
Exministra Palencia habla de sanción penal para la CC y desata polémica
El subdirector para las Américas de HRW también cuestionó la postura de Palencia y la consideró “un argumento inverosímil”
La exministra del Interior y de Gobierno, Mónica Palencia, hoy delegada de Ecuador ante la Organización de Estados Americanos (OEA), generó controversia al afirmar que la Corte Constitucional (CC) podría incurrir en el delito de prevaricato si vuelve a pronunciarse sobre los decretos ejecutivos del presidente Daniel Noboa relacionados con la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
Palencia sostuvo que “ninguna autoridad que ya tomó postura puede volver a conocer el caso y, si lo hace, delinque”. Según su interpretación, la Corte se pronunció previamente sobre el procedimiento para reformas constitucionales y una nueva actuación sería nula y constitutiva de infracción penal.
Las declaraciones provocaron rechazo en el ámbito jurídico. El penalista Ramiro García aseguró que “ningún juez prevarica por decidir en la materia que por ley se le asigna” y calificó el análisis de la exministra como “rebatible por cualquier estudiante de segundo semestre de Derecho”.
Juan Pappier, subdirector para las Américas de Human Rights Watch, también cuestionó la postura de Palencia y la consideró “un argumento inverosímil”. En su opinión, amenazar con sanciones penales a magistrados por cumplir con su trabajo es una señal preocupante en medio de la crisis constitucional que atraviesa el país.
Con argumentos inverosimiles, la embajadora de Ecuador ante OEA amenaza a los magistrados de la Corte Constitucional con acciones penales por cumplir con su trabajo.
— Juan Pappier (@JuanPappierHRW) September 21, 2025
Una señal más de que la crisis constitucional en Ecuador exige la atención del Consejo Permanente de OEA. https://t.co/dyhXmSlc26
Los decretos 148 y 153 en el centro de la polémica
El debate surge en el contexto de los decretos ejecutivos 148 y 153, con los cuales el presidente Noboa ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que convoque a consulta popular sobre la instalación de una asamblea constituyente. La Corte Constitucional suspendió el primer decreto y el CNE remitió el segundo para que el alto tribunal emita un dictamen previo, requisito indispensable según la Constitución.
Los art´ículos 104 y el 438.2 de la Constitución, establecen que la Corte debe hacer un control de constitucionalidad preventivo de la convocatoria a una nueva Constitución.
Juristas coinciden en que el control previo de la Corte es obligatorio y que acusar a sus magistrados de prevaricato carece de fundamento legal. La polémica evidencia el nivel de tensión institucional y política en torno al camino hacia una posible Asamblea Constituyente en Ecuador.
¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!