El presidente del Consejo de la Judicatura Mario Godoy delineó en la Asamblea la actual situación de emergencia en el sistema judicial
El presidente del Consejo de la Judicatura Mario Godoy delineó en la Asamblea la actual situación de emergencia en el sistema judicialFoto: René Fraga/ Expreso.

Ley Integridad Pública: Los desafíos que enfrenta eventual emergencia judicial

Expertos hablan de parámetros técnicos para evitar discrecionalidad de la Judicatura

Una nueva crisis se avizora en el sistema judicial del país. El virtual escenario se configuraría por la eventual emergencia judicial, cuya disposición se incluyó en la reciente Ley de Integridad Pública.

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La normativa nació desde el Ejecutivo y en la Asamblea Nacional, antes de su aprobación, la bancada oficialista de ADN incluyó una serie de reformas, entre ellas la posibilidad de que el Consejo de la Judicatura (CJ) declare la emergencia en la Función Judicial. 

Eso permitirá ejecutar cuatro acciones, entre ellas seleccionar jueces temporales y evaluar a magistrados y fiscales. Sin embargo, la falta de límites de la norma es un tema que inquieta a expertos, como el constitucionalista, André Benavides.

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La metodología es otro punto cuestionado. “Tendremos un colapso. Faltan jueces, pero no se pueden suplir ni empezar a designar a dedo”, dice Mónica Jaramillo, presidenta del Observatorio de Control Ciudadano.

El tema también ha generado interés a nivel internacional. La abogada peruana Úrsula Indacochea, directora del programa Independencia Judicial y una de las promotoras de la Misión de Observación del concurso de jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), señala que si bien la preocupación “es legítima sobre el rol de los jueces de entorpecer la labor de lucha contra el crimen organizado, que sería la motivación de la emergencia”, se debe comprender bien cuál es la función del sistema de justicia y cómo operan esas organizaciones “que necesitan controlar a quienes investigan el delito y lo juzgan (fiscales y jueces), pues ese control lo ejercen a través de la corrupción y la violencia”.

A la especialista internacional le sorprende que la ley no plantee reforzar los esquemas de seguridad de jueces y fiscales. “Es lo primero que se debe hacer si se ve que son presionados, corrompidos o amenazados por el crimen organizado”, indica.

Y aunque el debate continúa, se estima que la emergencia se dará. De allí que mencionan qué aspectos técnicos deberían considerarse en la eventual declaratoria, para evitar que ‘metan la mano en la justicia’.

Especificar términos

El informe que justifique la declaratoria debe establecer la definición de emergencia, la causal, motivación. “¿Es porque faltan jueces, porque hay congestión judicial? No sabemos. Falta una limitación, la norma es muy amplia”, según Benavides.

Delimitación

Respecto a .evitar la generalización. “Debe ser lo más restringido posible. No se puede declarar en emergencia a toda la Función y remover a cualquier juez. Tiene que haber un diagnóstico previo muy preciso”, considera Indacochea, consultora de reformas judiciales.

Hay que limitar el “tiempo que durará la emergencia, las provincias donde se aplicará, la prórroga”, así como las acciones administrativas y los recursos que empleará el CJ con base en informes que sustenten sus decisiones, para evitar la discrecionalidad, añade Benavides.

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El Pleno de la Asamblea tramitó la Ley de Integridad Pública en ala que se incluyó la posibilidad de la declaratoria de emergencia en el sistema judicial. Cortesía: Asamblea/ Flickr

Atención a perfiles

Los procesos para filtrar a los postulantes son cruciales. “Se debe prestar atención a candidatos que tengan objeciones, no solo de vínculos con el crimen organizado, sino también con estructuras organizadas de poder políticas o partidarias que tratan de influir en la política”, sugiere Indacochea.

Cita el caso Lava Jato, la investigación anticorrupción que causó el encarcelamiento de Ignacio Lula Da Silva, actual presidente de Brasil. “Demostró que el crimen organizado primero influye en la política y luego en la justicia. Si el concurso de la CNJ está detenido, está pendiente el concurso de la fiscal, y si se discute la conformación del CJ, todos los postulantes deben tener el máximo escrutinio para evitar que se filtren personas que tienen estos vínculos”, insiste.

Garantías para los jueces

Ecuador tiene compromisos internacionales que garantizan la estabilidad de los juzgadores. El disponer un régimen especial generaría riesgos. “Podrían nombrar a ‘panas’ para sortearles las causas que interesan”, menciona Benavides. También “se arriesga a una condena internacional e indemnizaciones millonarias a cientos de jueces”, alerta Indacochea.

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Separar procesos

Si realmente se quiere perseguir a jueces que trabajan para el crimen, “se debe seguir la vía del régimen disciplinario, no de la evaluación. El objetivo de evaluar no es remover a una persona, sino recolectar información para determinar si se necesita capacitación o disminución de la carga” de trabajo, observa la abogada peruana.

También es necesario delimitar las variables. “Permitirá que el CJ evalúe de forma objetiva. Aspectos como la probidad y calidad de las sentencias son parámetros de valoración” que se pueden analizar y que evitan la subjetividad, menciona Jaramillo.

Sobre la observación

Los expertos consideran que la declaratoria debe activar a la sociedad. “Hay que ver cómo sale la resolución de emergencia, la de evaluación y la de designación de jueces. Luego de ello, que la ciudadanía y las asociaciones de jueces y abogados impugnen esos actos” si ven irregularidades, recomienda el constitucionalista.

Jaramillo, por su parte, agrega que el involucramiento de la ciudadanía, de los gremios y de los medios será primordial. “Tenemos que analizar los conflictos de intereses o relaciones de los jueces” con organizaciones, para “evitar pago de favores”.

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