La Revolución Ciudadana presentó una acción de inconstitucionalidad contra la designación de Carlos Alarcón como fiscal subrogante.
La UNE presentó una acción de inconstitucionalidad contra la designación de Carlos Alarcón como fiscal subrogante.Cortesía fiscalía general del estado.

Corte Constitucional inadmite acción contra Carlos Alarcón y da por cerrado el caso

El correísmo aún no se ha pronunciado sobre el archivo de la causa 3-25-IA

El viernes 6 de febrero de 2026, el juez constitucional José Luis Terán inadmitió a trámite la acción 3-25-IA, presentada por el correísta Juan Andrés González. El legislador solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la designación de Carlos Alarcón, al sostener que el ordenamiento jurídico no contempla la figura de un fiscal subrogante del subrogante.  

Frente a la decisión, el abogado constitucionalista Santiago Machuca señaló que la Corte no siempre se centra en materia constitucional y hace valoraciones políticas. "Es obvio que busca evitar abrirse un frente con el Fiscal General del Estado por el miedo a la persecución que puede iniciarse. Resulta inaudito que frente al caos, se siente en el palco a observar, sin ver que puede ser el próximo espacio de ataque; alimenta al monstruo que ya era grande y no le comió...".

Aunque, Santiago Machuca dice que hay que esperar cómo resuelve la Corte otra acción contra la designación del Fiscal General del Estado, presentada por la Unión Nacional de Educadores (UNE). Se trata de la causa 4-25-IA, interpuesta contra el criterio de la Procuraduría General del Estado sobre la ausencia temporal o definitiva del exfiscal.

Hasta el cierre de esta nota periodística no se ha pronunciado, de forma oficial, la Revolución Ciudadana. Tampoco el coordinador de esa bancada legislativa, Juan Andrés González. 

El fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, dijo que la investigación contra el Consejo de la Judicatura es reservada y asegura que espera obtener sentencias en el caso Triple A y Nene.

Corte Constitucional mantiene en pausa acción contra designación del fiscal Alarcón

Leer más

Esto argumenta la Corte Constitucional sobre pedido de la RC

La Corte, ante la acción de inconstitucionalidad a la designación de Alarcón, argumentó que  para que un acto administrativo en sentido estricto sea analizado en la Corte, en el marco de una acción de inconstitucionalidad, debe verificarse que contenga: (a) una declaración unilateral de voluntad efectuada en ejercicio de la función administrativa; (b) que produzca efectos jurídicos generales; y, (c) que se agote con su cumplimiento y de forma directa.  

En sentido contrario, señala el fallo, es posible que un acto continúe manteniendo los requisitos (a) y (b), y que a su vez carezca del requisito (c) al no agotarse con su solo cumplimiento, pues “el acto tiene la capacidad de integrarse en el ordenamiento jurídico y permanecer en el mismo de forma objetiva y positivizada.

Además, la Corte indicó que “la activación de este mecanismo de control debe observar, en primer lugar, que el acto impugnado se encuentre dirigido en forma abstracta e indirecta hacia los administrados o hacia la propia administración”.

¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!