Consulta Popular 2024
Los ecuatorianos acudieron a votar en la consulta popular y referéndum del 21 de abril de 2024.EXPRESO

Esta es la hoja de ruta de las preguntas aprobadas en la consulta para su aplicación

La Asamblea Nacional deberá continuar con el proceso, una vez oficializado los resultados, de acuerdo con la ley

Las directrices para la puesta en escena de los tres proyectos de reformas constitucionales, así como de los proyectos de ley para las seis iniciativas aprobadas en el referéndum y consulta popular 2024, realizado el 21 de abril, están sobre la mesa. Sin embargo, el tiempo aún no corre.

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El camino que deberán seguir tanto el Ejecutivo como el Legislativo ya fue trazado y aclarado por la Corte Constitucional del Ecuador, al emitir el Dictamen 1-24-CP/24, con fecha 24 de enero de 2024. Por lo que, para juristas, expertos en materia constitucional, las reglas estarían claras.

Aun así, para que este proceso empiece es menester que primero el Consejo Nacional Electoral proclame y oficialice la publicación de los resultados del referéndum y consulta popular 2024 en el Registro Oficial (RO). Luego, deberá enviar los resultados al Ejecutivo. A partir de allí, las iniciativas del referéndum y las de la consulta tomarán dinámicas diferentes. EXPRESO conversó con expertos en la materia para conocer los pasos que deberán cumplirse para que las preguntas que obtuvieron el apoyo de la ciudadanía se establezcan.

LAS PREGUNTAS DEL REFERÉNDUM

Tres iniciativas de reforma parcial constitucional fueron aprobadas por la ciudadanía: el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, permitir la extradición de ecuatorianos y el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional. Para su tratamiento, los abogados Efrén Guerrero, docente de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, y Christian Quimí, catedrático de la Universidad Tecnológica Empresarial de Guayaquil, exponen sus criterios.

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Para Guerrero, el presidente Daniel Noboa deberá enviar las reformas constitucionales directamente al Registro Oficial, por lo que, a su criterio, el Legislativo no tendría que tratarla. Esta línea ha mencionado Henry Kronfle, titular de la Asamblea, que seguirá la entidad.

Sin embargo, Quimí expone que de acuerdo con el párrafo 325 del dictamen de la Corte Constitucional, Noboa deberá enviar los tres proyectos de reforma constitucional al Legislativo. Por lo que el tratamiento de estas deberá seguir el procedimiento de reforma parcial constitucional establecido en el artículo 73 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Para ello, el titular de la Asamblea deberá remitir al Consejo de Administración Legislativa los proyectos, el resultado del referéndum, el dictamen de la Corte Constitucional y el procedimiento que se seguirá, explica. Luego, el Pleno con el voto de la mayoría absoluta de sus integrantes creará una comisión especializada ocasional para el análisis de la reforma constitucional; la cual tendrá 60 días para presentar a Kronfle su informe con las observaciones.

No obstante, la CC determinó que las reformas “deberán ceñirse única y exclusivamente a los términos de la consulta”, por lo que vetó la posibilidad de “incluir (…) temas que no han sido sometidos al análisis de este organismo o que no fueran objeto de pronunciamiento en el marco de la consulta”.

Henry Kronfle

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Por ello Quimí agrega que, si bien no pueden alterar los textos aprobados por los electores, el debate parlamentario quedará en las actas legislativas y radicaría en dar sus puntos de vista sobre los riesgos de la extradición, de la militarización y de cómo se establecerán las judicaturas especializadas en materia constitucional. “Esto sí serviría a posterior, como estrategia política”.

Aunque el tiempo para su tratamiento no fue establecido en los anexos de las preguntas, este sí lo marca la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Quimí cree que en diciembre o más tardar en enero, estas reformas serían publicadas en el RO.

De allí, la Asamblea tendría que trabajar en el desarrollo del contenido de estas reformas constitucionales en las normativas que tendrían que elaborar o reformar de las ya existentes. De allí, el próximo gobierno deberá trabajar en la reformas o creación de los reglamentos para estas normas, afirma Quimí. Guerrero sostiene que esto último será en este régimen.

