Carnaval
Globos de agua, protagonistas del Carnaval, cuya uso en Guayaquil y Quito está regulado por ordenanzas municipales con posibles sanciones.foto: Expreso

¿Es legal mojar en Carnaval? Multas y sanciones en Guayaquil y Quito

¿Agua o multas? Conoce las sanciones y restricciones vigentes en Quito y Guayaquil para este Carnaval 2026

Con la llegada del feriado, el uso de espuma, anilina y agua vuelve al centro del debate ciudadano. Aunque en barrios periféricos de Ecuador la costumbre de arrojar agua a transeúntes persiste, la legislación local es clara: el derecho al juego termina donde empieza la integridad del otro y el cuidado del patrimonio.

Tanto en Quito como en Guayaquil, las normativas no prohíben el Carnaval per se, pero sí castigan el uso indebido del espacio público, el desperdicio de recursos y las agresiones a personas que no consienten participar en la festividad.

Quito: Cero tolerancia en piletas y monumentos

En la capital, el Municipio refuerza los controles en plazas y avenidas para evitar daños a la infraestructura. La normativa metropolitana se apoya en dos pilares económicos para disuadir el juego brusco:

  • Ordenanza 201 (Uso de Espacio Público): Jugar en piletas, fuentes o lagunas ornamentales conlleva una multa de $100. Esta medida busca proteger los sistemas de bombeo y el valor histórico de los monumentos.
  • Ordenanza 332 (Gestión de Residuos): Arrojar basura o ensuciar la vía pública con sustancias difíciles de remover tiene una sanción del 20% del Salario Básico Unificado ( $92).

Además, las autoridades han advertido que mojar a personas contra su voluntad o mediante la fuerza puede ser canalizado como una contravención de cuarta clase por generar molestias en espacios públicos.

Guayaquil: Ordenanzas contra el "bloqueo" y el mal uso del agua

A diferencia de la capital, en Guayaquil la estrategia se divide entre la "culturización" de la fiesta y el control de la seguridad ciudadana. Si bien la Empresa Municipal de Turismo fomenta desfiles y eventos masivos, la Ordenanza para el Uso del Espacio Público prohíbe el cierre de calles para la colocación de piscinas inflables sin autorización.

En el Puerto Principal, las sanciones se enfocan en tres frentes

  • Piscinas en la calle: Colocar piscinas inflables en aceras o calzadas que impidan el libre tránsito conlleva multas de hasta un salario básico ($482).
  • Seguridad vial: Agentes municipales y la Policía intervendrán ante agresiones con agua a vehículos en movimiento, una práctica prohibida para evitar accidentes y conductas irregulares.
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Recomendaciones para un feriado sin multas

Para evitar contratiempos con la justicia local, se recomienda limitar el juego a espacios privados y con consentimiento mutuo. El uso de sustancias peligrosas o el lanzamiento de objetos desde edificios hacia la calle no solo incurre en multas municipales, sino que podría derivar en procesos civiles si se causan daños a terceros o a la propiedad privada.

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