
Jurado condena a Meta y YouTube por provocar adicción a las pantallas en menores
Las plataformas deberán cancelar tres millones de dólares a una joven afectada psicológicamente en Estados Unidos
Un jurado de Los Ángeles en Estados Unidos determinó este miércoles 25 de marzo que las empresas tecnológicas Meta y YouTube son responsables de perjudicar a una menor de edad mediante la configuración de sus aplicaciones digitales, por lo que ordenó el pago de tres millones de dólares en daños.
Distribución de responsabilidades económicas
El panel judicial concluyó que ambas compañías fueron negligentes en el funcionamiento operativo de sus plataformas y que esta negligencia representó un factor central en el daño psicológico causado a la demandante. Además, los jurados establecieron que los servicios representaban un peligro para los menores de edad y que los operadores no emitieron las advertencias adecuadas para prevenir el uso compulsivo.
La resolución judicial atribuyó a Meta el 70 por ciento de la responsabilidad en el caso, lo que equivale a una indemnización compensatoria de 2,1 millones de dólares. Por su parte, YouTube asumirá el 30 por ciento restante, correspondiente a 900.000 dólares. El veredicto estableció que ambas compañías actuaron con malicia y conducta abusiva, lo que habilita una fase legal adicional para fijar daños punitivos.
Según declaraciones recogidas por AFP, Jasmine Engberg, analista de la firma Scalable, advirtió sobre el impacto corporativo de este fallo. "Tres millones de dólares es un tirón de orejas para dos de los mayores vendedores de publicidad del mundo, pero si estas empresas se ven obligadas a rediseñar sus productos, eso supone una amenaza existencial para sus modelos de negocio", detalló la especialista.
En respuesta, el equipo legal de la demandante aseguró mediante un comunicado que la hora de rendir cuentas ha llegado para las corporaciones tecnológicas, mientras que un portavoz oficial de Meta indicó que la compañía discrepa respetuosamente con el veredicto judicial.

La demandante, identificada en el proceso legal como Kaley, inició su exposición a estas plataformas a los seis años mediante la aplicación de videos y posteriormente ingresó a Instagram a los nueve años, evadiendo los controles parentales. Durante el juicio, la joven testificó que el uso constante de las aplicaciones mermó su autoestima y la motivó a abandonar actividades cotidianas para compararse de forma permanente con otros usuarios.
Mark Lanier, abogado de la demandante, argumentó que las funciones estructurales de las aplicaciones, como el desplazamiento infinito, la reproducción automática y los contadores de interacción, fueron diseñadas deliberadamente para fomentar un consumo ininterrumpido.
En contraste, la defensa técnica de las plataformas rechazó la causalidad. Paul Schmidt, representante legal de Meta, expuso grabaciones para responsabilizar al entorno familiar de la menor. En esa misma línea, los abogados de YouTube argumentaron que los registros de actividad mostraban un tiempo de uso promedio de apenas un minuto diario en las funciones cuestionadas. El jurado desestimó estos alegatos en las siete preguntas del formulario de veredicto.
Este fallo documenta una crisis de gobernanza digital y se suma a una resolución paralela emitida el martes 24 de marzo de 2026 en Nuevo México, donde otro jurado determinó que Meta expuso a infantes a depredadores en la red, fijando una sanción de 375 millones de dólares frente a los 2.200 millones solicitados por la fiscalía. Meta confirmó que apelará esta última decisión.
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