
Corte Constitucional ordena que acuerdo comercial con Corea pase por la Asamblea
El tratado Ecuador–Corea necesita la aprobación legislativa al crear una zona de libre comercio y cambios en la normativa
El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador determinó que el Acuerdo Estratégico de Cooperación Económica entre la República del Ecuador y la República de Corea del Sur deberá contar con aprobación legislativa previa a su ratificación.
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La decisión fue emitida por el máximo órgano de control constitucional, tras realizar el análisis previo obligatorio de este instrumento internacional. El acuerdo fue suscrito el 2 de septiembre de 2025 por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones del Ecuador y el Ministerio de Comercio, Industria y Energía de Corea del Sur, y remitido posteriormente por el Presidente de la República para el respectivo control constitucional.
Luego de examinar el contenido del tratado, la Corte concluyó que el acuerdo compromete al país en un proceso de integración y comercio, al establecer una zona de libre comercio entre ambos Estados, lo que activa la causal 6 del artículo 419 de la Constitución. Además, identificó disposiciones que implican la necesidad de expedir o modificar normas legales internas, especialmente en materia de sanciones vinculadas a procedimientos aduaneros, reglas de origen y derechos de propiedad intelectual, lo que encuadra en la causal 3 del mismo artículo constitucional.
El acuerdo analizado es amplio y complejo. Está conformado por 23 capítulos que regulan, entre otros aspectos, el acceso a mercados, la reducción y eliminación progresiva de aranceles, reglas de origen, procedimientos aduaneros, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio, defensa comercial, comercio de servicios, servicios financieros, telecomunicaciones, comercio electrónico, propiedad intelectual, contratación pública, competencia, trabajo, medio ambiente, cooperación sectorial y solución de controversias entre Estados.
La Corte precisó que el tratado no aborda temas territoriales, no establece alianzas políticas ni militares, ni compromete el patrimonio natural del país. Asimismo, descartó que se deleguen competencias propias del orden jurídico interno a organismos internacionales o supranacionales, ya que los comités creados en el acuerdo tienen funciones de coordinación, supervisión e interpretación del propio tratado.
En cuanto a los derechos y garantías constitucionales, el organismo concluyó que el acuerdo no los afecta, sino que, por el contrario, incorpora disposiciones orientadas a fortalecer la tutela judicial, los derechos laborales, la protección ambiental y la cooperación internacional en estos ámbitos.
Con base en este análisis, el Pleno de la Corte Constitucional resolvió que el acuerdo debe ser sometido al conocimiento y aprobación de la Asamblea Nacional antes de su ratificación, conforme lo exige la Constitución. Además, dispuso la publicación íntegra del texto del tratado en el Registro Oficial y en el portal institucional de la Corte, a fin de que, en un plazo de diez días, cualquier ciudadano pueda intervenir para defender o impugnar su constitucionalidad, total o parcial.
El dictamen fue aprobado con el voto favorable de los nueve jueces que integran el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión jurisdiccional celebrada el 22 de enero de 2026.
Los beneficios para Ecuador
Con la entrada en vigor del SECA, el 98,8 % de la oferta exportable ecuatoriana hacia Corea del Sur ingresará con arancel 0 %, lo que permitirá a productos tradicionales como camarón, cacao, café, banano, pesca, lácteos y chocolates, así como a nuevos bienes como cárnicos, papas congeladas, piña y arándanos, llegar con mayor competitividad a un mercado de más de 51 millones de consumidores, según indicó el ministerio de Producción.
Se espera que este acuerdo impulse un crecimiento del 27 % en las exportaciones no petroleras hacia Corea del Sur, ampliando las oportunidades especialmente para las mipymes, artesanos, economía popular y solidaria, un segmento que tiene gran participación en este mercado.
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