SUSCRÍBETE
Diario Expreso Ecuador

Urnas sin fuerza: consultas populares se desvalorizan en Ecuador

Uso frecuente debilita la democracia directa. Sus resultados no siempre se ejecutan. El poder redefine lo votado. Falta de sanciones facilita omisiones

En los últimos 40 años de vida democrática, los ecuatorianos han sido convocados a las urnas en 14 ocasiones, durante la mayoría de los gobiernos.

En los últimos 40 años de vida democrática, los ecuatorianos han sido convocados a las urnas en 14 ocasiones, durante la mayoría de los gobiernos.Flor Layedra Torres

Flor Layedra
Publicado por

Creado:

Actualizado:

Lo que debes saber

  • La Constitución ecuatoriana garantiza el derecho a la participación ciudadana mediante la democracia directa, que contempla diversos mecanismos para que el pueblo intervenga en la gestión del Estado.
  • Varias decisiones adoptadas por los ecuatorianos en las urnas aún no se han ejecutado.
  • El presidente Daniel Noboa envió al Consejo Nacional Electoral (CNE) una propuesta de enmienda constitucional para restar funciones al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS); se prevé que una eventual consulta popular coincida con los comicios seccionales de noviembre de 2026.

Con el referéndum de 1978, convocado por la Junta Militar, Ecuador retomó la vida democrática. Desde entonces, la mayoría de quienes han portado la banda presidencial han convocado a los ecuatorianos a las urnas por diversas iniciativas.

LE PODRÍA INTERESAR: Reaparición de Jaime Nebot genera dudas sobre su fuerza electoral frente a Noboa

Para los constitucionalistas consultados por EXPRESO, las consultas populares son herramientas esenciales de la democracia directa, pues permiten que el ciudadano decida sobre asuntos de interés nacional. Sin embargo, advierten que su valor se diluye cuando los resultados no se ejecutan o se distorsionan en su aplicación.

Urnas.

Se prevé consultar en noviembre al electorado sobre una enmienda constitucional que modificaría el mecanismo de designación de autoridades de control.

Consultas que pierden peso

Es por esto por lo que, a criterio de los abogados, las consultas populares han perdido el peso que les otorga la Constitución. El jurista Ismael Quintana Garzón, especialista en Derecho Constitucional, Administrativo y Electoral, sostiene que la voluntad popular hoy se queda en letra muerta.

El constitucionalista Emilio Suárez Salazar, docente de la Universidad San Francisco de Quito, advierte que no todas las decisiones adoptadas en consultas populares se ejecutan de forma automática, debido a que en muchos casos requieren de una decisión posterior del poder político. Según explica, mientras los referéndums suelen aplicarse de manera inmediata, las consultas -especialmente los plebiscitos- dependen de una “voluntad más política” para concretarse.

La voluntad popular no se cumple por falta de consecuencias jurídicas, pese a que la Corte Constitucional tiene amplias facultades para sancionar esos incumplimientos.Ismael Quintana, abogado, especialista en Derecho Constitucional y Electoral

LE PODRÍA INTERESAR: Nebot reúne a figuras políticas, gremiales y exfuncionarios en Guayaquil

Límites técnicos y de ejecución

O, como indica, sus resoluciones no resultan viables en el corto plazo, como ocurrió con el caso del Yasuní, donde, en 2023, el mandato ciudadano dispuso mantener indefinidamente el crudo del ITT bajo tierra. Suárez explica que el plazo de un año para cerrar el bloque petrolero era técnicamente inviable, ya que el proceso implica operaciones complejas que pueden tomar varios años, desde el cierre de pozos hasta la remediación ambiental.

Francisco López Rueda, especialista en Procesos Constitucionales y catedrático de la Universidad de Las Américas y de la Universidad Tecnológica Equinoccial, señala que el problema del Yasuní no solo radica en la falta de ejecución, sino en cómo se planteó la consulta desde el inicio. A su criterio, la ciudadanía vota sin contar con todos los elementos técnicos claros, lo que luego dificulta o distorsiona la aplicación de lo decidido en las urnas.

En ese sentido, advierte que las preguntas pueden formularse de manera “engañosa” o incompleta, lo que abre la puerta a que, tras la votación, el resultado se adapte o incluso no se cumpla. Para López, este tipo de casos evidencia que, sin un planteamiento técnico adecuado, consultas como la del Yasuní terminan perdiendo efectividad y sentido práctico.

La consulta debe ser excepcional y destinarse a temas trascendentales que exijan el pronunciamiento ciudadano, no para asuntos que pueden resolverse en la Asamblea.Emilio Suárez, Abogado y docente de la Universidad San Francisco de Quito

LE INVITAMOS A LEER: El sector societario está alerta por intervención a GRANASA

El alcance del voto ciudadano

Quintana sostiene que el hecho de que la ciudadanía haya rechazado el trabajo por horas en consulta popular, en 2024, no impide que el tema sea regulado posteriormente por otras vías. A su criterio, el ‘no’ en las urnas no constituye una prohibición absoluta para que el Ejecutivo o la Asamblea, dentro de sus competencias, puedan normar ese ámbito.

El jurista explica que la fuerza vinculante opera de manera distinta según el resultado, “cuando la ciudadanía vota afirmativamente, el mandato es obligatorio y de cumplimiento inmediato”. En cambio, menciona, cuando el pronunciamiento es negativo, queda abierta la posibilidad de que el poder político retome el tema mediante legislación o normativa administrativa, como ocurrió con los acuerdos ministeriales sobre trabajo por horas.

Uso político y desgaste

Por otra parte, los entrevistados coinciden en que la reiteración de consultas populares ha desnaturalizado su propósito y debilitado su valor como herramienta de democracia directa. A su criterio, lejos de emplearse para resolver asuntos trascendentales, se han convertido en un recurso recurrente de los gobiernos de turno.

Quintana advierte que la figura se ha “devaluado” por su uso constante desde el retorno a la democracia, especialmente en los últimos años. Sostiene que muchos gobernantes recurren a este mecanismo más como una forma de medir su nivel de aceptación que para someter decisiones realmente necesarias al criterio ciudadano.

En la misma línea, el jurista López sostiene que las consultas deberían ser mecanismos extraordinarios y no de uso habitual. A su juicio, su reiteración -sumada al incumplimiento de los resultados- ha erosionado su sentido y su fuerza, hasta convertirlas en una simple medición de la popularidad del gobierno de turno.

Suárez sostiene que la repetición de consultas ha generado desinterés ciudadano y las ha convertido en un termómetro político. Añade que esto ha desviado su fin hacia la aprobación o rechazo del régimen.

No tiene sentido convocar consultas al menos una vez al año, peor aún si no se acatan sus resultados, considerando el gasto que implican; de cumplirse, sería distinto.Francisco López, especialista en Procesos Constitucionales y catedrático de la Udla y UTE

tracking