DANIEL NOBOA PRESIDENTE
El presidente Daniel Noboa envió el proyecto corregido al Consejo Nacional Electoral (CNE) antes que a la Corte Constitucional.ARCHIVO: PRESIDENCIA

Noboa envía al CNE proyecto de enmienda corregido sobre designación de autoridades

Daniel Noboa envió el proyecto de enmienda al CNE señalando que el país se encuentra en periodo electoral por las seccionales

El presidente Daniel Noboa envió al Consejo Nacional Electoral (CNE) el proyecto de enmienda corregido que busca eliminar la facultad del CPCCS para nombrar autoridades y transferir esta responsabilidad a la Asamblea Nacional. Pese a las disposiciones previas de la Corte Constitucional, el Ejecutivo acelera el proceso en un escenario donde el calendario electoral de 2026 ya marca la hoja de ruta del país.

El camino hacia la Asamblea Nacional

El documento remitido por el primer mandatario incluye las observaciones de la Corte Constitucional, entidad que el pasado 19 de marzo de 2026 emitió un dictamen favorable condicionado. El objetivo central es que la Asamblea Nacional recupere la potestad de elegir a los titulares de los organismos de control, desplazando la estructura actual del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS).

Sin embargo, existe una observación jurídica relevante: la Corte dispuso que, una vez adecuada la propuesta, esta debía regresar a su revisión antes de la emisión del decreto para el referéndum.

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La Corte debe revisar el proyecto antes de que Daniel Noboa emita el decreto convocando a referéndum.Archivo

Elecciones 2026: El factor tiempo

En los antecedentes del documento, el Ejecutivo cita resoluciones del CNE que son clave para la coyuntura política:

  • La declaratoria del inicio del periodo electoral.
  • La actualización del calendario que adelanta las votaciones para noviembre de 2026.

¿Qué solicita Noboa al CNE?

La petición concreta del presidente es que se proceda con la notificación a la Corte Constitucional para verificar la adecuación del proyecto. El texto corregido ahora especifica cambios en el artículo 207 de la Constitución, eliminando la frase que otorgaba al CPCCS la atribución de designar autoridades según la ley.

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