
Sanción por incumplir el toque de queda en Ecuador: ¿Cuál y quién controla?
El Ejecutivo alista el alcance de la restricción a la movilidad en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo y El Oro
El Gobierno de Daniel Noboa alista los detalles del toque de queda anunciado para cuatro provincias. La restricción deberá formalizarse mediante un decreto ejecutivo que, hasta las 08:00 de este 3 de marzo de 2026, aún no ha sido publicado. Infringir un eventual toque de queda implica sanciones de carácter penal.
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Según explicó el ministro de Gobierno, John Reimberg, el toque de queda será nocturno y se aplicará todos los días en el siguiente horario: de 23:00 a 05:00. El plazo estimado para la medida sería del 15 al 31 de marzo de 2026.
Medida para cuatro provincias
- Guayas
- Los Ríos
- Santo Domingo de los Tsáchilas
- El Oro
¿Cómo se sanciona infringir el toque de queda?
Durante la vigencia de un estado de excepción se pueden restringir derechos. Uno de ellos, vinculado al toque de queda, es la libre movilidad. En condiciones normales, una persona no puede ser impedida de circular libremente por el país; con un estado de excepción, esa posibilidad se suspende con base en una justificación de seguridad.
Las condiciones específicas de aplicación del toque de queda se establecerán en el decreto ejecutivo que deberá emitir el presidente Daniel Noboa. Existen precedentes de medidas similares.
Durante el último paro indígena de 2025, el Decreto Ejecutivo 146 restringió la libre movilidad en las zonas de conflicto, sobre todo en horario nocturno. El Gobierno especificó que quienes lo infringieran serían puestos a órdenes de las autoridades competentes.
Según el experto en Derecho Constitucional Gonzalo Muñoz, la sanción se deriva del incumplimiento de decisión legítima de autoridad, figura tipificada en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El artículo 282 de esa normativa señala: “La persona que incumpla órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
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