LOS ADULTOS MAYORES
Un grupo de adultos mayores piden que la devolución del IVA en la fecha que la ley determina.Archivo/Expreso

Audiencia por retrasos en devolución del IVA: lo que está en juego

Un grupo de adultos mayores pusieron una acción de protección el 2 de septiembre de 2025

Este viernes 21 de noviembre de 2025, a las 10:00, se instalará en la Unidad Judicial de la Mujer, Niñez y Adolescencia Norte, en Guayaquil, la audiencia por la acción de protección presentada debido al retraso en la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a adultos mayores y personas con discapacidad. La causa se desarrolla en la Torre 10 del complejo judicial de la Florida.

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El abogado Jorge Iturburu explica a Diario EXPRESO que la audiencia se realiza porque, hasta el momento, el Gobierno no ha cumplido con la devolución del IVA en los plazos que establece la ley. Aunque en septiembre de 2025 se anunció que los pagos se habían regularizado, quienes impulsan la acción sostienen que esas afirmaciones no se reflejan en la práctica: varios beneficiarios no han recibido valores pendientes, incluso desde el año pasado.

En efecto el Servicio de Rentas Internas (SRI) públicamente señaló que en septiembre hizo la devolución del IVA a más de 500.000 beneficiarios, la entidada aseguró que había acreditado 130 millones de dólares para ponerse al día. Pero nuevamente los adultos mayores se quejan de que hay atraso en la devolución del dinero y lo han expresado en las redes sociales. Algunos aseguran que no les devuelven el recurso desde mayo.

Lo que dice la ley sobre la devolución

La base jurídica del reclamo está en el decreto 374, cuyo artículo 181 establece el derecho de las personas adultas mayores a la devolución del IVA en un plazo de 60 días luego de presentada la solicitud. Según el demandante, los retrasos actuales exceden ampliamente ese límite.

El incumplimiento, afirma, podría configurar una vulneración de derechos constitucionales, pues no se trata de una ayuda discrecional sino de la devolución de un valor ya pagado por los contribuyentes. También recuerda que la Ley de Personas Adultas Mayores ordena atención prioritaria, y que la devolución del IVA es un mecanismo que ayuda directamente a su economía.

¿Qué ocurre si la jueza falla a favor de los demandantes?

Si la jueza acoge la acción de protección, según la explicación jurídica, el fallo obligaría al Estado —a través del Ministerio de Finanzas y del Servicio de Rentas Internas (SRI)— a realizar el pago en un plazo de 24 horas y acreditar los valores a las cuentas de los beneficiarios.

Si la sentencia no se cumple, los afectados podrían presentar una denuncia por incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad, tipificado en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal. Además, existe la posibilidad de acudir a la Corte Constitucional para solicitar la aplicación del procedimiento de incumplimiento de sentencia, que contempla sanciones administrativas e incluso la destitución de los funcionarios responsables, detalla Iturburu.

¿Y si el fallo es en contra?

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Si la jueza no da la razón a los demandantes, el siguiente paso sería apelar ante una sala de la Corte Provincial de Justicia. De mantenerse un fallo desfavorable, aún se podría presentar una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional.

Mientras avanza el proceso, los demandantes insisten en que la falta de devolución afecta a un grupo vulnerable: adultos mayores y personas con discapacidad, para quienes estos valores representan un apoyo directo en su economía mensual.

"Este dinero retenido a este grupo etario del país, debe estar en una cuenta especial y no constar en la Cuenta Única del Tesoro Nacional, ya que debe ser devuelto inmediatamente. Los adultos mayores necesitamos nuestro dinero para adquirir algo de medicamentos, medio alimentarnos, transporte y otras necesidades urgentes y prioritarias", señala Harry Valarezo, uno de los adultos mayores que firma en la acción de protección puesta. Agrega que son muchos los que nuevamente tienen varios meses esperando el cumplimiento del SRI. "En mi caso el 22 de septiembre de 2025 me devolvieron el IVA en mayo de 2025, quedando pendientes de devolución los meses de: junio, julio, agosto, septiembre y octubre del presente año", remarca Valarezo.

La primera audiencia por este caso fue suspendida dos veces porque quienes solicitaron la acción de protección tuvieron problemas de salud, pero aseguraron a Diario EXPRESO que ya están listos para asistir este viernes 21 de noviembre de 2025.

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