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Diario Expreso Ecuador

Enmienda del CPCCS avanza y dejaría el problema de fondo

Especialistas observan un cambio limitado en la propuesta de Noboa. Reforma parcial sería ideal para eliminar el Consejo, pero faltan condiciones

En caso de que se apruebe la enmienda constitucional de Noboa, el Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) ya no tendrá los concursos de selección a su cargo.

En caso de que se apruebe la enmienda constitucional de Noboa, el Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) ya no tendrá los concursos de selección a su cargo.Foto: Facebook CPCCS

MONICA JARA CHERREZ
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Lo que debes saber

  • Noboa impulsa enmienda que quita al CPCCS designaciones tras aval de la Corte Constitucional.
  • Referéndum se votaría el 29 de noviembre en Ecuador, junto a seccionales; si se aprueba, la ejecución arrancaría en diciembre.
  • Expertos advierten que el CPCCS seguirá activo y la Asamblea asumirá el costo político de las designaciones.

La propuesta de enmienda del presidente Daniel Noboa, que plantea quitarle al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) la facultad de designar a las distintas autoridades de control, ha logrado superar el análisis de la Corte Constitucional (CC) y es vista como una oportunidad para acabar con las polémicas designaciones, pugnas políticas y constantes prórrogas de funcionarios.

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El trámite avanza. El Ejecutivo envió las correcciones que solicitó la Corte, pero las remitió al Consejo Nacional Electoral (CNE) para esa entidad sea quien realice la notificación sobre los ajustes a la CC.

Se estima que el referéndum para votar por la propuesta coincidirá con las elecciones seccionales del próximo 29 de noviembre y, en el caso de que sea aprobada, el trámite para su ejecución iniciaría en diciembre.

Consejo que se resiste a su eliminación

Sin embargo, más allá de los plazos y la expectativa que ha generado el eventual cambio en el proceso de designación, se observa que el proyecto no pondrá fin a un organismo controversial, ya que el Consejo seguirá vivo.

“Estoy de acuerdo con que se reste la función de designación de autoridades al CPCCS, que esto pase a la Asamblea Nacional, termina transparentando los respaldos políticos al momento de llegar al liderazgo de una autoridad de control. Esperaríamos que haya una constituyente para reformar la estructura del Estado y prescindir del mismo (Consejo).

 Sin embargo, si este es un parche temporal y la institución se quedó allí -con el gasto que representa y con los recursos que se le asignan-, que al menos potencie el cumplimiento de su actividad de control social durante el tiempo que se mantenga”, dice Gonzalo Albán, exvocal del organismo.

Noboa podía plantear eliminación

La constitucionalista Gabriela León opina que la solución definitiva debía haberla planteado el mismo presidente para eliminarlo. Cree que no lo hizo por temor al resultado, pero destaca que la enmienda logrará que el Consejo ya no genere interés

“Seguramente dejará de ser un foco de atención porque ya no tendrá los procesos de designaciones. Perderá su atractivo como un botín político del poder de turno porque le quedaría las funciones de promoción de participación ciudadana, control social y lucha contra la corrupción, pero ninguna de esas las ha hecho. 

Eliminarlo podría ser la solución, pero no se puede hacer vía enmienda. La solución, si el presidente la quiere hacer, es la reforma parcial, pero a él no le gusta porque primero tiene que pasar por la Asamblea y luego por el referéndum. Como el último lo perdió estrepitosamente, entonces no quiere arriesgarse a lo mismo”, indica.

Costo político podría asumirlo la Asamblea

El analista y constitucionalista, André Santos, sostiene que “lo lógico habría sido eliminarlo, pero la Corte ha puesto obstáculos para entorpecer los procesos de cambios efectivos en el país. El presidente tenía una propuesta más drástica: que la Asamblea tenga toda la potestad para elegir de manera directa, pero la CC dijo que se deben mantener los procesos de designación, por eso la propuesta se queda a medias, porque la Corte lo impide”.

Pese al cambio limitado que generaría la eventual modificación, en caso de ser aprobada, los expertos miran posibles ventajas en la decisión de quitarle al CPCCS dicha facultad. 

“Igual habrá un proceso de postulación y selección. Pero, ¿en qué va a beneficiar? Si bien no es la mejor de las enmiendas, en el momento en el que la Asamblea elija y, en caso de que esa persona resulte ser un pésimo fiscal o un pésimo contralor, un corrupto o acusado por corrupción, después, quien asume el costo político va a ser la Asamblea, los partidos que lo apoyaron. Habrá una responsabilidad porque actualmente no hay un culpable, ya que (los elegidos) ganaron un concurso de oposición, nadie es culpable, a excepción de él mismo”, opina Santos.

Albán, en cambio, mira una oportunidad. “Hay una tarea importante que el CPCCS no ha explotado: la organización de la sociedad civil como tal, crear asambleas ciudadanas, veedurías, observatorios. A veces se piensa que es algo mínimo, pero es una estrategia interesante para la reconstrucción del tejido social y la lucha contra la inseguridad”.

Aunque los virtuales escenarios permitirían hallar responsables ante las posibles fallas de los funcionarios designados y el CPCCS lograría dar un giro, León duda que el mecanismo ayude a resolver los problemas causados por las designaciones. 

La pelea cambiará de escenario

“¿Será la solución definitiva? Difícilmente, solo se volverá a lo que se establecía antes de esta Constitución. No es un tema de diseño constitucional sino de prácticas de cómo se entiende el ejercicio del poder y de la función pública, porque quienes se pelean hoy en el Consejo, pelearán mañana en la Asamblea”, concluye.

Los concursos de selección

  • El Consejo de Participación lleva adelante los concursos para designar al titular de la Fiscalía General del Estado, así como para renovar el CNE y el TCE.
  • En caso de que la enmienda constitucional se apruebe, esos procesos de selección se declararán desiertos.
  • Además, el presidente deberán proponer proyectos de ley para ejecutarla.
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