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El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
Sesión del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.Gustavo Guamán

Roberto Aguilar | Un día (de terror) en la vida del CPCCS

Lo primero que se puede decir del Consejo de Participación Ciudadana es que no se ocupa ni remotamente de la realidad

Es hora de ponerle los ojos encima al Consejo de Participación Ciudadana. En un país donde aquellos que hace poco tenían a su cargo la selección de las autoridades de control hoy se encuentran imputados por infames delitos contra la fe pública; donde el proceso para nombrar a un nuevo fiscal general de la nación lleva un retraso considerable y ni siquiera termina de arrancar; donde los políticos, con el gobierno por delante, empiezan a jugar a la ruleta con las ternas y los candidatos… En este país que lleva cerca de diez años sin dar un palo al agua, bien conviene echar una mirada sobre el organismo responsable de todos estos fracasos.

Que el nuevo fiscal estará nombrado y posesionado en un plazo de seis meses, dijo hace apenas dos semanas su presidente, Andrés Fantoni. Y que las demás autoridades pendientes irán saliendo como si de soplar y hacer botellas se tratara. Se veía seguro, convencido. Pero luego uno vuelve los ojos al CPCCS, lo mira actuar y queda claro que delira.

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Del CPCCS se ha dicho que es un organismo diseñado por el correísmo en Montecristi con el propósito de controlar el Estado o volverlo ingobernable, según la dirección del viento. Eso resulta cierto pero sólo es una parte del problema. Hay, además, un aspecto estructural que rara vez se considera y tiene que ver con una aberrante manera de entender la cosa pública. Hay una inoperancia natural que está en el origen del organismo y que sólo es superable cuando se controla el poder total.

En el CPCCS no se resuelven cosas de las realidad

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Lo primero es que en el CPCCS no se resuelven cosas de la realidad. De hecho, el CPCCS no es un organismo que se encuentre ni remotamente en contacto con la realidad sino que, para todos los efectos, está mediada por documentos. Documentos, por lo general, que remiten a otros documentos que remiten a otros documentos. Y lo que hace el CPCCS es pronunciarse sobre ellos, no sobre los hechos. Supongamos que la Federación Nacional de Abogados del Ecuador (FENAE) y el Colegio de Abogados de Pichincha solicitan ser recibidos para explicar su postura con respecto al reglamento del concurso para elegir al nuevo fiscal y proponer ciertos cambios. 

Tal cosa ocurrió, en efecto, en la última sesión del pleno, el pasado miércoles 4 de junio. Mejor dicho: no es que tal cosa ocurrió (aquí no ocurre nunca nada) sino que llegó un oficio. ¿Qué hizo el CPCCS? ¿Discutir si recibe o no a los abogados? Nada de eso: simplemente, dio por conocido el oficio y le otorgó el trámite que se merece: un trámite documental.

Una vez que la secretaria leyó el pedido de los abogados, el presidente tomó la palabra, como acostumbra, no para abrir el debate sino para preguntar a los consejeros: “¿hay alguna moción-resolución sobre este punto?”. Sin moción-resolución, es decir, sin documento previamente presentado ante secretaría por los canales pertinentes, no se trata ningún punto. 

En este caso, sí, había una, del propio Fantoni: solicitar a la coordinación jurídica un informe de viabilidad. Informe de viabilidad que conduciría a la conformación de grupos de trabajo, como para seguirle creyendo que en seis meses tendremos nuevo fiscal. El “informe de viabilidad” parece ser la llave que abre todas las puertas. Cuando no existe, hay que solicitarlo. Una vez leído, hay que “motivarlo”. 

Un CPCCS sin intercambio de ideas

En eso consiste una sesión del pleno del CPCCS: en la lectura y motivación de documentos. Prácticamente no hay intercambio de ideas por fuera de esta camisa de fuerza. El procedimiento impone unos límites al lenguaje tan restringidos que se podría decir que aquí no hay conversación posible, cosa que la mayoría de consejeros, de escasas capacidades expresivas, sin duda agradecen.