LAS PREGUNTAS DE LA CONSULTA POPULAR 

El 21 de abril de 2024 los ecuatorianos también se han pronunciado a favor de las seis preguntas de consulta popular impulsadas por el presidente Daniel Noboa, según avanza el escrutinio del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Con excepción de la pregunta F, que trataba sobre el control de las Fuerzas Armadas en el exterior de las cárceles y que no tenía anexos, el resto de interrogantes planteaban que, una vez promulgados los resultados, el mandatario remita un proyecto de ley a la Asamblea Nacional.

En cinco de las seis preguntas plebiscitarias, el mandatario estableció que en un máximo de cinco días posteriores a la proclamación de resultados, enviaría los proyectos de ley. Asimismo, que la Asamblea Nacional tendría hasta 60 días para tramitarlos y aprobarlos.

Estas preguntas son las referentes al aumento de penas, a que los presos cumplan la totalidad de su condena en las cárceles, que se tipifique como delito la tenencia o porte de armas de uso militar o policial, que la Policía y las FF. AA. utilicen inmediatamente armas que hayan sido usada en delitos y la Ley de Extinción de Dominio.

Consulta Popular 2024
En la consulta popular 2024 los ecuatorianos votaron a favor de las propuestas relacionadas con la seguridad.EXPRESO

Sin embargo, Esteban Ron, jurista y experto electoral, recuerda que el tratamiento de los proyectos de ley no es un cheque en blanco ni para el presidente Noboa que debe enviar los proyectos ni para la Asamblea que deberá tramitarlos.

Según indica, el dictamen favorable que emitió la jueza de la Corte Constitucional, Teresa Nuques, señala que el tratamiento de los proyectos de ley que presente el primer mandatario deberán respetar el proceso parlamentario ordinario establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

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“Esto implica que el proyecto llegue al CAL, se le asigne una comisión, reciba aportes, tenga dos debates y sea aprobado el proyecto”, repasa Ron y advierte que, en el trayecto, los legisladores no podrán cambiar lo votado en las urnas, sino se arriesgan a ser sancionados por la Corte Constitucional.

Esa advertencia también la hace extensiva al presidente Daniel Noboa, quien, según su propia propuesta de consulta popular, tiene cinco días posteriores a la proclamación de resultados para enviar los proyectos de ley a la Asamblea. “Deben ser sobre la materia que se votó en las urnas”, señala Ron.

Como señala el trámite parlamentario, los proyectos de ley que envíe el presidente deberán ser conocido por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) para asignarlos a las diferentes mesas legislativas. El presidente de la Asamblea, Henry Kronfle, incluso señaló la posibilidad de que se cree una comisión ocasional para que trate los proyectos de ley.

Ya en la comisión o comisiones, sus integrantes deberán calendarizar el proceso para que todas sus etapas se ajusten a los 60 días que establecen los anexos de las preguntas de la consulta popular 2024. Esta programación deberá contemplar la recepción de aportes y la elaboración de los informes para primer y segundo debate en el pleno.

Siguiendo con el trámite parlamentario ordinario, los proyectos de ley que envíe el presidente deberán ser debatidos en dos comisiones por el pleno. De no existir más observaciones, las iniciativas pueden aprobarse en el segundo debate del pleno de la Asamblea Nacional.

Finalmente, ya con los textos aprobados por los parlamentarios, el presidente de la Asamblea Nacional deberá remitir los proyectos de ley al Registro Oficial para su publicación y que entren en vigencia.

Los puntos álgidos del referéndum

  1. La comisión deberá llamar por la primera pregunta a titulares de la Policía, FF.AA., al Ejecutivo, Ministerio de Defensa y del Interior para establecer cambios en la formación y la reorganización para el control fronterizo.
  2. Establecer lineamientos para la extradición activa y pasiva, de qué dependerán: de que haya una sentencia penal en otro país y la solicitud del Estado que requiere. También, aclarar lo que no es y cuándo estaría prohibido.
  3. Ni el presidente Daniel Noboa ni la Asamblea Nacional pueden extralimitarse con los proyectos de ley. Se exponen a ser observados por la Corte Constitucional.

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