
El TCE emite sentencia en la denuncia electoral contra Leonidas Iza: esto decidió
El expresidente de la Conaie fue denunciado por el CNE por las cuentas de campaña de la consulta popular de 2023
El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Patricio Maldonado Benítez, emitió sentencia en la denuncia electoral que el Consejo Nacional Electoral (CNE) presentó en contra de varios miembros de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), entre ellos su expresidente y excandidato a la Presidencia, Leonidas Iza.
A mediados de octubre de 2025, el CNE, presidido por Diana Atamaint, presentó una denuncia electoral contra Iza y otros miembros de la Conaie por una presunta infracción relacionada con las cuentas de campaña de la consulta popular del Yasuní, realizada en 2023, contemplada en el numeral 1 del artículo 281 del Código de la Democracia.
Los otros miembros de la Conaie denunciados son Zenaida Anabel Yascacama Gayas, responsable del manejo económico de la campaña, y Patricia Estefanía Lalvay Naula, jefa de campaña de la Confederación para la consulta popular de 2023.
Leonidas Iza, exlíder de la CONAIE, denunció una política sistemática de persecución política y criminalización de la protesta social en Ecuador.
— Diario Expreso (@Expresoec) October 1, 2025
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Denuncia contra Leonidas Iza se reinicia por error en citación
Un mes después, el juez Maldonado Benítez emitió su sentencia, pero sin resolver el objeto de la controversia sobre las cuentas de campaña, sino señalando un error formal que hace que todo el proceso deba regresar a la etapa de notificación de la causa.
De acuerdo con la sentencia, aunque el TCE emitió las boletas de notificación, “no existe en el expediente certeza real, verificable ni debidamente acreditada de que (los denunciados) formen parte de la Conaie o mantengan vínculos laborales, contractuales o de representación”.
En ese sentido, el juez concluyó que el domicilio proporcionado por la parte denunciante no puede considerarse razonablemente idóneo para asegurar que los citados conocieran efectivamente la existencia del proceso. Además, recordó que la citación realizada en un domicilio incorrecto, inexistente o no verificado por la autoridad provoca una afectación directa al derecho a la defensa.

El CNE de Diana Atamaint deberá volver a indicar lugar de citación
El juez Maldonado Benítez, además, hace un exhorto en su sentencia al CNE para que, en sus futuros actos de proposición, señale con precisión y diligencia las direcciones idóneas para practicar las citaciones correspondientes.
Asimismo, resolvió retrotraer la causa hasta el momento en que se produjo la nulidad, esto es, la diligencia de citación, a fin de que se practique nuevamente en estricto cumplimiento de los parámetros constitucionales.
El CNE de Diana Atamaint, por su lado, deberá, en el término de dos días, determinar con exactitud el lugar de citación para retomar el proceso por una supuesta infracción electoral relacionada con las cuentas de campaña de la consulta popular de 2023.
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