
Décimo tercero para jubilados del IESS: así será el pago en diciembre 2025
Los jubilados y pensionistas que no mensualizaron su décimo recibirán en diciembre de 2025 su pensión y pago adicional
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cancelará en diciembre de 2025 el décimo tercer sueldo a los jubilados y pensionistas que no han mensualizado este pago, según establece la normativa. Este beneficio, conocido también como bono navideño, es un derecho para todos quienes reciben pensiones por jubilación y beneficiarios de montepío del Seguro de Pensiones.
El IESS suele acreditar este valor hasta antes del 20 de diciembre, junto con el pago mensual habitual de la pensión. Es decir, en diciembre de 2025 los jubilados y pensionistas tendrán dos ingresos.
Décimo tercero para jubilados del IESS: ¿Cómo calcular el monto que recibirá?
Para calcular qué monto recibirá de décimo tercero se debe aplicar una regla sencilla. Se debe sumar todas las pensiones recibidas en el año y dividirla para 12.
La Ley de Seguridad Social establece que los pensionistas reciben un décimo tercer ingreso anual equivalente al promedio mensual de lo recibido en el año. La liquidación se realiza exclusivamente con base en los valores efectivamente pagados por el IESS, precisa la entidad.
- Así, si el jubilado recibió pensión durante los 12 meses, obtendrá el equivalente a una pensión mensual completa.
- Mientras tanto, si comenzó a percibir su pensión en algún mes intermedio, el cálculo será proporcional.
Ejemplos de cálculo
Si un jubilado recibe $ 500 mensuales durante todo el año:
$500 × 12 = $6.000
$6.000 / 12 = $500 de décimo tercero
Si un jubilado que empezó a cobrar en abril y recibe $500 mensuales:
Meses cobrado: 9
$500 × 9 = $4.500
$4.500 / 12 = $375 de décimo tercero
En el caso de un pensionista de montepío que recibe $350 mensuales, por ejemplo, durante todo el año:
$350 × 12 / 12 = $350
Décimo tercero para jubilados del IESS: ¿Cuándo se realizará el pago?
Todos los jubilados y pensionistas de montepío (viudez, orfandad) recibirán el bono navideño, que es ingreso adicional que se emplea tradicionalmente para las compras de diciembre.
El IESS refiere que este pago no requiere trámite, se deposita automáticamente en la misma cuenta registrada por el pensionista. Los valores usualmente se acreditan hasta el 20 de cada mes.
El artículo 183 de la Ley de Seguridad Social establece que "con excepción del subsidio para auxilio de funerales, todas las demás prestaciones se pagarán en 12 mensualidades iguales por cada año calendario; pero, adicionalmente, habrá una décimotercera mensualidad que se pagará en diciembre en todo el país”.
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