
Noboa busca sustituir la licencia ambiental por una "autorización" en la minería
El proyecto urgente plantea cambiar el permiso y aplicar el silencio administrativo positivo para "agilizar la inversión"
El proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos, remitido este 28 de enero del 2026 por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional, propone un cambio estructural en la gestión ambiental del Estado.
De una "licencia" a una "autorización"
La reforma busca sustituir el requisito de la "Licencia Ambiental" por una "autorización ambiental" y establecer plazos perentorios para su aprobación. Según la justificación oficial del Ejecutivo, el régimen vigente impone "cargas procedimentales desproporcionadas" que han provocado la inmovilización de capital y la pérdida de ingresos fiscales. Esto también se propone meses después de que se suspendiera la actividad de la empresa Dundee Precious Metals en Quimsacocha.

¿Se debilita el control minero?
Bajo el argumento de "superar trabas regulatorias" y frenar la "inseguridad jurídica", el articulado plantea un esquema de aprobación expedita. Si bien el Gobierno dice que busca reactivar inversiones que proyectan exportaciones por 4.330 millones hacia 2030, la redacción de la norma debilitaría el control preventivo: al cambiar la figura de licencia por autorización, se reducen los estándares de evaluación técnica y participación ciudadana exigidos jurisprudencialmente para actividades de alto impacto. Esto pasaría si la "autorización" que se propone no se legisla con estándares similares.
Un 'silencio' que aprueba proyectos
El punto más crítico de la propuesta es la instauración del silencio administrativo positivo. La modificación planteada al artículo 78 de la Ley de Minería dispone que la Autoridad Ambiental tendría un plazo máximo de seis meses para pronunciarse sobre los estudios y la nueva autorización.
El texto del proyecto establece que, si el Ministerio del Ambiente no responde en ese lapso, "se entenderá que no existe oposición ni impedimento" para iniciar las actividades mineras.
Para el agua, el plazo es de 30 días
La agilización de trámites también afectaría a los recursos hídricos. La reforma al artículo 26 determina que, para los actos administrativos previos, la Autoridad Única del Agua tendría apenas 30 días para emitir informes sobre afectaciones a cuerpos de agua superficial o subterránea.

Al igual que en el caso ambiental, el proyecto dicta que el silencio de la autoridad en este periodo validaría la operación. El Ejecutivo sostiene que estas medidas son necesarias para evitar la "paralización/ralentización de proyectos".
15 años de exploración continua
Finalmente, el proyecto propone modificar los plazos de exploración minera, unificándolos en un solo periodo de 15 años (4 de inicial y 11 de avanzada) . Lo relevante es que la norma eliminaría la necesidad de una autorización previa para pasar de la fase inicial a la avanzada. Actualmente, este paso requiere control porque la exploración avanzada implica perforaciones y mayor impacto; con la reforma, la transición sería automática.
Este Diario continúa a la espera de una entrevista con las autoridades ambientales estatales, para contrastar sus propuestas contra las exigencias ciudadanas.