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En el sector de la gastronomía se aplica las jornadas flexibles y días libres.Archivo/Expreso

Burbano: “Las horas extras se pueden pagar con dinero o día libre”

El acuerdo no está vigente, dijo el ministro Burbano. El plan no es nuevo, hay sectores que aplican jornadas flexibles

La propuesta de flexibilización de la jornada laboral impulsada por el Ministerio de Trabajo ha abierto un amplio debate jurídico, económico y social. Para algunos especialistas, no introduce una nueva realidad en el país, sino que busca regular prácticas que desde hace años ya funcionan en distintos sectores productivos.

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En entrevista con Diario EXPRESO, el abogado laboral Franklin Lituma sostiene que muchas empresas aplican esquemas de turnos extendidos sin que exista una normativa moderna que los respalde. “Nuestro Código de Trabajo es de 1937. Las economías han cambiado y la ley no ha evolucionado al mismo ritmo”, afirma. A su criterio, la iniciativa del Ministerio busca dar un marco legal a dinámicas que ya operan en hospitales, seguridad privada, camaroneras o actividades que requieren continuidad operativa.

Lituma aclara que el debate no debería centrarse en un aumento de horas, sino en la distribución de la jornada y la garantía del descanso. Explica que uno de los puntos clave es que las horas que superen las ocho diarias puedan compensarse con días libres adicionales, en lugar de pagarse como suplementarias, siempre que se respete el ingreso pactado y no exista reducción salarial. Para él, la condición indispensable es que exista mutuo acuerdo y supervisión del Ministerio de Trabajo para evitar presiones o abusos.

En la misma línea de análisis técnico, la abogada laboral Vanessa Velásquez considera que la propuesta no debe satanizarse, pero sí requiere mayor claridad jurídica. Advierte que el borrador conocido deja dudas sobre cómo se manejarían los recargos nocturnos o las horas extraordinarias en casos específicos. “Si la compensación es en descanso y no en dinero, estamos hablando de una modalidad distinta de jornada que necesita consentimiento expreso del trabajador”, explica.

Velásquez pone como ejemplo el esquema de trabajar cuatro días de 10 horas para completar las 40 horas semanales. En ciertos casos -como madres o estudiantes- podría resultar beneficioso, siempre que no se excedan los límites legales. Sin embargo, insiste en que la norma debe estructurarse por sectores económicos, ya que no es lo mismo la dinámica de una tienda en un centro comercial que la de una agroexportadora.

La diferencia est´á en pagar con tiempo

Desde el Ejecutivo, el ministro de Trabajo, Harold Burbano, defendió la propuesta en entrevista con Teleamazonas. Aseguró que el acuerdo ministerial aún no ha entrado en vigencia, pues toda norma con efectos generales debe publicarse en el Registro Oficial para ser válida, conforme a lo señalado por la Corte Constitucional.

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Burbano sostiene que la propuesta mantiene intacto lo establecido en el Código de Trabajo: 40 horas semanales, “8 horas diarias, 2 horas extra que se podrían aumentar que pueden ser pagadas a través de dinero o de ser el caso con esta normativa, lo que se puede hacer es pagarlo con tiempo”. La diferencia radica en que esas horas adicionales podrían compensarse con tiempo de descanso o dinero, previo acuerdo entre las partes. “Lo más valioso que tenemos es el tiempo”, expresó, al explicar que un trabajador podría laborar 10 horas durante cuatro días y descansar tres.

El ministro añadió que la modalidad no será obligatoria y que requerirá aprobación del Ministerio, además de canales de denuncia anónimos para garantizar el respeto a los derechos laborales.

El exministro de Trabajo Patricio Donoso también ve aspectos positivos en la iniciativa. Considera que una distribución “inteligente” de las 40 horas podría mejorar la productividad. Cita como ejemplo a restaurantes que podrían trabajar 10 horas de martes a viernes -cuando hay mayor clientela- y cerrar lunes, día de menor demanda. Sectores como panaderías o floricultura, dice, podrían beneficiarse de esquemas similares. “Si le va mejor al negocio, le va mejor a la estabilidad de sus trabajadores”, afirma.

El movimiento sindical se opone

Sin embargo, desde el movimiento sindical surgen críticas. El presidente nacional del Frente Popular de Trabajadores, Nelson Erazo, advierte que permitir jornadas de hasta 10 horas diarias podría suprimir en la práctica el pago de horas suplementarias. A su juicio, eso implicaría sobreexplotación laboral y mayor concentración de riqueza en manos de los empleadores.

No hay que satinizar. Pero sí es necesario dar más información y detallar en el acuerdo qué pasa si la persona trabaja 10 horas de noche, ¿se paga o no el recargo nocturno?

Vanessa Velásquez

abogada en lo laboral

Así, mientras el Gobierno defiende la flexibilización como un mecanismo para dinamizar el empleo y adaptar la normativa a la realidad productiva, juristas y actores sociales coinciden en un punto clave: la necesidad de claridad, control y consenso para evitar vulneraciones de derechos en el proceso de modernización laboral.

Frente al riesgo de abusos, el abogado Lituma subraya que el elemento esencial debe ser el mutuo acuerdo entre empleador y trabajador, con supervisión obligatoria del Ministerio de Trabajo. “No puede ser un acuerdo impuesto. Tiene que registrarse y contar con la garantía de no despido por negarse a aceptarlo”, sostiene. De lo contrario, dice, la autoridad laboral debe intervenir. En caso de que un trabajador no acepte la jornada extendida y la empresa decida terminar la relación laboral, Lituma recuerda que correspondería el pago de indemnizaciones conforme a la ley. Sin embargo, enfatiza que el objetivo debe ser construir mecanismos que eviten que la negativa se convierta en una presión encubierta. Sobre la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la propuesta, el especialista considera que solo habría fundamento si se demuestra afectación de derechos, especialmente en materia de descanso o remuneración. “Si no hay rebaja salarial ni vulneración del descanso, no veo afectación directa”, opina, aunque aclara que la última palabra la tiene la Corte Constitucional.

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