
Asamblea tratará sentencia por desaparición forzada de cuatro niños de Las Malvinas
El Pleno de la Asamblea fue convocado para este viernes 13 de marzo con el fin de conocer la sentencia de la Corte
El Pleno de la Asamblea Nacional fue convocado para este viernes 13 de marzo con el fin de conocer la sentencia de la Corte Constitucional que declaró la desaparición forzada de Josué, Ismael, Steven y Nehemías, cuatro niños del sector de Las Malvinas, en el sur de Guayaquil. El fallo no solo reconoce la violación de derechos, sino que impone al Legislativo medidas concretas de reparación simbólica y reformas legales.
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La decisión judicial corresponde a la sentencia No. 1732-25-EP/26, emitida el 5 de marzo y suscrita el 10 de marzo de 2026 por la Corte Constitucional. El organismo aceptó una acción extraordinaria de protección presentada contra una sentencia de apelación que había negado un hábeas corpus interpuesto por la presunta desaparición de los menores.
En su análisis, la Corte concluyó que los niños fueron víctimas de desaparición forzada, una de las violaciones más graves a los derechos humanos, y estableció que existieron fallas estatales en la respuesta institucional frente al caso. A partir de ello, ordenó una serie de medidas de reparación integral dirigidas a distintas entidades del Estado, entre ellas la Asamblea Nacional.
Una de las disposiciones centrales es la declaratoria del 8 de diciembre como “día conmemorativo en memoria de Josué, Ismael, Steven y Nehemías”. Según el fallo, esta medida busca preservar la verdad histórica y la memoria de los niños, a través de actos conmemorativos, actividades pedagógicas y eventos públicos que deberán ser organizados por el Legislativo.

Plazos a la Asamblea Nacional
La Corte otorgó a la Asamblea un plazo máximo de tres meses, contados desde la notificación de la sentencia, para aprobar la resolución correspondiente. Una vez cumplido ese tiempo, el Parlamento deberá remitir a la Corte la documentación que respalde el cumplimiento de la medida, incluidos el texto aprobado y el orden del día de la sesión en la que se adopte la decisión.
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La Defensoría del Pueblo, además, tendrá la tarea de verificar anualmente la realización de los actos conmemorativos. Pero el alcance del fallo va más allá del plano simbólico. Como garantía de no repetición, la Corte ordenó al Legislativo reformar la Ley Orgánica de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas.
Para ello, fijó un plazo de un año desde la notificación de la sentencia. Las reformas deberán incluir, entre otros aspectos, la obligación de presumir una desaparición forzada cuando del relato de los hechos se desprenda la posible participación de agentes del Estado; el deber de investigación urgente y oficiosa en este tipo de casos; y la prohibición expresa de invocar la reserva de información como argumento para negar o dilatar la entrega de datos relevantes. También se exige fortalecer los mecanismos de coordinación interinstitucional y activar de forma inmediata rutas de búsqueda específicas.
🔵 #BoletínCC | La Corte Constitucional conoció el caso de los cuatro niños de Las Malvinas y desarrolló el alcance del hábeas corpus instructivo como garantía del derecho a la verdad.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) March 10, 2026
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El contenido de la sentencia fue notificado oficialmente a la Asamblea Nacional el 10 de marzo de 2026, a través de la Coordinación General de Asesoría Jurídica, que remitió un memorando a la presidenta encargada del Legislativo, Mishel Andrea Mancheno Dávila, para que se adopten las acciones necesarias para su cumplimiento.
La inclusión del tema en el orden del día del Pleno marca el inicio del tratamiento político y legislativo de una sentencia que vuelve a poner en el centro del debate la responsabilidad del Estado frente a las desapariciones forzadas y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
El caso de los cuatro menores de Las Malvinas ha generado atención pública por el tiempo transcurrido, las versiones contradictorias y las deficiencias en las investigaciones iniciales. Con esta decisión, la Corte Constitucional establece un precedente sobre los estándares que deben regir la actuación estatal ante denuncias de desaparición forzada y traslada al Legislativo la responsabilidad de traducir el fallo en cambios normativos y actos de memoria colectiva.
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