertos en Derecho, sí. Según declaraciones de Carolina Jaramillo, vocera del Gobierno, la elección del personal público que será separado está relacionado con sectores del poder Ejecutivo, administrativo y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. El inicio de este proceso inició y fue comunicado el jueves 24 de julio.

De acuerdo con sus declaraciones, esta desvinculación se hizo de acuerdo con un criterio de eficiencia, modernización y de optimización de los recursos humanos estatales. Además, añadió, obedece a la idea de que el Estado realmente brinde servicios públicos de calidad.

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¿Fue correcto esta ejecución?

Y es que, a criterio de Hernán Ulloa, expresidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), por muchos años han existido un blindaje en la burocracia que le ha hecho daño al país. Es por esto, dice, “nosotros podemos ver y palpar, en carne propia, el descuido en la administración pública; la falta de atención y el maltrato hacia el ciudadano”.

Sin embargo, a pesar de que puedan ser consideradas injustas (porque quedarán muchas personas sin trabajo), dice Enrique Aldaz, abogado, las desvinculaciones son legales. 

Así también lo asegura la abogada Karina Flores, docente de la Universidad Internacional del Ecuador, porque el término que usa la vocera es desvinculaciones para los funcionarios que están vinculados al sector público bajo nombramientos provisionales y contratos ocasionales. La jurista afirma que lo que no está haciendo el Ejecutivo es la supresión de puestos. Eso correspondería a las partidas de nombramiento definitivo y fijo.

¿Qué dice la normativa vigente?

Además, de acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica de Servicio Público, expone la abogada, los nombramientos provisionales no tienen estabilidad laboral y básicamente pueden desvincular a los trabajadores en cualquier momento, “quitando, obviamente los temas de carácter social, de justicia, injusticia, etcétera”. Por lo que el departamento de Recursos Humanos solo tendrá que demostrar que en realidad esos puestos no eran necesarios o no tenían un carácter que ayude la eficiencia de esa entidad, dice.

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Asimismo, añade Ulloa, que el evento mismo de ser provisional no genera una estabilidad al servidor público porque su tiempo en el cargo es temporal, a diferencia de un nombramiento definitivo. Para el expresidente del Cpccs, “lo que está haciendo el Estado, en este momento, es poner en cero todo para que, acorde a la necesidad del Estado, vayan abriendo concursos de mérito y oposición, y así ingresen los mejores servidores y no estén allí simplemente las personas apalancadas por afinidades políticas”.

¿Qué ha expresado anteriormente la Corte Constitucional al respecto?

Por otra parte, Ulloa señala que ni siquiera la Corte Constitucional del Ecuador se ha puesto de acuerdo sobre ciertos planteamientos de acciones para la protección de los empleados públicos que están bajo esa modalidad laboral. “Esta está medianamente regulada y se ha prestado para confusiones, incluyendo en el ámbito constitucional”.

Jaramillo también expuso, en la rueda de prensa, que en los próximos meses habrá un proceso en el que se abrirán nuevas partidas, para vincular a jóvenes. Pero no señaló cuántas partidas estarán disponibles.

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