Hostigamiento
¿Qué implica una investigación fiscal en Ecuador? El caso GRANASA explicado
La Fiscalía recibió la notificación del juez Carlos López para investigar a los accionistas de Granasa bajo un presunto incumplimiento de decisiones legítimas

Caso Granasa: La Fiscalía General del Estado dispone de hasta un año para investigar el presunto delito de incumplimiento de decisiones legítimas.
Lo que debes saber
- La judicialización penal del conflicto societario: A través de la Fiscalía se intenta forzar un cambio en la estructura accionaria de GRANASA S.A., lo cual pone a los directivos de Expreso y Extra frente a posibles penas de hasta tres años de cárcel por un presunto desacato.
La notificación del juez Carlos López Vulgarín a la Fiscalía General del Estado activa el brazo penal contra los accionistas de EXPRESO y EXTRA. El proceso, que podría durar hasta un año, se centra en un delito que conlleva penas de cárcel y surge en medio de cuestionamientos por el hostigamiento del gobierno a Gráficos Nacionales S.A. (GRANASA), por la celeridad judicial y la falta de competencia del magistrado.
El conflicto por el control de GRANASA ha cruzado la frontera de lo administrativo para instalarse en el terreno de lo penal. Tras una serie de decisiones judiciales tomadas en cuestión de horas, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha sido notificada el 13 de abril de 2026 para investigar un presunto desacato. ¿Qué significa realmente entrar en el radar de la Fiscalía bajo estas circunstancias?
El delito: La llave de la prisión
La investigación se abre bajo la figura del Art. 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): Incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
En términos sencillos, se acusa a los directivos de no registrar a la empresa Veranera S.A. propiedad de Ingrid Martínez, como dueña del 40 % de las acciones de la editorial. Al estar Veranera en liquidación, no sería Ingrid Martínez la que contralaría sus bienes sino el liquidador asignado por el Estado, si el plan lograra concretarse.
Sin emabrgo, ante la negativa de la empresa, la Fiscalía se activó y el delito de desacato establece una pena de uno a tres años de prisión. Para que el delito se consume, la orden incumplida debe ser "legítima" y dictada por una autoridad con "facultades legales".
Ambos puntos que la defensa de GRANASA cuestiona, pues un juez de flagrancia no tiene competencia en temas societarios. "Aquí no estamos ante un delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, sino frente a la orden ilegítima de un juez incompetente", dijo Eduardo Carmigniani, abogado de la casa editorial.
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La fase de investigación previa: El "limbo" legal
Al recibir la notificación del juez, la Fiscalía inicia la fase de investigación previa (Art. 580 del COIP). Esta es una etapa de recolección de pruebas donde el fiscal debe jugar un rol de "objetividad": buscar tanto lo que condena a los directivos como lo que los libera de responsabilidad.
¿Qué sucederá ahora? El fiscal asignado debe primero notificar a GRANASA y sus directivos ordenará diligencias: versiones de los directivos, peritajes a los libros de acciones y constantes requerimientos de información.
Debido a que la pena máxima es de tres años, la Fiscalía tiene un plazo de hasta un año para investigar. Durante este tiempo, el caso permanece abierto, generando una sombra de incertidumbre legal sobre la operación de los diarios.
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La celeridad del juez: Una anomalía en el sistema
Lo que hace este caso excepcional no es solo el fondo, sino la forma. Mientras el sistema judicial suele ser lento, en el caso GRANASA el reloj voló: el 13 de abril de 2026, entre la petición del liquidador de Veranera, Carlos Xavier Cadena Asencio y la notificación a la Fiscalía, solo pasaron tres horas.
Esta velocidad contrasta con el "silencio" del mismo juez ante el pedido de la defensa de la editorial para revocar las medidas, que ha solicitado desde el 2 de abril, alegando que son de cumplimiento imposible debido a acuerdos legales previos.
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¿Qué sigue? Las investigaciones que exige GRANASA
Para Eduardo Carmigniani, defensa de la editorial, la Fiscalía no solo debe investigar el presunto "incumplimiento", sino poner la lupa sobre quienes impulsaron la medida. Estas son las dos vías que propone Carmigniani:
- Investigación por fraude procesal
Esta figura legal (Art. 272 del COIP) sanciona a quien, con el fin de inducir a engaño a la justicia, oculta o altera información.
El argumento: El liquidador de Veranera ocultó deliberadamente al juez la existencia de un acuerdo transaccional previo sobre las acciones.
- Prevaricato (Art. 268 del COIP)
En Ecuador, el prevaricato ocurre cuando jueces fallan contra ley expresa, haciendo uso de facultades que no tienen o desfigurando los hechos.
Jurisdicción Exclusiva: Al existir un convenio transaccional cuya validez está sometida a un arbitraje, los jueces ordinarios pierden competencia sobre el fondo del asunto.