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Tasa minera Ecuador
La tasa de fiscalización minera fue aprobada en mayo de 2025 por la Agencia de Regulación y Control Minero.Cortesía / Cámara de Minería del Ecuador

Gobierno impone ultimátum: empresas deben pagar la tasa minera

Arcom inició la vía coactiva contra las firmas. La reforma legal prevé que el no pago dé paso a la caducidad de concesiones

El “amable recordatorio” que recibieron en agosto de 2025 las empresas mineras, que no cancelaron en julio pasado la polémica tasa de fiscalización, escaló. La Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) notificó durante la primera semana de septiembre de 2025 a estas firmas con el inicio del proceso de coactiva.

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Las empresas que tienen concesiones en mediana, gran minería, régimen general y licencias de comercialización debían cancelar hasta el 31 de julio de 2025 un proporcional de la tasa de fiscalización, creada en mayo pasado por la Arcom. La imposición tiene como objetivo, entre otros, fortalecer a esta entidad para combatir la minería ilegal, según ha señalado el Gobierno.

El sector, sin embargo, advirtió que esta tarifa era “inviable” porque afecta a esta industria especialmente en su etapa de exploración. Y supera incluso, en ciertos casos, los costos operativos. La Cámara de Minería del Ecuador (CME) citó, por ejemplo, que una firma debe pagar hasta $ 6,8 millones anualmente, más que sus costos de operación al año ($ 2 millones).

Ante esta situación, el sector presentó ante la Corte Constitucional siete acciones en contra de esta imposición. Con esta medida se buscaba dejar en suspenso su aplicación mientras se resolvía el tema de fondo. Pero el máximo órgano de justicia aún no se ha pronunciado sobre este tema.

Así, una vez cumplido el plazo limite y tras remitir solicitudes de pago voluntario, la Arcom decidió iniciar el proceso de coactiva en contra de las compañías que no cumplieron con este desembolso.

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Diario EXPRESO consultó el 30 de julio de 2025 al Viceministerio de Minas el número de empresas que cumplieron con el pago, pero no respondió. El sector, por su parte, refiere que la recaudación llegó a alrededor del 20 %. En ese mes debían consignar este valor los titulares de 399 concesiones.

¿Qué establece el ultimátum dado por el Gobierno a las empresas mineras?

Las notificaciones de orden de pago inmediato remitidas por la Arcom, a las que tuvo acceso Diario EXPRESO, establecen un plazo de entre tres y cinco días laborables para consignar los valores pendientes. De no hacerlo se dispone la retención de los fondos de las cuentas bancarias, pólizas de acumulación o cualquier tipo de inversión; la prohibición de enajenar vehículos, bienes inmuebles y transferir las participaciones, acciones o propiedades.

Para Stevie Gamboa, abogado minero, la medida tomada por el Gobierno es “grave” porque se trata de una tasa que “no cuenta con soporte técnico” y pretende recaudar más de $ 220 millones para una entidad (Arcom) que gasta $ 7 millones al año. “Se está usando la capacidad coactiva que la Ley establece solo para el cobro de multas”.

Además, tras advertir que el no pago de esta tarifa no implicaba el retiro de la concesión, según la norma, como lo informó ya este Diario, se modificó la Ley, advirtió Gamboa.

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En la Ley de Transparencia Social, conocida como Ley de Fundaciones, la Asamblea Nacional introdujo, entre otros, una reforma a la Ley de Minería, que modifica el artículo 110 relacionado con la Caducidad de la concesión por falta de pago.

Ahora las concesiones mineras entregadas por el Gobierno caducan cuando sus titulares han dejado de pagar las patentes, tasas, regalías y demás derechos o tributos establecidos en la presente Ley y su Reglamento, detalla la norma, que fue publicada el 28 de agosto de 2025 en el Registro Oficial. 

Previo a esta modificación, la norma señalaba como causales para la caducidad de las concesiones que las empresas no cancelen las regalías, las patentes y las utilidades, que reciben los trabajadores y el Estado. La tasa no constaba en la Ley ni en el reglamento. Pero las condiciones cambiaron.

“Esto es gravísimo, la reforma pone al sector al borde de la expropiación”, alertó Gamboa.

La Ley recién reformada no aplica para el retiro de concesiones, por el incumplimiento de la tasa en julio de 2025, porque no es retroactiva, pero si podría usarse para enero de 2026, cuando corresponde el segundo pago, precisó Santiago Yépez, consultor minero. 

Es dificil explicar en los mercados que los recursos que se iban a destinar para exploración deben destinarse para pagar una tasa".

Santiago Yépez

Consultor minero

Las empresas que se dedican a mediana, gran minería, régimen general y licencias de comercialización cancelan de manera semestral (julio y enero). A la pequeña minería le corresponde en enero, una sola vez al año.

"Es preocupante porque sobre todo las empresas de exploración no tienen los fondos necesarios para cancelar valores tan altos. Y, además, es dificil explicar en los mercados que los recursos que se iban a destinar para exploración deben destinarse para pagar esta imposición", detalló Yépez.

Ante este cambio de reglas, las firmas podrían presentar acciones legales que incluso podrían llegar a demandas de arbitraje internacional porque se están incumpliendo los contratos suscritos y atenta a la seguridad jurídica, refirió Fernando Santos, exministro de Energía y Minas. “El Gobierno actual está repitiendo en el campo minero lo mismo que hizo el expresidente Rafael Correa, en el sector petrolero, sacar del país a las compañías a través de impuestos ilegales”.

Durante el Gobierno del expresidente Correa, varias firmas petrolera se retiraron o redujeron presencia por un cambio drástico de reglas: migración de contratos de participación a servicios con tarifa fija (2010). Además, el impuesto a las ganancias extraordinarias subió del 50 % al 99 % (2007) y hubo presión con amenazas de terminación de contratos para quienes no aceptaran. Esto derivó en arbitrajes internacionales (Burlington, Perenco y otras).

Las firmas mineras pueden acudir a instancias legales

Las empresas podrían también cancelar la tarifa o iniciar acciones legales para evitar su pago, justificando que no se trata de una tasa, si no de un impuesto, refirió Yépez. Estos recursos se deben presentar ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Otra salida sería renunciar a las áreas otorgadas.

El presidente Daniel Noboa se comprometió en la feria minera más importante, en Canadá, a respetar los contratos y la Ley, pero después impuso esta tasa. Está actuando igual que el expresidente Rafael Correa”.

Fernando Santos

Exministro de Energía y Minas

Además, añadió que aquellas empresas que firmaron con el Estado contratos de inversión, que se encuentran vigentes, podrían alegar que la tarifa es atentatoria contra la estabilidad tributaria pactada en los acuerdos. 

“El presidente Daniel Noboa se comprometió en la feria minera más importante, en Canadá, a respetar los contratos y la Ley, pero después impuso esta tasa. Está actuando igual que el expresidente Rafael Correa”, reiteró el exministro de Energía y Minas.

EXPRESO consultó al Viceministerio de Minas sobre las acciones tomadas ante el incumplimiento en el pago de la tasa de fiscalización minera y está a la espera de su respuesta.

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