
Cootad: lo que debes saber sobre la reforma y su impacto en provincias
La iniciativa Daniel Noboa plantea reglas estrictas para los recursos de los gobiernos locales e incluso posibles sanciones
El Gobierno de Daniel Noboa implementa una regla fiscal que obliga a los municipios y prefecturas a destinar el 70 % de sus recursos a obras públicas. La medida genera fuertes críticas por una supuesta violación a la autonomía local y amenazas de recortes en sectores clave como la educación.
El origen del control al gasto local en Ecuador
Dieciséis años después de aprobado, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) vuelve a agitar el debate político en Ecuador. Una reforma de iniciativa económica urgente del presidente Daniel Noboa fue valorada por varias autoridades locales como una violación a la autonomía consagrada en la Constitución de Montecristi de 2008 y un intento directo por coercionar a los gobiernos locales a través de la asignación de recursos.
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El Cootad fue aprobado en octubre de 2010, luego de que la Asamblea Nacional —dominada en ese entonces por la mayoría oficialista de Alianza PAIS— se allanara a la objeción parcial presentada por el expresidente Rafael Correa Delgado. Este cuerpo legal, encargado de regular la estructura, competencias, facultades y recursos de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), se publicó en el suplemento del Registro Oficial No. 303 el 19 de octubre de 2010. Posteriormente, en 2018, el código atravesó su primera reforma integral.

El debate sobre inversión y gasto corriente
En 2026, el presidente Daniel Noboa propuso una nueva reforma al Cootad. Según la vocería del oficialismo, el objetivo de modificar nuevamente este código es garantizar el cumplimiento del mandato constitucional que exige a los gobiernos locales destinar el 70 % de sus recursos a inversión, limitando el gasto corriente al 30 %. Desde el Ejecutivo se denunció que esta regla, establecida en la Carta Magna, ha sido inobservada por la mayoría de los GAD durante los últimos años.
La aplicación de la medida será gradual. Según las disposiciones transitorias del proyecto, la exigencia del 70 % no será inmediata, sino progresiva. El cronograma establece que los gobiernos locales deberán alcanzar al menos el 65 % de inversión en 2026, el 68 % en 2027 y, finalmente, consolidar el 70 % a partir del ejercicio fiscal 2028.
Definición sobre la inversión de los GAD
Para garantizar su cumplimiento y evitar ambigüedades, la norma especifica qué rubros del Clasificador Presupuestario son computables para alcanzar el 70 % exigido. Se considera inversión, exclusivamente, a los recursos destinados a generar, ampliar, mantener o reponer infraestructura, bienes de capital y obras públicas. En particular, se contabilizará únicamente el gasto registrado en los subgrupos e ítems presupuestarios que detallamos a continuación.
Subgrupo 73: Bienes y servicios para inversión, exclusivamente en los siguientes grupos y subgrupos, cuando se encuentren directa y materialmente asociados a la ejecución, mantenimiento o reposición de activos públicos:
- Servicios Básicos
- Servicios Generales, a excepción de los ítems 73.02.05, 73.02.21, 73.02.48, 73.02.49
- Traslados, Instalaciones, Viáticos y Subsistencias
- Instalación, Mantenimiento y Reparación
- Arrendamiento de Bienes
- Contratación de Estudios, Investigación y Servicios Técnicos Especializados
- Bienes de Uso y Consumo de Inversión
- Pertrechos para la Defensa y Seguridad Pública
- Convenios de Adhesión para Adquisición de Medicamentos de Consulta Externa
- Bienes Muebles no Depreciables
- Bienes Biológicos no Depreciables
Grupo 75: Obras Públicas
Grupo 77: Otros Egresos de Inversión
Grupo 84: Bienes De Larga Duración (Propiedades Planta y Equipo)
Grupo 88: Transferencias o Donaciones de Capital

Condicionamiento de recursos y sanciones
La reforma al Cootad estipula, además, que los GAD participarán del 21 % de los ingresos permanentes y del 10 % de los no permanentes del Presupuesto General del Estado. Sin embargo, la transferencia de estos porcentajes estará condicionada: se aplicará únicamente si los gobiernos locales cumplen con la regla de destinar el 70 % de sus recursos a inversión.
Este punto ha sido duramente cuestionado por diversas autoridades locales, entre ellas la prefecta Paola Pabón y los alcaldes Aquiles Álvarez, Pabel Muñoz y Cristian Zamora. Los funcionarios coinciden en que la medida es un intento de coaccionar a los GAD que no se encuentran alineados con el Gobierno Nacional, liderado por el presidente Daniel Noboa. Según los denunciantes, condicionar la entrega de recursos constitucionales vulnera la autonomía administrativa y financiera de las provincias y municipios.
Además, la reforma al Cootad establece sanciones específicas por incumplimiento. En caso de que un GAD no observe la regla de asignación mínima prioritaria, el Ministerio de Finanzas reducirá las transferencias a los límites constitucionales mínimos (fijados en el artículo 271 de la Constitución) y notificará de inmediato la falta a la Contraloría General del Estado.
Transparencia y vigilancia ciudadana
La reforma al Cootad establece, además, un control riguroso mediante un anexo de cumplimiento obligatorio. Esta regla rige en todas las fases del ciclo presupuestario: formulación, asignación y ejecución. Para que el órgano legislativo local —concejo municipal o consejo provincial— apruebe la proforma presupuestaria anual, será requisito indispensable incorporar un "Anexo de Cumplimiento de la Regla de Asignación Mínima Prioritaria", documento que certificará que la entidad alcanza el porcentaje de inversión exigido por la ley.
Además, la normativa señala que los municipios y prefecturas están obligados a publicar trimestralmente, en sus portales institucionales, el indicador de gasto y las medidas adoptadas para cumplir la regla. A su vez, el Ministerio de Finanzas, como ente rector de las finanzas públicas, emitirá un informe de seguimiento cada trimestre para verificar el avance de los GAD en el cumplimiento de estos objetivos.

