Damian Larco
El 18 de febrero de 2026, tras la destitución de Mario Godoy y la inhabilitación de Alexandra Villacís encargó a la presidencia a Damián Larco.Cortesía

Directora que tramitó la inhabilitación de Villacís también tiene impedimento laboral

La Directora Nacional de Talento Humano encargada del Consejo de la Judicatura figura con una mora en el SRI

La Directora Nacional de Talento Humano encargada del Consejo de la Judicatura, Janneth Soraya Vinueza Betancourt, quien preparó los informes sobre la inhabilitación para ejercer cargo público de Alexandra Villacís, vocal suplente del Consejo de la Judicatura, también registra un impedimento laboral.

Según la página web del Ministerio de Trabajo, Vinueza mantiene una mora con el Servicio de Rentas Internas (SRI). Así consta en el certificado CIWEB20005100614, emitido a las 11:47 de este domingo 22 de febrero de 2026.

Sin embargo, al contrastar esta información con el SRI, la entidad señala que la funcionaria no tiene deudas pendientes con la administración tributaria, una situación similar a la que ocurrió con Alexandra Villacís.

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El certificado del Ministerio de Trabajo donde consta el impedimento de Janneth Soraya Vinueza Betancourt.Captura de pantalla

El veloz trabajo de la Dirección de Talento Humano de la Judicatura

Para apartarla del cargo, el 9 de febrero pasado, la Dirección Nacional de Talento Humano, dirigida por Vinueza, elaboró el informe técnico Nro. CJ-DNTH-2026-0123, en el que concluyó que Villacís no podía reemplazar a Godoy porque tenía una deuda con el SRI. Pero Villacís presentó un certificado del SRI donde confirmaba que no tenía ninguna mora.  

Jorge Maruri Vecilla

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El documento de Talento Humano cita el artículo 77, numeral 8, del Código Orgánico de la Función Judicial, que establece que no puede ser nombrada ni desempeñar un cargo quien se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades generales para el ingreso al servicio civil en el sector público.

En el informe sobre el caso de Villacís también se citó el artículo 5 de la Ley Orgánica de Servicio Público, que dispone que para ingresar al servicio público se requiere no estar comprendido en causales de prohibición para ejercer cargos públicos. Según el documento, Villacís “registra prohibición, inhabilidad e impedimento legal para ejercer cargo público conforme se desprende del certificado CIWEB20005031550 (…)”.

Del código del certificado se desprende que la Dirección de Talento Humano de la Judicatura conocía del impedimento de Villacís a las 09:37 del 9 de febrero. No obstante, a la vocal suplente se le informó que Godoy había solicitado días libres a las 15:08 y que debía entregar sus documentos para preparar su ingreso. Sin embargo, dos horas antes, a las 13:10 de ese mismo día, el director general de la Judicatura, Jorge Maruri Vecilla, remitió al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) el oficio CJ-DG-2026-0197-OF. Es decir,  se activó la operación de reemplazo de Villacís horas antes de avisarle.

Vienuza SRI domingo 22 defebrero
Pantallazo del SRI donde reporta que Janneth Soraya Vinueza Betancourt no tiene una deuda con la administración tributaria.Captura de pantalla

La Constitución garantiza el derecho al trabajo, a la defensa y debido proceso

¿Qué ocurrirá con la directora de Talento Humano? A diferencia de Villacís, a quien no se le permitió subsanar la supuesta inhabilidad, el reglamento interno de la Judicatura prevé un procedimiento para estos casos, ya que la Constitución garantiza el derecho al trabajo, al debido proceso y a la defensa.

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El reglamento, en su artículo 6, otorga un término de 30 días contados desde el día siguiente a la notificación para subsanar la situación que motivó el impedimento.

El Ministerio de Trabajo todavía no registra el impedimento de Mario Godoy

Por otro lado, en el caso de Mario Godoy, expresidente de la Judicatura, destituido el 18 de febrero por la Asamblea Nacional. Hasta este domingo 22 de febrero, el Ministerio de Trabajo aún no ha registrado su inhabilitación para ejercer cargos públicos por dos años.  Si en el Ministerio del Trabajo no consta impedimento, en términos administrativos no figura como inhabilitado, aunque políticamente haya sido censurado.

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