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El presidente Daniel Noboa impulsa una nueva Asamblea Constituyente.Cortesía: Presidencia.

Daniel Noboa pone la carreta delante de los bueyes | Por Roberto Aguilar

Análisis | En lugar de leyes que concuerden con la constitución, Noboa quiere una constitución que concuerde con sus leyes

De los proyectos de reforma política de Daniel Noboa el país apenas si tiene noticia. Y lo poco que se sabe produce más sospechas que seguridades. Parece claro que no es la tan postergada y anhelada reforma política lo que persigue el presidente cuando propone redactar una nueva carta política, sino crear el marco constitucional que le permita poner en vigencia un conjunto de leyes (hoy inconstitucionales) que le servirán para concentrar el poder aún más de lo que ya tiene concentrado. Si lo normal es poner las leyes en concordancia con la constitución, la operación que se ha propuesto Noboa es exactamente la inversa: poner la constitución en concordancia con sus leyes.

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En lo que a reforma política se refiere, había propuesto el presidente (a sabiendas de que no pasaría el control constitucional de primer momento, porque esto ya ocurrió en el pasado) incluir en la consulta popular una pregunta para eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). 

Sin embargo, en los anexos respectivos dejaba intacto el sistema de selección de autoridades de control, que es lo que propiamente se debe reformar debido a los calamitosos resultados que ha dado al país desde que se aprobó la Constitución de Montecristi. 

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Las misma artimañas se usan ahora con el CPCCS

Por lo demás, el gobierno ha jugado en este organismo con las mismas armas innobles de las que se sirvió el correísmo (corrupción, manipulación, mediocridad de sus integrantes…) con el fin de controlarlo. Hoy es completamente suyo. Incluso recurrió a la triangulación política con la Asamblea para expulsar, de manera grotescamente ilegítima, al consejero que le resultaba incómodo: Gonzalo Albán. Es evidente que, si el gobierno consiente en el eliminar el CPCCS, lo hará por conveniencias electorales pero tratando de no alterar en lo más mínimo el orden de las cosas.

El poder del Consejo  de la Judicatura

En segundo lugar está el Consejo de la Judicatura, otro de los pequeños organismos revestidos de enormes poderes que se inventaron los constituyentes correístas del año 2007. Porque uno de los evidentes propósitos de la Constitución vigente fue el de otorgar al Ejecutivo el control de funciones enteras del Estado a través de otorgarle la capacidad de manejar una mayoría de tres o cuatro votos en un puñado de organismos colegiados cuyos miembros fueran fácilmente cooptables. 

A Noboa esta situación no parece disgustarle en lo más mínimo: al contrario, se sirve de ella. Y, en el caso del Consejo de la Judicatura, le resulta imprescindible. Se podría pensar en una reforma que devolviera a la Corte Nacional las tareas administrativas del aparato de justicia, así como la facultad de imponer sanciones a los jueces. 

Pero semejante idea se contrapone con la necesidad, experimentada por Daniel Noboa, de contar con un Mario Godoy (impresentable ex abogado de narcotraficantes, involucrado él mismo en un escándalo de manipulación de la justicia: el caso Pendrive) para administrar, desde la presidencia de la Judicatura, lo que se pretende sea la declaratoria de emergencia de la Función Judicial, que permitirá al presidente poner y sacar jueces a dedo en función de sus necesidades políticas y hasta personales. La Ley de Solidaridad, que se inventaba esa figura, fue declarada inconstitucional este viernes por la Corte “enemiga del pueblo”, pero está claro que el gobierno corregirá esta situación en la próxima Constituyente.

Nuevos vocales principales (primera fila) y suplentes del Consejo de la Judicatura.
Los nuevos vocales principales (primera fila) y suplentes del Consejo de la Judicatura fueron posesionados en la Asamblea Nacional.ANGELO CHAMBA/EXPRESO

Otros organismos diminutos que concentran grandes poderes son el Tribunal Contencioso Electoral (que el gobierno pasó a controlar luego de una suerte de golpe de estado ilegítimo que primero depuso y después expulsó al juez incómodo) y el Consejo de Administración Legislativa (CAL), presidido por el bienmandado y poco iluminado Niels Olsen, que cumple en la Asamblea la función de filtro en el que se quedan y se desechan las leyes y los procesos de fiscalización que a Carondelet no le interesa discutir. Si el ministro de Defensa Gian Carlo Loffredo, por ejemplo, se salvó de rendir cuentas de su clamorosa responsabilidad política en el caso de los cuatro niños de Las Malvinas, secuestrados por militares y abandonados (desnudos y con signos de tortura) a merced de sus asesinos, es porque a Olsen y sus camaradas de ruta les dio el alma para alcahuetear semejante crimen.

