
Ramiro García: “La primera lucha contra la corrupción es la información”
El penalista analiza un patrón que se repite en Progen, ATM: firmas sin experiencia que venden humo y procesos opacos
La fallida contratación con HealthBird y otros procesos similares revelan posibles irregularidades en fases precontractuales y reservas infundadas de información. El penalista examina la posible configuración de peculado o tentativa, la responsabilidad de autoridades, incluido el presidente Noboa, y la falta de acción de la Fiscalía.
¿Hay indicios penales en la fallida contratación de HealthBird, pese a que las autoridades aseguran que no se destinó “ni un centavo”?
Sobre HealthBird no tenemos claro qué se hizo y qué no. Intervienen dos entidades: por un lado la CNT y por el otro el IESS. Lo que sabemos es que el IESS no llegó a suscribir el contrato, pero sí elaboró toda la documentación precontractual: estableció la existencia del presupuesto y prácticamente avanzó hasta la adjudicación. Por eso el presidente, suelto de huesos, dijo que ya se iba a contratar a HealthBird.
El Gobierno sostiene que, como no se contrató, no hubo perjuicio.
Los delitos tienen diferentes fases, y existe delito desde su fase de preparación, independientemente de que se concrete o no. En el caso del peculado estamos ante un delito de resultado. Es cierto que pueden decir que no hubo contrato y, por tanto, no hubo resultado. ¿Pero qué pasa con la tentativa? Esta se configura cuando hay actos ejecutivos encaminados a cometer un delito.
¿Cómo se configura el peculado?
El peculado es, fundamentalmente, el mal uso de fondos públicos. Por eso hay que revisar si esta era una contratación inadecuada: si se estaba contratando a una empresa sin experiencia, sin capacidad tecnológica para brindar el servicio ofrecido, o si se lo estaba haciendo sin respetar los procedimientos previstos en la ley o bajo un régimen especial. Todo queda flotando en el aire y con muchas interrogantes porque establecen 15 años de reserva sobre documentación que no puede ser reservada.
La clave está en una sociedad con información
¿Por qué esa documentación no puede ser reservada?
Porque la información reservada es aquella que compromete la seguridad del Estado. Pero una aplicación destinada a agendar citas médicas no entra en esa categoría.
¿Cómo se puede levantar dicha reserva?
Se puede presentar una acción de acceso a la información, y un juez deberá establecer si la acción es legítima. Eventualmente, una decisión judicial puede levantar la reserva y disponer la exhibición de la información.
Eso pasaría si hubiera jueces dispuestos a hacer respetar la ley.
Si existieran jueces que quisieran jugarse por el derecho y actuar conforme la ley. Pero con el nivel de cooptación e intervención de la justicia por parte de la estructura gubernamental, lo veo complicado en el corto plazo...
¿No debería investigar esto la Fiscalía?
Debería hacerlo de oficio. Pero estamos ante una Fiscalía que recibe una notitia criminis a las tres de la tarde y a las siete de la noche ya está allanando una casa. Este es un escándalo nacional. Todos los medios, de distintas tendencias, coinciden en que hay un atraco, y el único que no lo ve es el fiscal general.
¿Qué podemos hacer?
Lo que ustedes están haciendo: la primera lucha contra la corrupción es la información. Lo que le interesa al poder es la opacidad, el secretismo, que no se conozca ni se difunda. Es fundamental generar una conciencia ciudadana anticorrupción. Mucho de eso se expresó en la reacción ciudadana del 16 de noviembre y en el resultado de la consulta pupular, que refleja el hartazgo ante estos casos.
Hablemos del rol del presidente Daniel Noboa en esta contratación con HealthBird.
De lo que recuerdo, en Radio Sucre el presidente anunció la contratación de HealthBird 25 minutos antes de que cerrara la fase de presentación de ofertas.
¿Tiene algún grado de responsabilidad?
Evidentemente. Si el presidente dice que se va a contratar a una empresa cuando aún no termina la fase de ofertas, tendrá que responder por eso y explicar por qué dio por adjudicada una contratación que no había concluido.
Sobre el argumento “no se firmó el contrato y no se entregó dinero”, ¿dónde quedan las horas de trabajo de los funcionarios que prepararon documentos?, ¿el viaje que realizó el entonces gerente de la CNT, Roberto Kury, a Estados Unidos?, ¿la presentación de la app CNT Salud+ en un evento con pantallas gigantes y un show?
Debemos partir del principio de buena fe: suponer que los funcionarios actuaron con la intención legítima de adquirir un bien o servicio y que invirtieron en conocer la empresa y sus tecnologías. Pero también hay que considerar que quizá ya había un acuerdo previo, porque solo así se explica que se haya avanzado tanto en la fase precontractual, hasta llegar prácticamente a la adjudicación. Lo único que faltaba era firmar. Es ahí cuando se levanta el avispero y se cae la contratación. Se dice que el IESS no ha pagado ni un centavo, pero queremos saber cuánto pagó la CNT
EXPRESO publicó algo sobre órdenes de pago.
Habrá que ver cuántas órdenes hubo y si se ejecutaron o no. Eso se podrá saber cuando exista acceso a la información. Es fundamental una gobernanza de la información que permita conocer todo.
¿Qué pasa con el principio de buena fe cuando hay un patrón, como en ATM y Progen?
Ese principio se cae cuando existe un patrón recurrente: la contratación de empresas sin experiencia, que venden humo.
En Progen, por ejemplo, se ofrecían generadores eléctricos nuevos por 150 millones de dólares, pero resultó que eran equipos con 60 años de fabricación, y que el “proveedor” no era fabricante, sino una bodega. Cualquier persona con dos dedos de frente podía ver que eso era una bodega.
¿Estamos ante delincuencia organizada?
Si hay un factor común en estas contrataciones es el Sercop. Y sí, parece haber un patrón: empresas estadounidenses fantasma que venden bienes o servicios que no cumplen y por los que se pagan precios exorbitantes. En el caso de ATM, la empresa es uruguaya.
El contrato por 37,7 millones con el IESS, que HealthBird no llegó a firmar, revela patrones de contratación opacos que podrían derivar en responsabilidades penales.
- Es PhD en Derecho Penal y Procesal por la Universidad de Sevilla y tiene cinco masterados en Finanzas, Ciencias Penales y Criminológicas y más. Ha sido juez de Garantías Penales (2009-2010), profesor universitario, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha (2016-2020), miembro del Grupo Latinoamericano de Derecho, subdecano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central (2019-2023).
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