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Daniel Noboa
Varios articulados de las leyes promulgadas por el Gobierno fueron suspendidos temporalmente por la Corte Constitucional del Ecuador.Fotomontaje: Miguel Rodríguez

Corte Constitucional frena leyes y juristas cuestionan al Gobierno

Expertos afirman que esto es el resultado de un trabajo al apuro. El régimen tiene herramientas para continuar con la lucha

Totalmente previsible. Así califican cuatro juristas que conversaron con EXPRESO sobre la suspensión temporal que dictó la Corte Constitucional (CC) a varios articulados de las leyes orgánicas de Solidaridad Nacional, Inteligencia y de Integridad Pública y su reglamento. Sin embargo, ante esta acción, ¿cómo quedarían el marco jurídico que promulgaba el Gobierno?

Prácticamente dejan a las leyes inservibles hasta nuevo aviso, opina Francisco López, especialista en procesos constitucionales y catedrático de la Universidad de Las Américas. Pero, sobre todo, la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional está “herida de muerte”, declara Pablo Encalada, abogado, experto en Derecho Penal y Derechos Humanos. ¿Por qué?

Porque el corazón de la Ley de Solidaridad era “crear el estado de guerra y que, a partir de aquí, el Estado pueda tener ciertas atribuciones a través de la Policía, de las Fuerzas Armadas”, explica Encalada. Además, agrega Pablo Játiva, abogado y docente de la Universidad Internacional del Ecuador, las propuestas pretendían extrapolar la excepcionalidad a la vida democrática normal del país. “Un conflicto armado interno, de acuerdo con el derecho internacional, es algo excepcional”.

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En la práctica no las necesita; desde enero de 2024 decretó el conflicto armado interno, y está usando todos los recursos del Estado y la capacidad letal de las FF. AA.

Pablo Játiva

Abogado y docente de la Universidad Internacional del Ecuador

¿Qué errores tienen las leyes?

Sin embargo, a través de esta acción, Játiva y Encalada sostienen que la CC ratifica lo que ya ha emitido en fallos anteriores respecto al conflicto armado interno desde hace meses, en declaratorias de estados de excepción anteriores: que no vivimos en un estado de guerra. Y es que el problema radica en que, quien redacta los proyectos de ley no cuida las formas, las inconstitucionalidades son demasiado evidentes, dice López.

Además, de que en ellas no se puede establecer definiciones imprecisas que generen ambigüedades, como trata de hacerlo el artículo 5 de la Ley de Inteligencia y el 6 de la Ley de Solidaridad, detalla el penalista Jorge Luis Ortega. Así también, con el comunicado de la CC, pone en sobre aviso que ciertos articulados están en contraposición con los principios fundamentales de la Constitución, como el que el Gobierno justifique su actuar con los Fondos permanentes de gastos especiales.

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Esto un golpe durísimo al Gobierno y a sus abogados, como a los de la Asamblea Nacional. Es un mazazo en la cabeza. La CC les dice: ustedes hicieron mal su trabajo.

Pablo Encalada

Abogado, experto en Derecho Penal y Derechos Humanos

El artículo 13 de la Ley de Inteligencia determina que la información sobre lo que se haga con estos fondos será de conocimiento del Contralor General del Estado y luego será incinerada. “La Corte se ha dado cuenta de esto y del respeto al dinero de la cosa pública”.

¿Qué le toca hacer ahora al Gobierno?

Para Efrén Guerrero, abogado, experto en Administración Pública y docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, a través de estas suspensiones temporales, el presidente Daniel Noboa tiene que escuchar que el poder debe tener límites. Por lo que no debe verse como un obstáculo, dice, sino como “una forma de que tengamos mejores normas”.

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Los ciudadanos tienen el derecho de reclamar la inconstitucionalidad de una norma y si está en contra de tratados internacionales. La CC responde a lo que la esta pide.

Efrén Guerrero

Abogado, experto en Administración Pública y docente de la PUCE

Pero con diferenciaciones, sostiene Játiva. El jurista especifica que el país no tiene un conflicto armado interno, sino uno de delincuencia transnacional. “De alguna manera, la Corte pone orden al respecto de este tema”, porque es muy distinto que los derechos constitucionales estén suspendidos por 60 días a que lo estén por un año.

Ante este comunicado de la CC, López prevé que estos articulados sean declarados inconstitucionales. Con ello, “las leyes dejarán de existir. Hasta allí llegaron”. Y es que, aunque el país necesita un marco legal duro para combatir la escalada de delincuencia, considera Ortega, no podemos desconocer que estas normas de alguna manera sujetarse al marco constitucional.

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Los conflictos armados tienen su propia legislación, el Derecho Internacional Humanitario; pero se las está procesando como a cualquier otro delincuente común.

Jorge Luis Ortega

Abogado penalista

A pesar de eso, los juristas afirman que el primer mandatario no se queda sin herramientas para combatir a los grupos delictivos organizados, sino que tiene que utilizar el sistema jurídico vigente. “El Código Orgánico Integral Penal no está suspendido”, subraya Guerrero.

Acciones que le tocará hacer

A juicio de López, a partir de esto, el régimen tendrá que presentar proyectos de ley más pulidos y hacer cabildeo. Recomienda que las normas pasen por el procedimiento legislativo regular, sino “estas son las consecuencias”.

Pero no todo son leyes, precisa Ortega. Se requiere que se plantee una política penal integral, acompañada de políticas sociales.

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