
Devolución del IVA: ¿Qué pasó con el pago a adultos mayores que estaba pendiente?
El SRI reconoció retrasos de hasta nueve meses en la devolución del IVA a adultos mayores
La devolución del IVA a adultos mayores es un beneficio establecido en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y gestionado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Permite que las personas de 65 años o más recuperen el impuesto pagado en bienes y servicios de primera necesidad, hasta un monto máximo mensual equivalente al IVA sobre dos salarios básicos unificados
En 2025, con el salario básico en $470 y la tarifa de IVA en 15 %, el monto máximo de devolución es de $141 mensuales.
¿Qué pasó con el pago a adultos mayores que estaba pendiente?
Durante los primeros meses de 2025, miles de adultos mayores denunciaron que sus solicitudes de devolución del IVA no habían sido acreditadas dentro del plazo legal de 60 días hábiles. En muchos casos, los pagos se retrasaron entre seis y nueve meses, lo que generó reclamos ciudadanos y procesos legales en curso.
Ante esta situación, el Gobierno anunció en febrero de 2025 una transferencia de $60 millones para cubrir parte de los valores acumulados desde finales de 2024. Posteriormente, en septiembre de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que se habían acreditado $130 millones a 500.000 beneficiarios vulnerables, incluidos adultos mayores y personas con discapacidad.
A pesar de estos pagos masivos, aún existen solicitudes pendientes. El SRI ha explicado que los retrasos se deben a la alta demanda de trámites tras el incremento del IVA al 15 % y a controles adicionales para evitar fraudes. Sin embargo, expertos en derecho tributario advierten que la falta de cumplimiento vulnera derechos constitucionales como la vida digna y la atención preferente a grupos prioritarios.
Cómo hacer el trámite en 2025
El proceso de devolución se realiza exclusivamente en línea a través del portal SRI en Línea:
- Ingresar a www.sri.gob.ec con usuario y clave.
- Seleccionar la opción “Devoluciones” → “Devolución de IVA – Adultos Mayores”.
- Cargar las facturas electrónicas correspondientes a bienes y servicios de primera necesidad.
- Registrar y validar la cuenta bancaria personal.
- Enviar la solicitud y esperar la resolución.
El SRI tiene hasta 60 días hábiles para acreditar el monto en la cuenta del beneficiario. El trámite puede acumular varios meses en una sola solicitud y se puede presentar hasta cinco años después de la emisión de la factura.
Dónde acudir si hay retrasos
Si el pago no se acredita en el plazo establecido, los adultos mayores pueden:
- Consultar en línea el estado de su trámite en el portal del SRI.
- Presentar un reclamo administrativo en la misma plataforma, adjuntando la solicitud original.
- Acudir a las oficinas del SRI para registrar un reclamo formal. Aunque la atención presencial se redujo, el SRI mantiene ventanillas de información en sus direcciones zonales.
- Solicitar apoyo legal a través de la Defensoría del Pueblo, que ha acompañado casos de retrasos prolongados.
Abogados expertos en el ámbito tributario advierten que, aunque existe un mecanismo jurídico para reclamar, los tiempos de respuesta son excesivos y no hay sanciones claras para la administración cuando incumple.
El organismo explicó que los retrasos se debieron a la alta demanda de solicitudes tras el incremento del IVA y a fallas en el sistema de validación. Sin embargo, aclaró que no se generan intereses por mora, lo que ha sido criticado por asociaciones de jubilados.
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