El tercer punto del orden del día de la sesión del 4 de junio era un asunto local, de mero trámite y de tercer orden en la escala administrativa, un tema relacionado con una veeduría en un cantón diminuto de Cañar, pero da una idea bastante aproximada de cómo se tratan aquí las cosas. 

Si en los procedimientos del pleno del CPCCS brillara, por débil que fuera, una lucecita de vida inteligente; si los términos del lenguaje que utilizan los consejeros para comunicarse entre sí durante las sesiones tuvieran algo de humanos, el asunto lo habría podido plantear y resolver el presidente Fantoni de la siguiente manera: señores y señoras integrantes del Consejo, nuestro siguiente punto tiene que ver con el concurso público para designar registrador de la propiedad en el cantón Suscal, provincia del Cañar. 

Nos piden que autoricemos la conformación de una veeduría ciudadana para acompañar ese proceso. Nuestro subcoordinador de control social ya estudió el caso y emitió un informe, que ha sido entregado a todos ustedes, en el que recomienda admitir ese pedido. Si no tienen ninguna objeción ni comentario, podemos aprobar el informe del subcoordinador y pasar al siguiente punto. ¿Alguien se opone? ¿No? Aprobado. 30 segundos bastaban para despachar el asunto. Pero no. La cruda y delirante realidad que, abusando de la paciencia del lector, se describe a continuación, es muy distinta.

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Primero, el presidente Andrés Fantoni pide a la secretaria que introduzca el tercer punto del orden del día. Con su aflautada y exasperante entonación de locutora de anuncios de arribos y salidas de terminal aeroportuaria, la secretaria lee el retorcido leitmotiv de la cuestión: “Conocimiento del informe técnico de admisión de veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”.

“Dé lectura al informe”, vuelve a ordenar Fantoni. La secretaria obedece: “Aprobar la solicitud para la conformación de la veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”. En la lógica del CPCCS, cada procedimiento y cada trámite ha de repetirse en toda la extensión de su kilométrica nomenclatura cada vez que deba ser nombrado.

“¿Hay alguna moción-resolución para tratar este punto?”, pregunta Fantoni. La secretaria dice que sí y da lectura a un memorando de tres artículos presentado por la vicepresidenta Jazmín Enríquez. Artículo 1: “Conocer el informe técnico de admisión del pedido de veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”. 

Artículo 2: “Aprobar la solicitud de conformación de veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”. 

Artículo 3: “Disponer que se realice la convocatoria para la conformación de la veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”.

Antes de votar, Fantoni pide a la vicepresidenta que motive la moción y ésta propone (ya lo adivinó el lector) “aprobar la conformación de la veeduría ciudadana con el objeto de vigilar el proceso del concurso público de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la designación de registrador o registradora de la propiedad con facultades de registro mercantil del cantón Suscal de la provincia del Cañar”. “Agradecemos su argumentación”, concluye Fantoni, y sus palabras suenan como una invitación a saltar por la ventana desde el quinto piso.

Procedimientos que son un mero papeleo

Multiplíquese lo descrito por cada trámite, por cada procedimiento… No estamos ante un hecho anecdótico sino ante la condición estructural del CPCCS; esta es su manera de ser y de pensar. Caso extremo, patológico, de formateo mental, este cuadriculado y espeso apego a las formalidades, caracterizado por la imposibilidad de abordar un tema sin informe de factibilidad, oficio o memorando de respaldo, resulta incompatible con el verdadero pensamiento articulado y convierte la realidad en un mero papeleo. 

Si esto ocurre con el registrador de la propiedad del cantón Suscal, ¿qué no ocurrirá con el fiscal general del Estado? Podría Fantoni, por ejemplo, empezar llamando a los abogados de la FENAE y del Colegio de Pichincha a que expongan sus puntos de vista en el pleno. Pero semejante sobredosis de realidad terminaría por intoxicarlo. 

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