
La Corte Constitucional cambia el juego: vía libre a la Constituyente de Noboa
Juristas debaten el cambio de postura de la CC. Opiniones se dividen. Unos creen que el fallo se debe a presiones políticas
Una Corte Constitucional (CC) permisiva, hasta desconocida: es lo que consideran varios constitucionalistas que conversaron con EXPRESO. Para ellos, esta entidad ha cedido debido a la presión política. Sin embargo, para otros no, pues creen que procedió correctamente.
A juicio de los juristas, hay un cambio en las acciones de este organismo. Para empezar, Rafael Oyarte, experto en Derecho Constitucional, Administrativo y Público, menciona que la Corte ha hecho cosas que no ha hecho con los demás, como aceptar una convocatoria que no fue enviada directamente por la parte legitimada, es decir, desde el Ejecutivo, sino por el Consejo Nacional Electoral. A eso se suma que la CC no exigió el escrito de fundamentación, en donde debía argumentarse por qué una Constituyente y no una reforma parcial o una enmienda.
Y es que en las 12 ocasiones anteriores, cuando la Corte recibió estas iniciativas fue muy tajante en el cumplimiento de los requisitos de una Asamblea Constituyente, recuerda André Benavides, abogado constitucionalista y docente de la Universidad Internacional del Ecuador. “De entrada fue negada”. Ahora, “mandó a subsanar”.
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¿A qué creen que se deba que la Corte cambió su postura?
Para Oyarte, este comportamiento no se había visto antes, sobre todo porque existe un caso en el que, por errores en el estatuto, aunque fue aprobado en el primer momento, la Corte Constitucional, en el segundo dictamen, se pronunció negativamente. Al punto de que tenían que volver a presentar todo de nuevo, desde cero, dice.
A criterio de Francisco López, especialista en procesos constitucionales y catedrático de la Universidad de las Américas, la CC ha emitido un dictamen “bastante técnico, pero también bastante cauto”. Al punto que “le están prácticamente dando autorización al presidente de la República para continuar con una Asamblea Constituyente”.
¿A qué se debió esto? Para los juristas, esto se debió a la presión política. Por esto Oyarte observa que, en una semana, la CC cambió totalmente su comportamiento con el presidente. “Eso es sumamente raro”. A López le da la sensación de que la Corte está tomando la postura de “yo me lavo las manos y continúen con lo que ustedes quieren hacer”.
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Sandra Tapia
Opiniones diferentes
Sin embargo, otros expertos en Derecho no lo ven así. Para la constitucionalista Sandra Tapia, docente de la Universidad de Guayaquil, la Corte Constitucional ya ha construido jurisprudencia que respalda su facultad de exigir correcciones en cualquiera de los componentes de la solicitud, sean estos considerandos, pregunta y/o estatuto. Agrega que la Corte aplicó de manera reiterada el principio de subsanación en la consulta popular del expresidente Rafael Correa en 2010 (Dictamen 001-10-DRC-CC). Así también en consultas locales, como en Girón (2014), Cuenca (2018) y Quimsacocha (2019).
Lo que demuestra, a juicio de Pamela Aguirre, directora del Observatorio Jurídico Social de la Universidad Espíritu Santo, que la Corte está generando sus criterios sobre cómo tiene que ejercer esa competencia. “Con base en eso, lo que ha realizado es un efecto suspensivo”. Eso, en la medida en que el presidente cumpla con los requerimientos que ha realizado la Corte.
Además, “exigió que el proyecto de estatuto debía ser enmendado, corregido y asimismo eliminó unos considerandos que no guardaban relación con el tema de la pregunta”, subraya Henry Cucalón, abogado constitucionalista, exministro de Gobierno y exasambleísta. Por lo que, en su opinión, la CC ha ejercido su plena facultad de control constitucional.
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Francisco López
Aun así, Tapia expone que el hecho de que el presidente Daniel Noboa haya enviado un nuevo Decreto Ejecutivo, el N.º 155, corrigiendo el anterior, el N.º 153, de acuerdo con las observaciones de la Corte Constitucional, no significa que esta no vuelva a realizar observaciones, ya que puede hacerlo. Eso porque puede que la corrección generada por el Ejecutivo no se ajuste a lo establecido en cuanto a estos principios en el orden constitucional.
¿No todo estaría corregido?
En eso Benavides ve algo que aún queda inconcluso: las reglas electorales para la elección de los representantes. Eso porque de acuerdo con el método de asignación de escaños, se escogerá un asambleísta por provincia y luego dice que se va a tener uno más por cada 471.000 habitantes. “¿Cómo se garantiza representatividad y proporcionalidad si en provincias pequeñas, como Galápagos, va a tener un asambleísta constituyente?”.
Sobre esto, Cucalón comenta que eso no es un tema de análisis legal. “Ese es otro debate, pero ahí no entra la Corte”.
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En análisis
- Tiempos: El sábado, el CNE envió el Decreto Ejecutivo No. 153 a la CC. En la noche del domingo, la CC emitió su primer dictamen; en la noche del martes, el segundo. En la madrugada del miércoles, el Ejecutivo emitió el decreto No. 155.
- Presiones: El Ejecutivo realizó dos marchas en contra de la CC, en Quito y en Guayaquil; la primera en agosto y la segunda en septiembre. Hubo amenaza de bomba en el edificio donde funciona, en la noche del viernes 19 de septiembre. También plantones en el exterior.
- Asamblea: En dos oportunidades, los legisladores del oficialismo buscaron los votos para respaldar la iniciativa del presidente Daniel Noboa de ir a una Asamblea Constituyente. La primera vez, no lo lograron, ya que alcanzaron 74 votos; en la siguiente, sí: 78 votos.
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