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La separación de bienes durante un divorcio es una de las dudas más comunesCANVA

¿Qué pasa con los bienes adquiridos antes del matrimonio si hay un divorcio?

En caso de divorcio no todos los bienes se incluyen en la repartición

La liquidación de bienes en casos de divorcio es uno de los aspectos más delicados dentro del derecho de familia. En Ecuador, los bienes adquiridos antes del matrimonio no se reparten automáticamente al momento de separarse, pero sí pueden existir matices que determinan si ciertos activos entran o no dentro de la sociedad conyugal.

Este tema cobra relevancia ante el aumento de procesos de divorcio y las distintas formas en que se constituyen las relaciones: matrimonio civil, uniones de hecho registradas, o convivencias no formalizadas.

Bienes personales y bienes compartidos

Según la abogada Daniela Véliz, todo bien que una persona adquiere en estado civil soltero se considera de su propiedad exclusiva. “Si tú adquieres algo estando soltero, sigue siendo solo tuyo”, aclara. Esta afirmación se sostiene siempre que no exista una disposición contraria dentro de capitulaciones matrimoniales, acuerdos voluntarios que pueden modificar lo que entra o no dentro de la sociedad conyugal.

Una vez que la persona se casa o formaliza una unión de hecho registrada, los bienes adquiridos desde ese momento sí pasan a formar parte de la sociedad conyugal, a menos que se haya establecido un régimen de separación de bienes. En esta sociedad, los activos se consideran fruto del trabajo conjunto y, por tanto, sujetos a repartición en caso de divorcio.

Véliz destaca que el régimen patrimonial puede ser de tres tipos:

  • Sociedad conyugal
  • Separación de bienes 
  • Mediante capitulaciones

“El régimen patrimonial se refiere a que tienes una sociedad conyugal o separación de bienes. Las capitulaciones no son un régimen como tal, pero permiten establecer qué entra y qué no en la sociedad”, puntualiza.

Capitulaciones matrimoniales ¿De quién son los bienes?

Las capitulaciones matrimoniales son acuerdos celebrados antes o durante el matrimonio, mediante escritura pública o acta matrimonial. Según el artículo 151 del Código Civil ecuatoriano, este contrato permite estipular qué bienes se incorporan al patrimonio común, cuáles quedan excluidos y cómo se manejará la propiedad dentro del matrimonio. Además, pueden modificarse si no afectan a terceros.

“Puedes incluso disponer que bienes obtenidos como soltero entren dentro de la sociedad conyugal”, explica Véliz. Este recurso da flexibilidad a las parejas para organizar sus bienes según sus necesidades y expectativas, evitando conflictos futuros. Por ello, es fundamental revisar estas cláusulas antes de casarse o cuando se inicia una sociedad de hecho formal.

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Los bienes obtenidos antes del matrimonio no entran en la separación de bienesCANVA

Herencias, donaciones y mejoras

No todos los bienes obtenidos durante la relación se comparten. De acuerdo con Véliz, los activos que provienen de una herencia, donación o legado, es decir, que fueron recibidos de forma generosa y no por esfuerzo común no ingresan a la sociedad conyugal. “Todo lo que entra a la sociedad conyugal es fruto del trabajo de ambos cónyuges, por eso lo que recibes por testamento o donación no se reparte”, precisa.

Sin embargo, si durante el matrimonio se realizan mejoras en un bien personal, puede haber excepciones. Por ejemplo, si se remodela una casa adquirida en estado civil soltero utilizando dinero de ambos cónyuges, existe la posibilidad de reclamar una compensación. “Si se puede probar que las mejoras se hicieron con patrimonio de la sociedad conyugal, el cónyuge que no es dueño puede recibir una retribución, ya sea en bienes o dinero”, señala la abogada. Para ello, es clave contar con pruebas dentro del juicio de inventario.

Referencial. Separación de bienes.

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Uniones de hecho y causales especiales

Las uniones de hecho tienen efectos patrimoniales similares al matrimonio, siempre que estén registradas o se demuestren judicialmente. Si una pareja convive ininterrumpidamente por dos años y no ha formalizado su relación, es posible iniciar un juicio para reconocer la unión de hecho y liquidar los bienes adquiridos. Véliz indica que “aunque no hayas firmado nada, si viviste juntos y decides separarte, la otra persona puede pedir que se reconozca esa sociedad y repartir los bienes”.

Dentro de los juicios de divorcio, sin importar si son por mutuo acuerdo o por causal, se solicita la liquidación de la sociedad conyugal mediante inventario de bienes. No obstante, el artículo 116 del Código Civil introduce una excepción relevante: si existe abandono injustificado por parte de uno de los cónyuges, los bienes obtenidos por el otro mediante su trabajo exclusivo se pueden considerar personales. Este mecanismo protege al cónyuge agraviado frente a un perjuicio económico derivado de la ruptura.

Documentación y previsión legal

Para evitar disputas y garantizar la protección de los bienes personales, Véliz recomienda conservar escrituras, contratos de compra-venta, certificados de herencia o donación, y especialmente las capitulaciones matrimoniales si existen. “Todos los documentos necesarios, o un contrato de capitulaciones, son clave para especificar qué entra dentro del patrimonio compartido y qué no”, enfatiza

Los bienes adquiridos antes del matrimonio pueden mantenerse como propiedad individual, pero también pueden integrarse voluntariamente a la sociedad conyugal. Las herramientas legales existen, y conocerlas permite que las decisiones patrimoniales sean informadas y justas. En caso de divorcio, contar con asesoría especializada y una buena documentación puede marcar la diferencia entre una liquidación ordenada y un proceso conflictivo.

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