
El registro de plantaciones bananeras sin permiso, se aplicará con multa previa
Un acuerdo ministerial marca las pautas para la formalización de cultivos no autorizados
Las plantaciones bananeras que, sin autorización, fueron sembradas hasta el 24 de noviembre de este año en el país, podrán ser registradas oficialmente, una vez que se haya pagado la multa correspondiente que, según la ley, es de 150 salarios mínimos vitales ($ 600 por hectárea).
El procedimiento fue definido en el Acuerdo Ministerial 132 firmado el pasado 3 de diciembre por el nuevo ministro de Agricultura, Juan Carlos Vega, que reforma el instructivo para aplicar la Ley de Comercialización de Banano y complementa el Decreto Ejecutivo que da paso a la formalización de cultivos, aprobado el pasado 24 de noviembre de 2025.
El decreto plantea que las siembras no autorizadas podrán registrarse hasta el 31 de diciembre de 2026. No obstante el Acuerdo Ministerial plantea una diferenciación de multas, según el tiempo en que se haga la solicitud del registro. Si el trámite se aplica hasta el 31 de diciembre de este año, la multa será de $ 600 por hectárea; no obstante, si se realiza después de esa fecha, se tendrá que pagar un valor adicional de 10 Salarios Básicos Unificados esto es $ 4.700 más.
Una vez pagadas estas multas, se debe extender una solicitud, para su respectiva regularización, inscripción y registro del cultivo.
Banano: Pagada la multa se inicia una inspección técnica
Según el acuerdo, una vez receptada la documentación por la Dirección de Gestión de Musáceas, se designará un técnico para que, en el término de hasta 10 días, realice la inspección técnica in situ georeferencial, "con la finalidad de calcular aproximadamente la edad fenológica de las plantaciones que fueron sembradas sin previa autorización; y, realice la constatación de la superficie solicitada en la base de datos del Sistema de Control Bananero; Catastro Bananero; y, herramienta satelital.
En el término de cinco (5) días desde que concluye la inspección, remitirá a la Dirección de Gestión de Musáceas, el informe de inspección in situ georeferencial que contenga de forma expresa el nombre del productor, la ubicación del predio, determinando el área de siembra no autorizada y mapa geo referenciado del predio, indicando el área de la siembra no autorizada, que estará relacionado al Formulario de Inspección in situ Georeferencial.
Sincerar el mercado
Desde el sector exportador califican como positiva esta medida, pues para Richard Salazar, director de la Asociación de Comercialización y Exportación de Banano (Acorbanec), es sincerar una práctica que venía sosteniendo parte de la dinámica que ya se está dando en el mercado. "Se trata de regularizar aquellas plantaciones que ya están producción, generando fruta que se está exportando y generando con ello divisas". Una medida oportuna, acota, pues asegura una oferta formal ahora que a nivel mundial hay una reducción de la producción. "Por eso es que hemos logrado un ligero incremento de las exportaciones de banano, producto de estas hectáreas que no estaban autorizadas", dijo.
No obstante, esto genera preocupación en productores de banano. Que temen que una regularización de plantaciones genere una sobreoferta y afecte los precios del mercado. Los productores bananeros de la provincia de El Oro anunciaron el pasado 27 de noviembre acciones legales contra el Decreto Ejecutivo 231, pues también consideran que esto beneficiaría solo a grandes exportadores, que tienen sus propios cultivos.
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