Tercera edad - tramites
Atención. Un grupo de adultos mayores reciben atención médica especializada en un centro de salud.Freddy Rodríguez / Expreso

Llegar a la tercera edad: ¿Cuáles son los beneficios en servicios y tributos?

La ley establece derechos que van desde reducción de pagos a atención especializada. Para los jubilados, pensión vitalicia

Al menos el 9 % de la población total de Ecuador (de casi 18 millones de personas) tienen más de 65 años de edad. Es decir, son adultos mayores. Un sector prioritario que cuenta, ante la Constitución así como en la Ley Orgánica del Adulto Mayor, con una serie de privilegios y exoneración tanto tributarios como de servicios básicos.

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¿Cuáles son estos beneficios? 

Además de una atención prioritaria y especializada en el ámbito público como privado, la Constitución en su artículo 37 establece que el Estado debe garantizarles los derechos a salud gratuita y especializada.

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También señala que tienen derecho al trabajo remunerado, en función de sus capacidades. Derechos a la jubilación universal, a rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos; exenciones en el régimen tributario, en los costos notariales y registrales y el acceso a una vivienda que asegure una vida digna.

“No son privilegios ni beneficios, son derechos que les corresponden por ley a todos los adultos mayores. Derechos para proteger su salud, su pensión, su trabajo, una buena vida”, explica a EXPRESO Henry Llanes, adulto mayor y presidente del Frente Nacional Por Un Nuevo IESS. “

En cuanto a servicios básicos, los adultos mayores tienen derecho a un reducción de las facturas a pagar. Pues, como indica Llanes, de acuerdo a la Ley del Adulto Mayor, el Estado les garantiza una reducción del 50 % del valor de la factura de energía en los primeros 138 kilovatios por hora de consumo; y el 50 % del valor del consumo mensual de agua potable.

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Asimismo, esta población tiene derecho a pagar menos del pasaje normal en la transportación. La ley señala que gozarán de la exoneración del 50% de las tarifas de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial. Esta preferencia de pago de la mitad del valor, también aplica para las entradas a los espectáculos públicos, culturales, deportivos, artísticos y recreacionales.

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Los beneficios para quienes tienen más de 65 años de edad se extiende a privilegios tributarios. La ley les garantiza una exoneración o rebaja en el pago del impuesto predial. Es decir, el pago por tener una vivienda en el territorio nacional. Un ayuda que aplica solo para los adultos mayores con un patrimonio menor a 500 remuneraciones básicas y con ingresos mensuales menores a 5 remuneraciones básicas “Los beneficios tributarios son un derecho porque somos nosotros los trabajadores que ayudamos, por años, a financiar el presupuesto general del Estado y lo hacemos a través de los impuestos”, destaca Llanes. 

Las exenciones en el régimen tributario para los adultos mayores, son principalmente tres, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno del Servicio de Rentas Internas (SRI). Primero, la exoneración del impuesto a la renta. Este beneficio detalla que están exentos los ingresos percibidos por personas mayores de 65 años de edad, en un monto equivalente a una fracción básica gravada con tarifa cero de impuesto a la renta.

DocumentoPara obtener los beneficios, los adultos mayores deben contar con su cédula de ciudadanía, el carné de jubilado o de pensionista del Seguro Social.

Los adultos mayores también cuentan con una rebaja del impuesto de la propiedad de vehículos motorizados, que se traduce en una rebaja de 8.000 dólares sobre el avalúo del automotor. Además, tienen derecho a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad de uso o consumo personal.

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Es decir, pueden recibir parte de lo pagado en alimentación, vestimenta y vivienda, por ejemplo. Si bien para obtener varios de estos beneficios, los adultos mayores solo deben presentar su cédula de ciudadanía para que se verifique su edad, la mayoría de los trámites para acceder a ellos, sobre todo los tributarios, son muy burocráticos, dice Llanes. 

Un bloqueo que debe mejorarse para brindar una atención de calidad a la población mayor del país. “Yo intenté hacer el trámite para que me hagan el descuento en la tarifa de luz y de agua, pero tenía que llenar muchos papeles que, por tiempo, no accedí”, ejemplifica Llanes para indicar que debería haber mejores mecanismos que no les quiten tiempo a los adultos mayores y les permita gozar sin dificultad sus derechos. “Las instituciones podrían trabajar con la base de datos actualizada de los jubilados y del MIES”, recomienda.

BENEFICIOS DE LOS JUBILADOS

La edad mínima para jubilarse es a los 60 años de edad. No obstante, a los 65 años, cuando se llega a la tercera edad, los ecuatorianos también pueden hacerlo, siempre que hayan alcanzado al menos los 15 años de aporte.

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Además de recibir una pensión vitalicia por jubilación, esta población recibe una décima tercera pensión cada mes de diciembre. “Son derechos porque hemos aportado por más de 30 y hasta 40 años. Es una pensión, producto del ahorro. Y hemos aportado más al fondo de pensiones que al fondo de salud”, detalla Henry Llanes.

Otro de los beneficios de los jubilados, son los préstamos quirografarios e hipotecarios a los que pueden acceder. También, cuentan con la cobertura de salud y, por fallecimiento, generan un derecho a rentas mensuales para su conviviente y para los hijos menores de 18 años de edad o con discapacidad, que haya tenido a su cargo. Además, tendrán derecho al auxilio de funerales.

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