
El proyecto de Noboa camina en el autoritarismo puro y duro
Análisis| La Ley para Desarticular la Economía Criminal crea facultades extraordinarias para el presidente
Existen, al menos, dos posibles explicaciones a la decisión del gobierno de Daniel Noboa de enviar a la Asamblea un proyecto con el carácter de urgente y llamado Ley para Desarticular la Economía Criminal. Una de esas posibilidades es que el gobierno quiere montarse en la actual ola del populismo penal para ganar simpatías y etiquetar a sus adversarios como defensores de las mafias.
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La otra posibilidad es que Noboa quiera instalar un sistema legal que le permita aumentar su poder sobre la sociedad: autoritarismo puro y duro. Claro, no hay que descartar que en la mente de quienes concibieron el proyecto hayan estado presentes las dos posibilidades: aprovecharse de las simpatías que produce el populismo penal y, al mismo tiempo, que se establezca un sistema donde el Poder Ejecutivo tenga mayores facultades para limitar las libertades y derechos de la sociedad, bajo el pretexto de aumentar la seguridad.
Para lo uno, para lo otro o para cualquier otro propósito, lo cierto es que el texto ya llegó a la Asamblea que, dicho sea de paso, está dominada por el gobierno.
Para comenzar, la propuesta crea unas facultades extraordinarias para que el presidente de la República pueda dar indultos anticipados a personas procesadas penalmente por hechos vinculados al conflicto armado interno, incluso sin sentencia condenatoria.
Esta figura, completamente ajena a cualquier democracia republicana, abre la posibilidad de la impunidad en la fuerza pública. “En el contexto del conflicto armado interno declarado en el territorio nacional, el presidente de la República podrá anticipar que indultará a personas procesadas penalmente por hechos relacionados con dicho conflicto, aun cuando su causa se encuentre en etapa de investigación, instrucción o juicio, sin requerirse sentencia condenatoria ejecutoriada”, dice el artículo 26 del proyecto que, a renglón seguido, enumera tres motivos por los cuales se podrá extender este insólito indulto: insólito, porque en toda democracia donde existen indultos, estos se extienden únicamente a personas que ya han sido condenadas.
Una de esas causas para el indulto anticipado es que el agente de seguridad haya cometido un delito “en cumplimiento del deber en operaciones de seguridad, defensa o mantenimiento del orden público frente a grupos armados organizados”. Es decir, queda abierta la posibilidad de que se cometan, con la mayor impunidad, atrocidades como la de los niños de Las Malvinas, que fueron asesinados luego de haber estado en manos de un comando militar que, se suponía, hacía tareas de seguridad en una zona peligrosa.
Beneficios para policías y militares procesados
La eventual impunidad no queda ahí: el proyecto plantea una reforma legal para que cuando la persona procesada sea miembro activo de la Policía o de las FF.AA. y cometa un delito, no se le aplique prisión preventiva, ni arresto domiciliario ni uso de dispositivo electrónico; en su lugar, continuará realizando sus funciones, siendo únicamente su jefe inmediato el responsable de reportar quincenalmente que el servidor se encuentra en el país.
En otras palabras, el policía o militar que comete una violación a los derechos humanos o a la vida de una persona, tendrá un escudo legal que lo proteja. Una norma así habría sido, sin duda, una bendición para las dictaduras del cono sur de los años 70 del siglo pasado que, en nombre de la seguridad colectiva, cometieron los más espantosos crímenes de lesa humanidad.
El proyecto también le concede al presidente atribuciones operativas sobre allanamientos y confiscaciones, violando el principio de separación de funciones, un principio seminal de cualquier sistema democrático y republicano. Asimismo, el texto enviado por la Presidencia autoriza incautaciones sin sentencia ni control judicial, atentando contra el derecho a la propiedad privada.
El proyecto de ley establece la creación de un Bloque de Seguridad que será liderado por el presidente de la República, pero que no se sabe quién más lo integrará. Ese Bloque de Seguridad tendría, en caso de ser creado, unas atribuciones que podrían ser usadas para realizar tareas de inteligencia y hacer allanamientos cuando se considere que es pertinente. Propone, por ejemplo, que el Bloque de Seguridad podrá “disponer la recolección de información de inteligencia y de los subsistemas que lo conforman para anticipar movimientos de grupos armados organizados”.
¿Quién garantiza que esa disposición se la cumpla únicamente con miembros de los grupos delincuenciales y no de civiles? En el caso de que el gobierno de Noboa sea profundamente civilista y no espíe en función de esta norma, en todo caso la ley quedará ahí y puede servir a cualquier otro proyecto autoritario futuro.
Obligaciones para entidades privadas
Ese mismo artículo propuesto también dice que “toda entidad pública y privada estará obligada a proporcionar la información que le sea requerida, bajo apercibimiento de incurrir en el incumplimiento de orden legítima de autoridad competente”. Y, como si fuera poco, crea tribunales de excepción (jueces de conflicto armado, los llaman), prohibidos por la Constitución.
El proyecto, sin embargo, podría ser tachado de improcedente por la Corte Constitucional, ya que muy poco o más bien casi nada de lo propuesto entra en la categoría de “proyecto económico urgente”, como pretende el régimen.
A tal punto que el mismo ministro de Gobierno, José De La Gasca, en una entrevista en Radio Diblu dijo: “Vamos a ver si la Corte Constitucional lo permite o haremos los cambios que hay que hacer”.
En todo caso, una observación de la Corte, en el caso de que la haya, podría llegar tarde y la ley ya estaría cocinada.
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