
Fiscalía no acudió a la audiencia de Jorge Yunda por las pruebas COVID
La ausencia de la fiscal Alexandra Zurita en la audiencia de apelación llevó a las defensas a pedir el abandono del recurso
La apelación contra la sentencia que ratificó la inocencia del exalcalde de Quito, Jorge Yunda, y otros procesados en el caso de presunto peculado por la compra de pruebas de detección de COVID-19 durante la pandemia debía sustentarse este viernes 27 de febrero de 2026 en la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
Sin embargo, a la audiencia de fundamentación del recurso de apelación no asistió ningún delegado de la Fiscalía General del Estado, por lo que las defensas solicitaron que se declare el abandono del recurso y, con ello, se confirme el fallo absolutorio de primera instancia.
Cambio de fiscal provincial marcó la diligencia
Horas antes de la audiencia, el Pleno del Consejo de la Judicatura sesionó y resolvió terminar el encargo de la fiscal provincial de Pichincha, Mayra Soria Escobar. En su lugar fue designada Alexandra Zurita, quien no compareció a la diligencia debido a que el cambio de autoridad se produjo el mismo día.
Soria presentó un escrito en el que notificó que su encargo había concluido a las 07:30 del viernes 27 de febrero, tras la sesión extraordinaria No. 022-2026 del organismo. En el documento informó que había sido legalmente reemplazada y solicitó al Tribunal que se considere a la nueva fiscal provincial encargada para la continuación del proceso.
El cambio administrativo dejó sin representación institucional a la Fiscalía durante la audiencia, lo que generó un incidente procesal planteado por las defensas.
Defensas pidieron declarar abandono del recurso
Los abogados de los procesados solicitaron al Tribunal declarar el abandono de la apelación, argumentando que la Fiscalía, única recurrente, no compareció ni presentó un pedido formal de diferimiento.
Nicolás Salas, abogado de Ximena Abarca, citó el artículo 652 numeral 8 del Código Orgánico Integral Penal, que establece que la falta de comparecencia del recurrente puede dar lugar al abandono del recurso.
Por su parte, Pablo Encalada, defensor de Enrique José Bucheli Figueroa, sostuvo que aplicar un criterio distinto vulneraría el principio de igualdad procesal y recordó que la Constitución define a la Fiscalía como una institución única e indivisible, por lo que debía existir un representante institucional en la audiencia.
Tribunal rechazó el abandono y difirió la diligencia
Tras escuchar a las partes, el Tribunal integrado por los jueces provinciales Maritza Romero Estévez (ponente), Miguel Narváez Carvajal y Xavier Barriga Bedoya resolvió negar el pedido de abandono.
Los magistrados señalaron que la inasistencia no podía interpretarse automáticamente como abandono, citando jurisprudencia de la Corte Constitucional que obliga a analizar si la ausencia es imputable a la parte procesal.
El Tribunal concluyó que el cese del encargo de la fiscal ocurrió pocas horas antes de la audiencia y que la situación fue informada formalmente mediante escrito ingresado en legal forma. Por ello, determinó que no existió voluntad de desistir del recurso ni negligencia atribuible a la Fiscalía, sino un hecho administrativo sobreviniente.
La audiencia fue diferida para el lunes 2 de marzo de 2026 a las 08:30, de manera presencial en el Auditorio del Complejo Judicial Norte de Quito. Los jueces advirtieron además que no se aceptarán nuevos diferimientos y que, en caso de inasistencia de abogados particulares, intervendrá la Defensoría Pública para evitar nuevas dilaciones.

El caso: la compra de pruebas COVID en la pandemia
El proceso penal investiga la compra de 100.000 pruebas de detección de COVID-19 realizada por el Municipio de Quito en abril de 2020, durante la emergencia sanitaria y cuando Jorge Yunda ejercía la Alcaldía.
La Fiscalía sostuvo que el contrato, valorado en aproximadamente 4,2 millones de dólares, habría causado un perjuicio económico al Estado porque supuestamente se adquirieron pruebas distintas a las contratadas.
Por estos hechos se formuló acusación por presunto peculado contra 14 personas, entre ellas el entonces alcalde y exfuncionarios municipales del área de salud.
Sentencia absolutoria en revisión
En septiembre de 2025, la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha ratificó el estado de inocencia de los procesados al concluir que no se probó perjuicio económico ni responsabilidad penal. La Fiscalía apeló esa decisión, por lo que la audiencia diferida busca que el Tribunal escuche los argumentos para intentar revertir la absolución.
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