Jorge Glas
Jorge Glas es sentenciado a 13 años de cárcel.Tomada de X de Ecuador Chequea

Jorge Glas y Carlos Bernal: 13 años de cárcel por caso reconstrucción de Manabí

El Tribunal dijo que ambos abusaron de los fondos públicos y actuaron "con nulo respeto a las víctimas"

El exvicepresidente Jorge Glas y el exsecretario de la Reconstrucción, Carlos Bernal, fueron sentenciados a 13 años de cárcel por el delito de peculado en el manejo de los recursos destinados a la reconstrucción de Manabí y Esmeraldas, tras el terremoto del 16 de abril de 2016.

“El Tribunal concluye que Glas y Bernal se aprovecharon de sus cargos y de la emergencia, abusaron de los dineros públicos en beneficio de terceros, entre ellos familiares de Carlos Bernal”, afirmó la jueza Mercedes Caicedo, ponente del Tribunal de Juicio de la Corte Nacional.

Además, dispuso que Glas y Bernal cancelen 250 millones de dólares como reparación integral al Estado y una multa equivalente a 60 salarios básicos. Además, el Tribunal determinó una prohibición de por vida para ejercer un cargo público y la pérdida de sus derechos de participación por 25 años, así como la inhabilitación para contratar con el Estado.

El Tribunal dispuso que se inicien las investigaciones de todas las obras que se levantaron con fondos de la reconstrucción y que tuvieron algún beneficio para la familia de Carlos Bernal.

Jorge Glas
Jorge Glas rindió su versión el 22 de junio de 2025 en el contexto del caso Reconstrucción de ManabíCortesía

El Tribunal, conformado por Caicedo, Marco Rodríguez Ruiz y Javier de la Cadena, resolvió de forma unánime la culpabilidad de los procesados.

¿Qué pruebas sustentaron la condena?

La Fiscalía General del Estado acusó a los sentenciados de haber usado de forma indebida el dinero recaudado mediante la Ley de Solidaridad. Según la acusación, direccionaron contratos hacia empresas vinculadas con la familia de Bernal y favorecieron intereses sin relación con la emergencia "con nulo respeto a las víctimas del terremoto".

Durante la lectura de la sentencia, la jueza Caicedo detalló varias pruebas clave. Entre ellas destacó una pericia de reconocimiento del lugar de los hechos, que reveló irregularidades en múltiples obras:

  • El Parque Las Vegas no existía antes del terremoto y fue construido en una zona propensa a inundaciones.
  • Las instalaciones pesqueras presentaban fallas estructurales o carecían de utilidad. El muelle de San Mateo, en Manta, quedó obstruido por acumulación de arena.
  • En Jama se levantó un puente junto a otro que no sufrió daños por el sismo.
  • El puente sobre el río Mataje fue planificado en 2011, cinco años antes del desastre, y tenía fines de conexión internacional con Colombia.
  • El puerto pesquero de Crucita fue diseñado para 30 lanchas, aunque en ese sector trabajan más de 300 pescadores.
  • El Hospital de Chone fue edificado sobre un terreno inestable y de alto riesgo.
  • El Tribunal concluyó que se trató de obras inservibles o innecesarias: “fueron elefantes blancos, como construir una heladería en el desierto… inútiles y decorativas”, dijo la jueza Caicedo.

Vínculos familiares en los contratos

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En la sentencia también se analizó la relación entre Ramiro Galarza, excontratista de la reconstrucción y sentenciado en el caso Sobornos 2020, y la empresa Concrenor, propiedad de la esposa de Carlos Bernal. Esta compañía figuró como proveedora en varios proyectos.

“La familia de quien gestionaba los recursos fue beneficiaria directa”, afirmó la jueza. Añadió que los fondos, que debían financiar exclusivamente obras de recuperación, fueron desviados hacia proyectos sin prioridad ni relación con la emergencia.

Además, la jueza resaltó que Franklin Bernal, padre del exsecretario, firmó varios contratos. En ese momento, ocupaba el cargo de subsecretario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y actuaba como delegado del entonces ministro Walter Solís. Otros familiares de Carlos Bernal, como su cuñado, también figuraban como accionistas en empresas contratistas.

¿Qué dijo la defensa?

Los abogados de Jorge Glas y Carlos Bernal sostuvieron su defensa sobre los siguientes argumentos:

  • El Comité de Reconstrucción no tenía personería jurídica, por lo que no podía adjudicar ni firmar contratos.
  • Las contrataciones fueron realizadas por gobiernos municipales, Ecuador Estratégico y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
  • No existían informes técnicos que definieran qué obras eran prioritarias.
  • Las entidades contratantes, no el Comité, definieron las prioridades de ejecución.
  • Carlos Bernal no tenía voto en el Comité, según el Decreto Ejecutivo 1004 de 2016, que establece las funciones del Secretario y del Comité.

Otras sentencias que ya cumple Jorge Glas

Glas, quien ya cumple dos sentencias por corrupción, una de seis años por asociación ilícita en el caso Odebrecht y otra de ocho años por cohecho en el caso Sobornos, permanece detenido en la Cárcel 4 de Quito bajo prisión preventiva. Su defensa alega que las acusaciones actuales “se basan en hechos falsos” y forman parte de una persecución política.

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