
Eutanasia en Ecuador: puntos clave del proyecto que debate la Asamblea Nacional
Legisladores analizarán el informe que delega al Ministerio de Salud el control y define la objeción de conciencia
El Pleno de la Asamblea Nacional ejecutará este martes 24 de marzo de 2026 el primer debate del Proyecto de Ley Orgánica de la Eutanasia. Este trámite legislativo establecerá los requisitos legales y clínicos para la aplicación de la muerte asistida en Ecuador, tomando como base el informe técnico aprobado previamente por la Comisión del Derecho a la Salud.
Un debate que puede generar conflicto
La convocatoria responde al cumplimiento obligatorio de la sentencia 67-23-IN/24 emitida por la Corte Constitucional. El dictamen dispuso la despenalización de esta práctica médica y ordenó a la Asamblea la estructuración de un marco regulatorio. El texto que llega a conocimiento de los asambleístas superó el filtro de la mesa técnica el pasado 17 de marzo, donde se definieron las competencias iniciales para el sistema sanitario público y privado.
El nudo crítico del documento radica en la creación de comités de evaluación médica. El proyecto normativo instaura que estos entes tendrán la potestad exclusiva de verificar si el paciente cumple con los criterios de elegibilidad. Para autorizar el procedimiento, el ciudadano debe presentar un consentimiento libre e informado, y comprobar que padece un sufrimiento intenso derivado de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad incurable.
El texto busca evitar zonas grises en los diagnósticos. Por ello, se detalla que la evaluación no recaerá en un solo profesional, sino en un equipo multidisciplinario que deberá emitir un informe vinculante en plazos perentorios, buscando evitar la burocratización del proceso.
Durante la sesión, las bancadas debatirán la regulación de la objeción de conciencia, uno de los puntos más observados por los colectivos jurídicos durante la redacción del informe. Este mecanismo legal permite a los galenos negarse a ejecutar el procedimiento por convicciones éticas o religiosas.
#AsambleaHoy | Compartimos la convocatoria de la sesión N.º80 del Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador, prevista para el martes 24 de marzo del 2026. pic.twitter.com/eXpqSALYaX
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) March 23, 2026
Sin embargo, para evitar que esta objeción se convierta en una barrera de acceso o paralice la atención en la red hospitalaria, el articulado establece una obligación institucional ineludible. El Ministerio de Salud Pública (MSP) asume la competencia exclusiva de gestionar la provisión de fármacos.
La cartera de Estado deberá garantizar que existan profesionales habilitados y stock de medicamentos en todas las zonas del país, evitando que la falta de personal derive en la vulneración de derechos de los usuarios que ya cuentan con la aprobación del comité.
El debate de este martes también recogerá las posturas de los sectores civiles. Durante la fase de socialización en la comisión, expertos advirtieron sobre la necesidad de blindar el proceso contra presiones de terceros o deficiencias estructurales del sistema de salud pública, que actualmente enfrenta quejas constantes por falta de insumos básicos e impagos en diversas casas de salud a nivel nacional.

Su aprobación no será este martes
Tras las intervenciones de los 137 legisladores, el proyecto normativo no se votará de inmediato. El texto retornará a la Comisión de Salud, mesa que deberá sistematizar las observaciones técnicas y jurídicas presentadas en el Pleno para estructurar el informe para segundo debate, fase donde se ejecutará la votación definitiva para su eventual publicación en el Registro Oficial.