
Gobierno edita acuerdo 046 para aplicar reforma laboral en Ecuador: qué cambia
El Acuerdo 059, que regula turnos, horarios especiales y jornada flexible, entró en vigor. El respaldo a la norma es parcial
Después de 20 días de la firma del polémico Acuerdo Ministerial MDT-2026-046, que planteaba una jornada laboral flexible y la posibilidad de trabajar hasta 12 horas en Ecuador, el Registro Oficial publicó la “nueva” versión de esta norma del Ministerio de Trabajo: el Acuerdo MDT-2026-059, que toma como base el contenido del documento anterior.
Al igual que el 046, el acuerdo 059 regula, entre otros, los turnos y horarios especiales de trabajo, la jornada flexible y promueve la contratación de jóvenes de 18 a 29 años, según el documento publicado el 10 de marzo de 2026 (ver gráfico).
Se trata de los mismos temas incluidos en el acuerdo 046, firmado electrónicamente el 18 de febrero de 2026 por el ministro de Trabajo, Harold Burbano. Aunque en ese momento, el funcionario señaló que el documento estaba en “discusión” y que no estaba vigente porque aún no se publicaba en el Registro Oficial.
Sin embargo, ese texto señalaba que “entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial”, lo que motivó la presentación de una acción de inconstitucionalidad.
El acuerdo 049 fue firmado el 27 de febrero de 2026
Pese a esta realidad, previo a que se formalice el contenido de la nueva norma, el ministro de Trabajo adelantó el 9 de marzo en una entrevista en la radio FB que el acuerdo fue remitido ya al Registro Oficial “está vigente hace dos semanas”, mencionó y aseguró que la norma fue discutida en el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), antes de aprobarlo.
Burbano, según el nuevo documento oficial, firmó el acuerdo 059 el 27 de febrero de 2026, nueve días después del 046.
Antes y después de este periodo, Cristóbal Buendía, Iván Peñaranda y Edwin Salazar, quienes son parte del CNTS en representación de los trabajadores, no participaron en reuniones para analizar las reformas laborales aprobadas por el Ministerio de Trabajo. La última sesión a la que ellos asistieron fue en diciembre de 2025 para discutir la fijación del Salario Básico Unificado (SBU) de 2026, señalaron a Diario EXPRESO.
“En lo que va de 2026 no ha existido ninguna convocatoria por parte del ministro que preside al Consejo a ninguna reunión. No hemos sesionado (...) ni por Zoom ni mesas técnicas”, dice Buendía, que representa a la Federación de Trabajadores Públicos y Privados.
Cristóbal Buendía
La experiencia de los representantes del sector empleador en el CNTS, consultados por este Diario, fue distinta. Xavier Rosero, presidente de Fedexpor, refiere que recibió el proyecto del acuerdo para revisarlo y enviar comentarios. Y Rodrigo Gómez de Torre, presidente de la Cámara de Agricultura de la Primera Zona, menciona que mantuvo hace unas dos semanas una reunión con el ministro de Trabajo, en el Consejo de Cámaras y Asociaciones de la Producción, donde se discutieron las reformas.
El acuerdo 059 tiene respaldo, pero también críticas
Esta misma diferencia, que se evidencia en el tratamiento previo del acuerdo, se mantiene en el aporte de la norma. Por esta razón, incluso gremios de trabajadores han anunciado que presentarán demandas de inconstitucionalidad y que organizarán una movilización este 13 de marzo de 2026 en rechazo a la iniciativa.
Buendía enfatiza que no “existe consenso alguno con el gobierno” en los temas, que son parte el acuerdo 059. Sin embargo, coincide -que no significa consenso- en que se haya establecido que para modificar la jornada laboral se firme un convenio entre los trabajadores y empleadores. Y también que se mantengan los recargos (horas extras) y otros beneficios.
El representante de los trabajadores cuestiona también la capacidad de control del Ministerio para evitar que haya imposiciones, por la asimetría en la relación entre el trabajador y empleador. “Firmas o te despido”.
El acuerdo 059 permite aumentar aumentar la mano de obra, en ciertos ciclos
Rosero, en cambio, destaca que la nueva norma privilegia el acuerdo entre trabajadores y empleadores para modificar la jornada laboral, establecer horarios o turnos especiales.
Esta flexibilidad, en el caso de a redistribución de la jornada, permite aumentar la mano de obra en ciclos de producción especiales (cosecha, captura y otros). Además, los trabajadores podrían adecuar su jornada semanal, según sus intereses. “Podrían combinar su trabajo con estudios, necesidades personales o emprendimientos”.
En estas modalidades se mantienen los limites que fija el Código de Trabajo.
Para el ministro Burbano la norma busca responder a las necesidades actuales del mercado laboral. Y, permite crear oportunidades para los jóvenes entre 18 y 29 años.
Sin embargo, Gómez de la Torre señala que esta disposición podría ser “discriminatoria” y generar ciertas “trabas” en las nuevas contrataciones. “Este acuerdo es la versión moderna del 046, llama la atención que no se haya derogado la norma anterior”.