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Los adulots mayores pueden acercarse al SRI para consultar el estado de su trámite.cortesía

Devolución de IVA: Qué hacer si el SRI no responde a reclamos a adultos mayores

Miles de adultos mayores eno han recibido la devolución del IVA, un beneficio que les corresponde por ley

Durante varios meses, miles de adultos mayores en Ecuador no han recibido la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), un beneficio que les corresponde por ley. La falta de acreditación de estos valores ya enfrenta acciones legales.

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Una de estas iniciativas fue presentada por Henry Llanes, junto con Julio Moscoso y Medardo Luna, quienes interpusieron una acción de protección ante los tribunales

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Devolución del IVA: acción de protección por pagos atrasados avanza en Quito

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Llanes, presidente del Frente Nacional por un nuevo IESS, explicó que la medida responde a los reiterados atrasos en la entrega de recursos por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, entidad encargada de transferir los fondos para que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecute la devolución del IVA a adultos mayores y personas con discapacidad.

Según Llanes, aunque la Ley del Adulto Mayor establece un plazo de hasta 90 días para cumplir con el pago- tiempo que calificó como “excesivo”-, en la práctica este periodo tampoco se estaría respetando.

Plazos y reclamos administrativos

En términos generales, el procedimiento contempla que el SRI acredite el monto correspondiente en un plazo de hasta 60 días hábiles desde la aprobación de la solicitud. Si este tiempo se excede, el beneficiario puede presentar un reclamo formal, ya sea a través de los canales en línea o de manera presencial en las oficinas de la entidad.

Antes de iniciar un reclamo, especialistas recomiendan verificar que la cuenta bancaria registrada esté activa y correctamente ingresada en el sistema, ya que inconsistencias en la información, errores en los comprobantes o fallas de procedimiento pueden generar retrasos o rechazos.

El primer paso ante un atraso es consultar directamente con el SRI para conocer el estado del trámite. Este acercamiento puede permitir aclarar observaciones pendientes y evitar un proceso legal más complejo.

¿Qué hacer si no hay respuesta?

Cuando el procedimiento administrativo no ofrece una solución, el siguiente recurso es acudir a la vía contenciosa-tributaria. En este caso, el contribuyente puede presentar una demanda ante los tribunales competentes dentro del plazo que establece la ley, generalmente 60 días hábiles desde la notificación de la resolución. Debido a la complejidad del proceso, se requiere el acompañamiento de un abogado especializado en materia tributaria.

Otra alternativa es la vía constitucional. En determinadas circunstancias, los afectados pueden presentar una acción de protección alegando la vulneración de derechos como la atención prioritaria, el debido proceso o el derecho a una vida digna.

Este mecanismo ha sido utilizado por grupos de adultos mayores que consideran que los retrasos en la devolución del IVA impactan directamente en su economía y bienestar, especialmente en un contexto en el que muchos dependen de ingresos fijos o pensiones reducidas.

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