SUSCRÍBETE
Diario Expreso Ecuador

Reformas al Sercop en Ecuador: ¿qué cambia en compras públicas y sanciones tras decreto?

Normativa redefine procesos, endurece sanciones y amplía control en contrataciones públicas, incluyendo al Banco Central y nuevas reglas disciplinarias

Daniel Noboa emite nuevas reformas y sanciones al Sercop

Daniel Noboa emite nuevas reformas y sanciones al SercopCortesía

Marco Rivera
Publicado por

Creado:

Actualizado:

Lo que debes saber 

  • Desde el 10 de abril, nuevas reglas cambian cómo el Estado compra, sanciona y controla procesos. Estas son las claves que impactan a proveedores y entidades.

El presidente Daniel Noboa, aplicó reformas al Sercop mediante el Decreto Ejecutivo 356, vigentes desde el 10 de abril. La medida cambia reglas clave en compras públicas, sanciones y control institucional. El ajuste impacta directamente a proveedores y entidades del Estado. Todo se enmarca en una actualización del sistema de contratación pública.

El decreto modifica artículos del reglamento para redefinir cómo se contrata, cómo se sanciona y quiénes participan. Entre los cambios más visibles está la inclusión del Banco Central del Ecuador en un régimen especial. También se eliminan normas anteriores que chocaban con estas nuevas reglas. El sistema entra así en una fase de ajuste operativo.

Uno de los primeros cambios está en el artículo 37, donde se precisa el término “listado de catálogo de bienes”. Además, el artículo 8 redefine el procedimiento como un proceso basado en condiciones técnicas y financieras claras. El objetivo es que las ofertas respondan mejor a lo que necesita el Estado. Esto apunta a procesos más concretos y menos ambiguos.

Cambios clave en contratación pública Ecuador

El artículo 9 también fue ajustado para mejorar el uso de catálogos electrónicos dentro del sistema. Esto busca ordenar mejor la compra de bienes y servicios. En la práctica, cambia cómo las entidades seleccionan proveedores. El impacto se verá en procesos más estructurados.

Otro de los movimientos fuertes del decreto es la incorporación del Banco Central al régimen especial de contratación. Esto le permite manejar procesos vinculados a reservas, inversiones y servicios técnicos. No todos estos procesos serán públicos por razones estratégicas. El decreto reconoce que hay operaciones sensibles que requieren confidencialidad.

En este punto, el texto es claro al señalar que ciertos procedimientos no se publicarán cuando exista "riesgo para la gestión estatal". Aun así, se establecen controles internos. Esto marca un giro frente al modelo anterior más abierto. La lógica ahora combina control con reserva.

Banco Central entra al sistema con reglas propias

El decreto también obliga a publicar resoluciones de contratación directa en el portal oficial. Esto debe hacerse dentro de plazos específicos. La idea es que haya rastro de las decisiones. Así se mantiene cierto nivel de transparencia en procesos sensibles.

Además, se endurecen las condiciones para contratar en el extranjero. Ahora se debe justificar técnicamente por qué se recurre a proveedores internacionales. Esto limita decisiones discrecionales. El sistema exige más sustento antes de salir del mercado local.

En paralelo, el documento introduce una nueva lógica para sancionar infracciones dentro del Sercop. Se crea una sección específica que clasifica las faltas. Esto cambia cómo se castigan los errores o incumplimientos. El enfoque ahora es más proporcional.

Nuevas sanciones en el Sercop: así funcionan

Las sanciones se dividen en tres niveles:

  • Leves: hasta 60 días de suspensión
  • Graves: hasta 120 días de suspensión
  • Muy graves: hasta 180 días, o 360 días si hay reincidencia

Estos rangos también consideran montos económicos como referencia. Aplica tanto para subastas electrónicas como para régimen común. El sistema busca ajustar la sanción al tamaño de la falta.

Otro cambio importante está en el control interno del SERCOP. Antes de sancionar, ahora debe existir un informe técnico. Este documento debe probar negligencia o incumplimiento. Sin ese paso, no se puede avanzar en procesos disciplinarios.

También se eliminan frases y plazos que ralentizaban los procesos administrativos. Por ejemplo, ya no se considera la “primera notificación” como punto clave. Esto agiliza decisiones dentro del sistema. El objetivo es reducir tiempos y evitar trabas.

Más control interno y menos trámites innecesarios

El decreto también deja claro que no se aplicará este régimen especial a todas las contrataciones. Solo se usará en casos específicos como los del Banco Central. Para el resto, se mantienen los procedimientos generales. Esto evita que el sistema se vuelva completamente cerrado.

Finalmente, se derogan todas las normas que se opongan a estos cambios. Con esto, el Decreto 356 redefine el funcionamiento del SERCOP. El sistema combina control, nuevas reglas y sanciones más estrictas.

tracking