Alquiler
Acuerdo. Tener un contrato de arrendamiento es fundamental para proteger los derechos de ambas partes.Pexels

Alquiler sin contrato: ¿Es viable y cuáles son los posibles riesgos?

Por ley no se puede desalojar a una persona del inmueble. Los acuerdos verbales perjudican la convivencia. Experto sugiere elaborar un documento

Un acuerdo entre las partes. Con resultados positivos y negativos y otros con varias consecuencias. En ocasiones se opta por cerrar un acuerdo verbalmente para alquilar una vivienda y aunque es completamente legal, no tenerlo por escrito y firmado puede causarte muchos problemas.

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¿El inquilino puede ser desalojado si no ha firmado contrato de arrendamiento? 

No puede ser desalojado. El Art. 27 de la ley de inquilinato establece las formas de contrato y estas pueden ser verbales como escritas. Si el propietario desea terminar el contrato civil se regirá al mismo trámite como si existiera un contrato escrito. 

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Sin embargo, corre el riesgo de tropezarse con la falta de protección legal: si no hay un contrato, no hay una base legal que establezca las obligaciones y derechos de cada parte. También, la dificultad para probar lo acordado: si no hay un contrato, puede ser difícil probar lo que se hablado entre el arrendador y el arrendatario. 

Esto puede ser especialmente problemático si surgen conflictos o discrepancias sobre el alquiler, las condiciones del inmueble o cualquier otro aspecto del acuerdo de arrendamiento. Incumplimiento de obligaciones: si no hay un contrato, es más difícil hacer cumplir las obligaciones de cada parte. “Por ejemplo, el arrendatario puede dejar de pagar el alquiler sin consecuencias legales, y el arrendador puede tener dificultades para recuperar el inmueble si el arrendatario se niega a abandonarlo”, explica Mario Valverde, abogado y asesor legal. 

¿Qué problemas hay por arrendar sin contrato? 

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Un propietario que arrienda sin contrato queda expuesto al incumplimiento del mismo y sin garantía de los acuerdos establecidos. 

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“Entre los problemas más comunes están el incumplimiento del pago del arriendo. Dar mal uso al inmueble y ocasionar daños. Usar el inmueble para fines ilícitos. Usar el inmueble para otros fines que no sean residenciales. Incurrir en alguno de estos actos significa que es el fin del contrato. Por eso es vital el físico y el escrito”, argumenta Adela Luzardo, propietaria de un departamento ubicado en el suroeste de Guayaquil.

En caso de que no haya acuerdos y el arrendatario permanezca en el inmueble, el propietario puede proceder a mandar un aviso al arrendatario solicitando el abandono del domicilio y el plazo en que debe hacerlo. 

DECISIÓNEl Art. 27 de la ley de inquilinato establece las formas de contrato y estas pueden ser verbales como escritas. Por lo tanto, la persona no puede ser desalojada.

Si el aviso no ha hecho efecto, entonces tendrá que dirigirse a la vía judicial mediante una demanda con un Poder General, copia de la solicitud de cobro en el caso de impagos, justificante de las deudas y copia de las escrituras de la vivienda alquilada. El próximo mes el inquilino va a recibir una notificación oficial de la demanda y la citación del juicio con la fecha y la hora en el caso que siga permaneciendo en la vivienda. Aquí también se refleja cuando el propietario será nuevamente poseedor de su vivienda o de una alquilada.

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“Yo alquilé con un familiar por la vía oral. Por la misma afinidad no se realizó papeleos o algún documente que lo sustente. Lastimosamente murió la hermana de mi esposa y esa persona nos pidió que dejemos lo más pronto posible la vivienda; no pudimos hacer nada más porque no había algo firmado y no acudimos a ningún abogado para esclarecer las dudas”, cuenta Gabriel Armijo, un joven profesional que cambió de hogar junto a su familia.

Generalmente está prohibido subarrendar la propiedad a otra persona, a menos que ambas partes acuerden lo contrario en el contrato escrito. 

¿QUÉ OCURRE SINO SE CUMPLE? 

Si hay un incumplimiento del pago, el arrendador puede dar por terminado el contrato. Si la persona se va sin previo aviso y no cumple con el tiempo estipulado en el contrato, el dueño de bien inmueble debe reportarlo. Es recomendable que le notifique, mediante una carta, las acciones que llevará a cabo para solucionar el incumplimiento del pago. 

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En la carta debe informar al arrendatario la causa de la terminación del contrato, en este caso, el incumplimiento del pago. Antes de la firma de un contrato de arrendamiento, tanto el propietario como el inquilino deben estar de acuerdo con los puntos claves del mismo y que lo regulan en cuento a obligaciones y derechos como son: precio, forma de pago, duración del contrato, entre otros. 

Si alguna de las partes no cumple con los puntos acordados, se puede obligar a tomar determinadas medidas por el propietario. El incumplimiento del contrato de arrendamiento puede estar producido tanto por el inquilino y del propietario.

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