Cronología: El camino de la reforma al Cootad
- 28 de enero de 2026: El Ejecutivo envía a la Asamblea Nacional dos proyectos de ley económica urgente, entre ellos la reforma al Cootad, con el objetivo de establecer una regla fiscal para que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) prioricen al menos el 70% de su presupuesto a la inversión y restrinjan el gasto corriente al 30%.
- 2 de febrero de 2026: El secretario jurídico de la Presidencia, Enrique Herrería, defiende el proyecto públicamente frente a las primeras críticas, indicando que el objetivo no es recentralizar recursos, sino alinear el gasto local con el Plan Nacional de Desarrollo y priorizar la obra pública sobre la burocracia.
- 5 al 10 de febrero de 2026: Surge una fuerte ola de rechazo por parte de varias autoridades locales que advierten que la iniciativa vulnera su autonomía y afecta el financiamiento de programas sociales y maquinaria:
- 5 de febrero: El alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, alerta que su ciudad perdería 80 millones de dólares si se aprueba la ley.
- 9 de febrero: La prefecta de Cotopaxi, Lourdes Tibán, señala que la reforma afectaría al personal rural y paralizaría la maquinaria. Ese mismo día, el alcalde de Quito, Pabel Muñoz, advierte graves impactos en la educación y el empleo municipal, con indicios de inconstitucionalidad.
- 10 de febrero: La prefecta de Pichincha, Paola Pabón, asegura que la reforma busca manipular y someter políticamente a los gobiernos locales, mientras que el alcalde de Cuenca, Cristian Zamora, pide el archivo del proyecto.
- 6 de febrero de 2026: En contraste con otras autoridades territoriales, Yuri Colorado, alcaldesa de Muisne y presidenta de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME), expresa su respaldo oficial a las reformas impulsadas por el Gobierno de Daniel Noboa.
- •14 de febrero de 2026: Se lleva a cabo el primer debate del proyecto de ley en el Pleno de la Asamblea Nacional.
- 17 de febrero de 2026: La Comisión de Desarrollo Económico aprueba el informe para el segundo debate.
- 19 de febrero de 2026: El Partido Social Cristiano (PSC) advierte públicamente que la reforma es una violación directa a la autonomía de los GAD.
- 20 de febrero de 2026: En medio de protestas ciudadanas y con el voto en contra de bancadas como la Revolución Ciudadana (RC) y el PSC, la Asamblea Nacional aprueba la ley en segundo y definitivo debate con 77 votos a favor, durante una sesión convocada en Samborondón. Ese mismo día, el presidente de la Asamblea remite la ley para la sanción u objeción presidencial.
- 21 de febrero de 2026: El presidente Daniel Noboa sanciona la ley. Ante los anuncios de impugnaciones, el Gobierno responde que la ley fue redactada tomando en cuenta los fallos y criterios de la Corte Constitucional.
- 22 de febrero de 2026: Como consecuencia política de la votación, el Partido Socialista Ecuatoriano (PSE) rompe relaciones con el asambleísta por Carchi, Cristian Benavides, tras haber votado a favor de la reforma al Cootad.
- 23 de febrero de 2026: La "Ley Orgánica Reformatoria al Cootad para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los GAD" es publicada en el Sexto Suplemento Nº 229 del Registro Oficial, entrando formalmente en vigencia. Inmediatamente, el concejal de Quito, Andrés Campaña, presenta una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional.
- 24 de febrero de 2026: La Unión Nacional de Educadores (UNE), junto al Frente Popular, presentan otra acción de inconstitucionalidad argumentando que la ley tiene un enfoque punitivo, amenaza la educación inicial comunitaria y supone un recorte aproximado de $1.000 millones para los programas locales.
- 13 de marzo de 2026: Como consecuencia del descontento social por la aprobación de la reforma, la UNE ha convocado movilizaciones y protestas a nivel nacional.
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