Autoridades del CPCCS designaron a los nuevos vocales del Consejo de la Judicatura.
Autoridades del CPCCS designaron a los nuevos vocales del Consejo de la Judicatura el viernes 19 de septiembre.Angelo Chamba

Acción de protección cuestiona la designación de vocales del Consejo de la Judicatura

La queda se sustenta en la supuesta falta de paridad de género, ya que de cinco vocales solo una es mujer 

En laUnidad Judicial Sur Penal de Guayaquil se deberá resolver un pedido de acción de protección con medida cautelar interpuesta por la ciudadana Irene Melina Guerrero Galecio, en contra del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y del Consejo Nacional Electoral (CNE).

La demanda se asignó al expediente 09284-2025-04638, de primera instancia, y estará a cargo de la jueza Gioconda Marcela Ortega Segovia.

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Contexto: paridad de género en el Consejo de la Judicatura

La acción de protección contra la reciente designación de los cinco vocales del Consejo de la Judicatura es se sustenta en una queja, al considerar que dicha designación viola el principio constitucional de paridad de género.

El profesor universitario Leonel Fuentes Sáenz de Viteri, de la Universidad de Guayaquil, informó sobre este hecho en redes sociales y advirtió que la demanda busca que se respete el mandato de alternancia y equidad en la conformación de órganos de poder, como lo establece la Constitución de la República.

¿Qué es lo que está en disputa?

El principio de paridad de género exige que la participación de mujeres y hombres en cargos de decisión pública sea equitativa. Según la interpretación de las demandantes, las instituciones del Estado deben garantizar que no existan órganos colegiados conformados mayoritariamente por un solo género. La acción de protección es el mecanismo legal que permite reclamar el cumplimiento de este principio cuando se considera vulnerado. En este caso, los cinco vocales, solo una es mujer.

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Este tipo de acciones constitucionales buscan que los jueces garanticen los derechos de igualdad, no discriminación y participación política en condiciones de equidad. Sin embargo, también en otros procesos, sobre todo en los concursos de méritos y oposición, otros jueces han privilegiado las notas, es decir, lo meritos, por sobre cuestiones de género. 

El en este caso, la elección del Consejo de la Judicatura no fue un concurso, sino un proceso de selección que se realizó en el CPCCS y que no contó con impugnación cuidadana, pues de las 17 quejas que se presentaron sobre la probidad e indoneidad de los candidatos, todas fueron desechadas.

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