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Ecuador aplica desde el 1 de febrero de 2026 una tasa del 30 % para las importaciones que provienen de Colombia.ARCHIVO / Expreso

Tensión comercial con Colombia: Demanda ante la CAN expone a Ecuador a sanciones

Colombia presentará una acción contra la tasa del 30 %. Ecuador mantendrá la medida si no existe cooperación en seguridad

La demanda de Colombia contra Ecuador ante la Comunidad Andina (CAN), anunciada el 6 de febrero de 2025, por la aplicación de la tasa de seguridad del 30% abre un escenario de riesgo para la nación ecuatoriana que podría derivar en posibles sanciones.

Colombia informó que acudirá a la CAN, tras no llegar a un consenso con las autoridades colombianas sobre este gravamen, que en entró en rigor el 1 de febrero de 2026 (ver gráfico).

Las autoridades del país vecino aún no han detallado los argumentos en contra de la figura, pero especialistas consultados por EXPRESO coinciden en que la tasa vulnera el artículo 73 del Acuerdo de Cartagena. Esta norma prohíbe imponer gravámenes distintos a los aranceles en el comercio intrarregional. Aunque hasta el cierre de esta edición la demanda aún no se había formalizado.

Para José Xavier Orellana, exviceministro de Comercio Exterior, Colombia podría sostener ante la CAN que la tasa ecuatoriana actúa como una restricción al comercio intrarregional, al no estar asociada a la prestación de un servicio específico. Así, la medida funcionaría como un gravamen encubierto o una barrera no arancelaria, prohibida dentro del Programa de Liberación andino.

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Frente a esta eventual denuncia, el ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Luis Alberto Jaramillo, aseveró este 9 de febrero de 2026 en Teleamazonas que la medida de Ecuador responde a temas seguridad. “No hay comercio sostenible sin seguridad, sin control en las fronteras”, refirió y recordó que el control fronterizo implica altos costos para despliegue militar, vituallas, municiones y equipamiento especializado.

“Los servicios que el Gobierno argumenta cubrirá (con la tasa) ya están contemplados en el Presupuesto General del Estado, por lo que no hay una relación directa entre el cobro y una prestación adicional al comercio”, refiere Daniel Legarda, consultor y exministro de Producción y Comercio Exterior.

Estos elementos y más serán evaluados, una vez que la denuncia sea formalmente presentada y conocida por la Secretaría General de la CAN.

Al llegar a esta instancia, se inicia un proceso de investigación que incluye el requerimiento de información a las partes involucradas. Ese procedimiento contempla plazos mínimos, que pueden extenderse por varios meses.

La resolución de la CAN puede tardar varios meses

Legarda estimó que una resolución podría tardar entre cuatro y seis meses, tomando como referencia precedentes anteriores.

Existe además la posibilidad de que el país denunciante solicite la suspensión temporal de la medida mientras se desarrolla la investigación, aunque no es una práctica frecuente y dependerá de cómo se plantee el caso y del criterio de la Secretaría General.

Orellana advierte que, si la CAN determina un posible incumplimiento, Ecuador podría enfrentar sanciones. Entre ellas, Colombia podría aplicar aranceles a los productos que Ecuador más le exporta (petróleo, enlatados de pescado, línea blanca). “Esto golpearía la balanza comercial no petrolera”.

Hasta noviembre de 2025, la balanza comercial no petrolera de Ecuador (diferencia entre exportaciones e importaciones) fue positiva. Ascendió a $4.644 millones, según cifras del Ministerio de Producción.

Pero además, se podría disponer la devolución de valores recaudados por Ecuador, que generaría un “hueco fiscal imprevisto”. En 2025, el país cerró con un déficit de $5.312 millones, detalla el Observatorio de la Política Fiscal.

Ecuador recibió en 2018 una sanción de la CAN

La aplicación de sanciones de la CAN a Ecuador no es nueva. En 2018, durante el gobierno del expresidente Lenín Moreno, Ecuador aplicó una tasa aduanera que también fue denunciada ante la CAN. En ese entonces, la Secretaría General determinó que la medida constituía un gravamen al comercio subregional y, por tanto, incumplía la normativa andina.

Esa resolución obligó a Ecuador a retirar la tasa y devolver los montos recaudados a favor de Colombia y Perú, principales socios comerciales en ese momento, explica Legarda.

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Por ello, la recomendación de Legarda para las empresas es cumplir con los pagos exigidos y conservar toda la documentación de respaldo, con miras a una posible devolución futura.

A pesar de estos antecedentes, el ministro de Producción aseveró que Ecuador mantendrá la aplicación de la tasa mientras no exista una respuesta concreta en materia de seguridad fronteriza e insistió en que la decisión no responde a un asunto comercial, sino a un problema de seguridad. Detalló, por ejemplo, un incremento de los cultivos de coca en Colombia -que habrían pasado de 48.000 a más de 262.000- y advirtió que este crecimiento tiene efectos directos sobre Ecuador.

El ministro reconoció también la preocupación de sectores productivos y del transporte por el impacto económico de la medida, pero reiteró que se trata de una acción “temporal”, orientada a generar una respuesta concreta del lado colombiano. Y reconoció que ha mantenido reuniones con gremios del aceite de palma, madera, atún, camarón y otros sectores, que han expresado su preocupación, aunque indicó que espera que la medida dure “poco tiempo”.

Ideas clave

  • Colombia anunció la entrada en vigencia de un arancel del 30 % para un listado de 73 subpartidas ecuatorianas.
  • Estas medidas afectarían alrededor del 32 % de las exportaciones de Ecuador hacia Colombia, equivalentes a unos $300 millones.
  • Entre los productos incluidos en la lista de Colombia constan arroz, aceite de palma, neumáticos, calzado de caucho, productos químicos y farmacéuticos, confites y chocolates.

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