
Sanción al Municipio de Quito: multa por reactivar licencia vence el 13 de febrero
En 2023, el Municipio reactivó una licencia de construcción en una zona catalogada como de alto riesgo
El Municipio de Quito deberá cancelar hasta el 13 de febrero de 2026 una multa superior a los $ 48.000 dólares, impuesta por la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT), por reactivar una licencia de construcción en una zona catalogada como de alto riesgo en el sector de Bellavista, en el norte de la ciudad.
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La sanción responde a la reincidencia del Cabildo en una infracción administrativa, luego de que se emitiera un acto que devolvió la vigencia a una Licencia Metropolitana Urbanística de edificación (LMU20), pese a existir advertencias técnicas y prohibiciones normativas expresas que impedían su reactivación.
De acuerdo con la SOT, el proceso de control se remonta a 2022 y concluyó con una primera sanción en 2023. Sin embargo, en abril de ese mismo año, la licencia fue nuevamente reactivada, en la administración de Santiago Guarderas.
En mayo de 2024, la Superintendencia conoció el caso tras una denuncia ciudadana y, finalmente, en enero de 2026 resolvió imponer una nueva sanción.
Michelle Caicedo, directora de Ordenamiento Territorial de la SOT, explicó que las sanciones se calculan en función del salario básico unificado (SBU) y se clasifican en leves, graves y muy graves.
En este caso, la infracción fue considerada muy grave, con una multa equivalente a 100 SBU, es decir, $ 48.200, además de medidas de reparación obligatorias.
Así, el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito cuenta con 10 días término para efectuar el pago, plazo que vence el 13 de febrero de 2026. El incumplimiento podría derivar en nuevas acciones administrativas.
Medidas de reparación obligatorias
Adicionalmente, la SOT dispuso que el Municipio realice una evaluación técnica y jurídica del procedimiento mediante el cual se reactivó la licencia y que, de detectarse vicios que afecten la legalidad, se declare su nulidad.
También ordenó analizar, de ser procedente, el inicio de un proceso de derrocamiento e indemnización, garantizando el debido proceso.

Estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio y la Superintendencia anunció que, en un plazo de tres meses, verificará si el GAD DMQ acató o no lo ordenado.
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