Daniel Noboa
Noboa dispuso la absorción de la entidad inmobiliaria estatal por la Presidencia y el traspaso total de sus bienes y competencias.Cortesía

Noboa fusiona Inmobiliar con la Presidencia y redefine gestión de bienes públicos

Normativa ordena absorción institucional y traslado total de bienes, partidas y contratos vigentes

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 306, mediante el cual dispone la fusión por absorción de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, más conocida como Inmobiliar, hacia la Secretaría General Administrativa de la Presidencia de la República. La medida reorganiza la estructura institucional encargada de la gestión de bienes estatales. El documento establece cómo se transferirán competencias, recursos y personal. El decreto fue suscrito en Guayaquil.

La decisión se fundamenta en los artículos 141 y 147 de la Constitución, que facultan al Presidente a dirigir la administración pública y crear o suprimir entidades. También cita el Código Orgánico Administrativo y el Decreto Ejecutivo 1107 de 2020. En ese antecedente se creó la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público. Ahora, esa entidad será absorbida por la Presidencia.

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El texto recuerda que la entidad inmobiliaria fue creada en 2015 como sucesora de Inmobiliar. Su función ha sido coordinar, gestionar y evaluar bienes del sector público. Entre sus atribuciones constan custodiar inmuebles, regular su uso y administrar activos estatales. También ejercer coactiva y enajenar bienes incautados conforme a ley.

Fusión de la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público

El Decreto 306 establece en su artículo 1 que la Secretaría Técnica “se fusiona por absorción” a la Secretaría General Administrativa. Añade que la institución absorbente ejercerá todas las atribuciones y representaciones legales. La gestión se realizará tanto en planta central como en territorio. Se mantiene la desconcentración territorial para el cumplimiento de funciones.

En el artículo 2 se modifica la denominación de la entidad receptora. Desde la vigencia del decreto pasará a llamarse Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria de la Presidencia. Esta asumirá “todas las rectorías, competencias, atribuciones, funciones y delegaciones” del organismo absorbido. También heredará decretos, reglamentos y normativa vigente.

El documento precisa que la fase de decisión estratégica culminó el 24 de abril de 2024. Esa etapa formó parte del proceso de reorganización de la Función Ejecutiva. Según se señala, la recomendación fue realizada por la Secretaría General Administrativa. La medida se enmarca en la planificación institucional.

Transferencia de bienes, presupuesto y contratos

En las disposiciones generales se ordena que durante la implementación se garantice la continuidad de servicios. La nueva estructura deberá respetar derechos laborales de servidores públicos. También asumir contratos, convenios y programas en ejecución. Esto incluye instrumentos internacionales en curso.

El decreto dispone que todas las partidas presupuestarias, bienes muebles e inmuebles y activos pasen a la Presidencia. Señala que el documento será “habilitante suficiente” para realizar los traspasos. Lo mismo aplica para fideicomisos, acciones y participaciones. La transferencia se ejecutará sin afectar obligaciones existentes.

Además, se establece que no habrá impacto presupuestario negativo para el Presupuesto General del Estado. La norma recalca que el proceso no generará nuevas asignaciones. La Secretaría General Administrativa se convierte en máxima autoridad del ámbito inmobiliario público. Tendrá facultad para ejecutar acciones necesarias para cumplir la fusión.

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El decreto también fija disposiciones transitorias. Una vez concluido el proceso de absorción, culminará formalmente la fusión. Hasta entonces, la Secretaría Técnica mantendrá responsabilidades jurídicas. Deberá asegurar continuidad de procesos, contratos y acciones judiciales.

La disposición derogatoria elimina toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga al Decreto 306. Finalmente, se encarga la ejecución a la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria. También al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Economía y Finanzas. Cada entidad actuará dentro de sus competencias.

El Decreto Ejecutivo 306 entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial. Fue firmado el 13 de febrero de 2026 en Guayaquil. Con esta decisión, el Gobierno centraliza la gestión de bienes públicos en la Presidencia. La estructura administrativa del Ejecutivo se redefine nuevamente.

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