Noboa no quiere corregir las aberraciones de Montecristi

¿Alguna propuesta ha surgido del gobierno de Daniel Noboa para corregir, vía reforma parcial o vía enmienda, estas aberraciones de la constitución de Montecristi? Ninguna en absoluto. Al contrario, no podía estar más cómodo el presidente de la República con este marco institucional. Si no fuera por el exceso de garantías, podría decirse que la constitución correísta se hizo para él. Tampoco tiene intención alguna de reformar el sistema de partidos (mejor dicho: la falta de él) más allá de consagrar el método de Hondt, que ya fue descartado en su momento, que dinamita la representación de las minorías y es el más desproporcional de todos los sistemas de repartición de escaños, digan lo que digan constitucionalistas despistados: léase el libro “Webster vs. D’Hondt”, de Rafael Estrella, de la Universidad de Cuenca, que trae abrumadora evidencia estadística sobre este particular. Así, con Hondt por delante, la reforma política tal como la concibe este gobierno consiste en la consagración de un bipartidismo a cargo de los dos movimientos más antidemocráticos del espectro político nacional: el correísmo y ADN. Y pare de contar.

¿Cuál es el motivo por el que un gobierno que no tiene la más pálida idea de reforma política decide emprender un proceso para cambiar la carta política de la República? La respuesta es, en el mejor de los casos, decepcionante; en el peor, aterradora. Durante años, los ciudadanos con conciencia democrática del país (que son la minoría) han anhelado una reforma que permita disminuir la carga de hiperpresidencialismo de la constitución de Montecristi. 

Pues bien: Daniel Noboa se ha propuesto incrementarla. Y hacerlo de la manera más drástica: suprimiendo garantías y ampliando su propio margen de impunidad. Para comprobarlo, basta con consultar los documentos fundacionales de la asamblea constituyente: el primer comunicado público en que supuestamente se la convoca (supuestamente, pues está escrito de forma tan deficiente y chapucera que en realidad el presidente no convoca nada ni dice nada en absoluto y toca adivinar sus intenciones) y los considerandos del decreto respectivo. 

Daniel Noboa sabía que sus leyes económicas urgentes, que de económicas no tienen casi nada, terminarían siendo descalificadas por la Corte Constitucional, como en efecto ocurrió este viernes. Entre otras cosas, las leyes de Solidaridad y de Integridad abren un espacio de impunidad para que la fuerza pública (Policía y Fuerzas Armadas) pueda actuar en total impunidad bajo el paraguas del conflicto armado interno. Paraguas que, como vimos en el caso de los niños de Las Malvinas, alcanza para cubrir hasta el infanticidio. Además, se crea la figura de la emergencia indefinida de la función judicial, decretada a discreción, que elimina la estabilidad de los servidores judiciales y, en consecuencia, permitirá al Ejecutivo ejercer el control de los jueces durante el tiempo que considere necesario. A eso se suma la Ley de Inteligencia, sobre la que la Corte no se ha pronunciado aún pero previsiblemente sancionará también.

Daniel Noboa Azín

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Pinchazos telefónicos sin orden judicial, obligación de todos las personas naturales y jurídicas de entregar cualquier información que solicite el Estado, así se trate de los expedientes de los clientes de una firma de abogados o las fuentes reservadas de un periodista; allanamientos sin orden judicial ni consecuencias judiciales; amnistías anticipadas para los miembros de la fuerza pública; jueces nombrados a dedo sin ningún proceso de selección o exigencia previa y otros destituidos mediante procesos sumarios… Lo que Daniel Noboa quisiera reformar no es la Constitución de Montecristi, sino… ¡la declaración universal de derechos humanos! En otras palabras: a sabiendas de que sus leyes son inconstitucionales y sin tener ninguna intención de reformarlas para hacerlas concordar con la carta magna, el presidente se ha propuesto reformar la constitución para que sea ésta la que termine concordando con sus leyes. La asamblea constituyente de Noboa consiste en poner la carreta delante de los bueyes.

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