
Feriado Navidad 2025 Ecuador: ¿Cuándo es el descanso y cómo se paga si trabajo?
El Ministerio de Trabajo confirmó que el feriado de Navidad en Ecuador será el jueves 25 de diciembre
El Ministerio de Trabajo aclaró que el feriado de Navidad 2025 se cumplirá únicamente el jueves 25 de diciembre, como lo establece la normativa vigente. La fecha es considerada inamovible, lo que significa que no puede trasladarse ni extenderse a otros días.
El ministro Harold Burbano informó que, a diferencia de otros feriados que pueden ajustarse para generar fines de semana largos, la Navidad se mantiene como un día de descanso fijo. Por lo tanto, el viernes 26 de diciembre será jornada laboral normal en todo el país.
¿Habrá puente o fin de semana largo?
La decisión oficial descarta la posibilidad de un puente vacacional en diciembre de 2025. El Gobierno explicó que esta medida busca mantener la continuidad de las actividades económicas y laborales, evitando la paralización prolongada de sectores productivos.
En contraste, el inicio de 2026 sí tendrá un feriado extendido: el jueves 1 y viernes 2 de enero se unirán al fin de semana, generando un descanso de cuatro días. Sin embargo, para la Navidad, el asueto será únicamente el jueves 25.
¿Cómo se paga si trabajo en Navidad?
El Código de Trabajo establece que los feriados nacionales son días de descanso obligatorio y no recuperables. Si un trabajador presta sus servicios en estas fechas, tiene derecho a recibir un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria, es decir, el doble de su salario por cada hora trabajada.
Esto significa que, si un empleado labora el 25 de diciembre, su remuneración por ese día será equivalente a dos jornadas normales. El pago adicional aplica tanto para trabajadores del sector privado como público, y constituye un derecho irrenunciable.
Las empresas deben registrar estas horas como trabajo extraordinario, garantizando que el pago se refleje en la nómina correspondiente. El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas por parte del Ministerio de Trabajo.
Consejos para trabajadores y empleadores
La recomendación principal para los empleadores es planificar con anticipación las jornadas de Navidad, especialmente en sectores que requieren continuidad operativa como salud, transporte, turismo y seguridad.
Para los trabajadores, es importante conocer sus derechos:
- El 25 de diciembre es feriado nacional obligatorio.
- Si se trabaja ese día, corresponde un pago doble.
- El 26 de diciembre se labora normalmente, sin recargos ni compensaciones.
- El descanso no es recuperable ni puede trasladarse.
Además, se sugiere que las empresas comuniquen con claridad los horarios y condiciones de trabajo durante el feriado, evitando confusiones y garantizando el cumplimiento de la normativa laboral.