
Duplicados de placas en Ecuador: Esto dice la ANT sobre los negocios que las ofrecen
La Agencia Nacional de Tránsito aclaró sobre los servicios que se ofertan por redes sociales para comprar placas vehiculares
"Pide la placa para tu moto ya", es uno de los mensajes que se encuentran en redes sociales de negocios que ofrecen estos dispositivos de identificación vehiculares en Ecuador.
Lo que podría parecer una opción viable para obtener estos elementos, indispensables para circular en las vías, se trata de una opción ilegal.
Así lo recordó este martes 6 de enero la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), al responder a la consulta de una usuaria en la red social X.
"Tengo una pregunta: si a un conductor se le daña la placa de su vehículo, ¿es permitido cambiarla en cualquier lugar donde hacen placa?", fue la inquietud ciudadana.
La ANT respondió: "Solo puede solicitar un duplicado de placa en el GAD (Gobierno Autónomo Descentralizado) municipal de su localidad".
Tengo una pregunta si a un conductor se le daña la placa de su vehiculo es permitido cambiarla en cualquier lugar donde hacen placa
— Estrella (@GabrielaSo95691) January 6, 2026
? @AMT_Quito @ATD_Duran @ANT_ECUADOR pic.twitter.com/tDlDIGbE2N
Venta de placas vehiculares en Ecuador
En la publicación se adjuntó la captura de dos de los videos que circulan en la red social TikTok, donde se ofrecen las placas.
En uno de ellos se venden "placas originales con todos los sellos de la agencia (ANT) y relieve de ambos lados".
En otra cuenta se asegura: "Cumplimos con estándares altos al momento de fabricar nuestras placas vehiculares".
Entre las consultas de los usuarios a estos negocios está la del que pide "precio por favor ya que en la página de la AMT (Agencia Metropolitana de Tránsito en Quito) aún me sale que mis placas no están listas".
Otro comenta: "Soy de Milagro, pero (de) mi moto todos los trámites de la matrícula son de Portoviejo, Manabí. ¿Será que me pueden vender la placa original?".
¿Cuál es la sanción por circular sin placas?
El artículo 389, numeral 12, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece la sanción para "la persona que conduzca un vehículo automotor sin las placas de identificación correspondientes o con las placas alteradas u ocultas y de conformidad con lo establecido en los reglamentos de tránsito".
Esta es considerada una contravención de tránsito, de cuarta clase, que se sanciona con multa equivalente al 30 % de un salario básico unificado ($144,6 en 2026) y la reducción de seis puntos en la licencia de conducir.
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