
El sector societario está alerta por intervención a GRANASA
La intervención genera precedentes para empresas y prensa. Piden a la SuperCias que actúe con criterios técnicos
La intervención ejecutada por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) a Gráficos Nacionales S. A. (GRANASA), empresa editora de los diarios EXPRESO y EXTRA, ha captado la atención de especialistas en Derecho Societario. Para los juristas, este caso no solo genera inquietud en el sector empresarial ecuatoriano, sino que también reaviva el debate sobre la seguridad jurídica y los límites de las facultades de control estatal.
Sobre todo porque la medida carecería de justificación, a juicio del abogado Oswaldo Santos, experto en Derecho Empresarial, socio de la firma jurídica Santos Burbano de Lara y docente de la Universidad San Francisco de Quito. El jurista sostiene que, tras revisar la documentación, no resulta claro cuál era la razón por la que la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (Inmobiliar) requería la información solicitada, ni por qué la Superintendencia consideró injustificadas las objeciones planteadas por GRANASA.
César Drouet, abogado y expresidente de la Academia Ecuatoriana de Derecho Societario, señala que en todo caso, la SCVS puede suministrar información como estados financieros; memorias e informes de los administradores y de los organismos de fiscalización, de existir; así como la nómina de administradores, representantes legales y accionistas, de acuerdo con los artículos 15 y 20 de la Ley de Compañías.
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También podría facilitar, si GRANASA estuviera inscrita en una de las bolsas de valores nacionales, la identificación de quienes posean al menos el 10 % del capital; además, actas de junta general y sus grabaciones cuando sean exigibles.
Límites al acceso de información societaria
Sin embargo, precisa que otro tipo de información requeriría el respaldo de accionistas que representen el 50 % del capital social. Añade que, aun en ese escenario, no habría acceso si existieran razones objetivas para considerar que esta podría utilizarse con fines extra sociales, o que su divulgación perjudicaría los intereses de la compañía, decisión que compete a sus administradores.
Además, no se puede sostener que la sola negativa de entregar información a un accionista justifique la adopción de una medida que eventualmente afecta los derechos de los socios mayoritarios, sostiene Galo Verdesoto, experto en asesoría corporativa y catedrático de la Universidad Internacional del Ecuador.
A su juicio, la eventual sanción debió ser de carácter pecuniario por la falta de entrega de información. No obstante, la entidad debió analizar los antecedentes y las posibles consecuencias de su cumplimiento, algo que no ocurrió.
Por ello, según el abogado Santos, es menester que la SCVS actúe con criterios técnicos y que no se perciba que ejerce sus atribuciones con fines distintos a los previstos en la norma. El jurista advierte que este caso deja un precedente en Ecuador para las empresas sobre la posibilidad de que intervenciones de este tipo puedan ser solicitadas por accionistas minoritarios.
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Posibles escenarios tras la intervención
Santos considera que habrá que evaluar con cuidado cuál es la labor que realiza la interventora. Esto porque, según Verdesoto, cuando la Superintendencia de Compañías actúa hay dos posibles resultados. El primero, que el interventor asuma la representación legal de la firma por el tiempo que dure la medida para regularizar la situación (entrega de la información solicitada por Inmobiliar) y que luego retorne la administración habitual.
La otra consecuencia, agrega Verdesoto, es que se detecten fuertes incumplimientos a la ley, faltas graves o que digan que la sociedad no es viable económicamente, lo que llevaría a un proceso de liquidación, escenario que ha sido descartada por el procurador jurídico de GRANASA, Eduardo Carmigniani, quien precisó que la empresa no tiene problemas económicos ni de otra índole.
Impacto en la seguridad societaria y en la transferencia de acciones
Drouet expone que esto genera preocupación en el sector societario, sobre todo porque a este hecho le antecede la intención de revertir asientos en el libro de acciones y accionistas de GRANASA. Verdesoto subraya que este tipo de decisiones abre la posibilidad de que no haya certeza sobre la efectividad de cualquier transferencia de acciones.
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Puntos de vista
Riesgo de un precedente preocupante
“El problema, en este caso, radica en cómo y con qué propósito la SCVS aplica la intervención a GRANASA. Si se utiliza para restringir la libertad de prensa o para acceder a información negada a Inmobiliar, representaría un precedente preocupante”, menciona Oswaldo Santos, catedrático de la USFQ.
Límites del control de la SuperCias
“Esto podría sentar un precedente sobre la libertad para negociar acciones de empresas. La Superintendencia de Compañías no tiene facultad para controlar estas transacciones, que corresponden al Poder Judicial, como ocurre en cualquier país”, sentencia Galo Verdesoto, catedrático de la UIDE.
Alarma en el sector societario
“La intervención es una medida excepcional y temporal, justificada solo cuando se ha comprobado una violación a la ley, sus reglamentos o a los estatutos de la compañía. La acción a GRANASA genera preocupación en el sector societario”, declara César Drouet, expresidente de la AEDS.
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