Los jueces de la Corte Constitucional soportaron la presión de simpatizantes del Gobierno de Daniel Noboa, en septiembre 2025.
Los jueces de la Corte Constitucional definieron el futuro de preguntas que el Gobierno Nacional preveía impulsar en una consulta popular.EXPRESO

Casinos, imagen de sentenciados y reducción de asambleístas: Esto decidió la Corte

Corte Constitucional dio paso a una de las preguntas de consulta popular de Noboa. Hay vía para propuesta sobre asambleístas

La Corte Constitucional emitió un dictamen sobre el futuro de cuatro preguntas impulsadas por el Gobierno Nacional para su consulta popular. Entre los temas abordados están el regreso de los casinos a hoteles de lujo, el uso de la imagen de sentenciados en campañas electorales y la reducción del número de asambleístas.

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Sobre los casinos

La Corte Constitucional determinó que es viable plantear, mediante consulta popular, la autorización para el funcionamiento de casinos en hoteles de cinco estrellas. No obstante, el organismo sugirió modificar algunos de los considerandos “con el fin de garantizar la libertad y claridad del elector”.

Uno de los considerandos ajustados fue el que hacía referencia a los efectos económicos de la consulta popular de 2011, mediante la cual se prohibió este tipo de negocios. La Corte advirtió: “Este Organismo advierte que el considerando en análisis incorpora cifras cuya fuente no aporta certeza”. Por ello, ordenó retirar las cifras expuestas en el tercer considerando.

Daniel Noboa

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Sobre el uso de la imagen de sentenciados en campañas

En el dictamen 9-25-CP/25 se analizaron tres preguntas de consulta popular que no implican reformas constitucionales. Además de la propuesta sobre los casinos, se evaluó el uso de la imagen de personas sentenciadas en campañas electorales y una reforma a la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

Respecto al uso de la imagen de sentenciados, la Corte concluyó que la propuesta es “contraria a la libertad de expresión y la participación política, generando censura, inseguridad jurídica y una sanción adicional a la pena”.

En cuanto a las reformas a la Ley de Garantías Jurisdiccionales —norma fundamental para el funcionamiento de la Corte Constitucional— el organismo consideró que la propuesta es improcedente, ya que “no es necesario que se pretenda activar el mecanismo de consulta popular en la medida en que el presidente de la República tiene competencia para presentar proyectos de ley”.

La enmienda para reducir asambleístas

La Corte ya había establecido que este tipo de modificación debe tramitarse mediante enmienda constitucional. Es decir, no requiere pasar por la Asamblea Nacional antes de ser sometida a referendo. 

El presidente Daniel Noboa en una foto de archivo.
El presidente Daniel Noboa impulsó siete preguntas para su consulta popular y la Corte se pronunció sobre el futuro de las mismas.Presidencia De Ecuador

Sin embargo, en una segunda revisión, el organismo concluyó que la propuesta carecía de claridad tras analizar las preguntas, los considerandos y los anexos.

Pese a ello, el Ejecutivo insistió en llevar adelante esta enmienda. En ese contexto, el dictamen 9-25-CP/25 señala que la nueva propuesta puede ser tramitada a través del mecanismo de enmienda constitucional mediante referendo.

“La iniciativa pasará ahora a un segundo momento de control, en el que se revisará la claridad, neutralidad y coherencia de los considerandos, pregunta y texto normativo, antes de una eventual convocatoria al electorado”, indica el dictamen de la Corte.

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